Los poderes del juez civil en materia probatoria. Abel Lluch, X; Picó I Junoy (Coordinadores), Ed. Bosch., Barcelona, 2003, 185 p. Problemas actuales de la prueba civil. Abel Lluch, X; Picó I Junoy (Coordinadores), Ed. Bosch., Barcelona, 2005, 468 p. - Núm. 11-1, Enero 2005 - Ius et praxis - Libros y Revistas - VLEX 43417802

Los poderes del juez civil en materia probatoria. Abel Lluch, X; Picó I Junoy (Coordinadores), Ed. Bosch., Barcelona, 2003, 185 p. Problemas actuales de la prueba civil. Abel Lluch, X; Picó I Junoy (Coordinadores), Ed. Bosch., Barcelona, 2005, 468 p.

AutorDiego I. Palomo Vélez
CargoProfesor instructor de Derecho Procesal en la Universidad de Talca

El particular interés doctrinal que ha suscitado la aprobación y entrada en vigor de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil española, LEC 1/2000, de 7 de enero1, la legislación procesal civil más moderna dentro del sistema jurídico europeo continenta1, ha quedado más que patente a través de la publicación de innumerables artículos y obras que abordan bien desde una óptica general, bien desde una perspectiva específica sus distintos contenidos. Es que se trata, como bien se ha puesto de relieve, de un verdadero acontecimiento histórico para la Administración de Justicia y el Derecho procesal español: La reforma legal más importante que se haya producido en el ordenamiento procesal español en más de un siglo 2.

Evidentemente, no todo lo que se ha escrito a propósito o con ocasión de esta histórica Ley muestra una calidad que sea destacable. La moda en la cual se transformó la nueva LEC, motivada fuertemente por una creciente rentabilidad editorial, sirvió también para el florecimiento de una abundantísima literatura de rápido y muy fácil consumo, escasamente o nada preocupada de abordar los grandes y más importantes temas involucrados en la reforma procesal. Como siempre, la literatura jurídica de calidad constituye la excepción que confirma la regla.

A nuestro juicio, las dos obras que aquí reseñamos, aún no compartiendo todo lo que en ellas se sostiene, forman parte de esta literatura jurídica procesal de excepción, pues con la "excusa" de la nueva LEC, su contenido se hace cargo de las cuestiones más importantes que han ocupado a la doctrina en materia de prueba civil. Buena parte de la responsabilidad de esta excepcionalidad radica en la destacada producción y experiencia de los autores coordinadores de estas obras, quienes en trabajos anteriores ya han dado cuenta de su excelente hacer en esta materia. Empero también debe considerarse el acierto de la metodología empleada para obtener este interesante producto. Se trata fundamentalmente de dos obras de corte colectivo, que salen a la luz tras un duro y serio proceso de investigación, reflexión y análisis por parte de todos los autores involucrados, entre los que cabe contar a varios jueces en prácticas de la Escuela Judicial. Bajo la guía y coordinación de los destacados profesores Abel Lluch y Pico I Junoy (quienes también se hacen individualmente responsables de algunos Capítulos), grupos de trabajo abordaron temas controvertidos ligados a la prueba civil bajo la actual LEC, que luego expusieron en sendos seminarios de investigación. Las principales aportaciones de dichos seminarios han servido de contenido a estas obras.

Los poderes del juez en materia probatoria aparece cruzado por el siguiente hilo conductor 3: El análisis de las facultades del juez civil en materia probatoria, sus presupuestos y límites, en un proceso civil español regido por los principios dispositivo y de aportación de partes. Se trata, por lo tanto, de un análisis muy marcado por la delimitación de los señalados principios (arts. 216 y 282), que se ponen en relación tanto y muy especialmente con lo dispuesto en el art. 429.1.II 4 que incorpora un juicio de suficiencia probatoria de bastante difícil articulación en un proceso civil como el español5, como con lo prescrito por los arts. 434 y ss. relativos a las diligencias finales que, sustentándose en presupuestos distintos y coherentes con el modelo procesal civil que se instaura por la LEC, sustituyen a las medidas para mejor proveer, operando de esta manera una modificación de notable importancia no sólo en el terreno de los principios sino también para la realidad del proceso civil español6.

Sin poder entrar aquí en detalles, corresponde señalar que la opinión de los coordinadores de esta obra en comento es claramente favorable al aumento de los poderes judiciales en materia de prueba, no sólo procesales sino también materiales, por tanto, incidiendo también en la iniciativa judicial al respecto, de allí que no se opongan a la primera norma (incluso la vean como insuficiente), y critiquen la paralela disminución de poderes...

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