De la apertura de la sucesión y de la aceptación y repudiación de las asignaciones - Séptima parte. De la apertura de la sucesión y de la aceptación y repudiación de las asignaciones - Derecho Sucesorio. Tomo II - Libros y Revistas - VLEX 326633235

De la apertura de la sucesión y de la aceptación y repudiación de las asignaciones

AutorManuel Somarriva U.
Páginas457-457
457
SÉPTIMA PARTE
DE LA APERTURA DE LA SUCESIÓN
Y DE LA ACEPTACIÓN Y REPUDIACIÓN
DE LAS ASIGNACIONES
553. Generalidades. Después de haberse ocupado en los títulos an-
teriores de la sucesión testada e intestada, y de los derechos de los
asignatarios en ambas situaciones, el Código en el Título VII de
Libro III trata “De la apertura de la sucesión y de su aceptación,
repudiación e inventario”. Vale decir, se ocupa de los trámites
posteriores al fallecimiento del causante. Decíamos en otra opor-
tunidad que, verificada la muerte del causante –hecho que da
origen a la sucesión por causa de muerte–, cabía distinguir en
toda sucesión las siguientes etapas:
La apertura de la sucesión, que es el hecho que habilita a
los herederos para tomar posesión de los bienes hereditarios y se
los transmite en propiedad. Se produce coetáneamente al falleci-
miento del causante;
La delación de las asignaciones, que es el actual llama-
miento de la ley al asignatario para aceptar o repudiar la asigna-
ción. También se produce al fallecimiento del causante, un instante
después de la apertura de la sucesión;
El pronunciamiento del asignatario en orden a aceptar o
repudiar la asignación que le ha sido deferida.
Son estos trámites los que trata el Título VII, conjuntamente
con el beneficio de inventario y la acción de petición de herencia.

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