Antecedentes normativos
Autor | José Miguel Aldunate H. |
Cargo | Abogado y Licenciado en Filosofía de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Master en Teoría Política y del Derecho de University College of London |
Páginas | 7-8 |
Libertad y Desarrollo
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2. ANTECEDENTES NORMATIVOS
xisten distintos sistemas de trmino del contrato de
trabajo. Al respecto, el ordenamiento jurdico puede
establecer sistemas de estabilidad absoluta, en los
cuales se busca imposibilitar el despido; sistemas
de estabilidad relativa, los cuales operan sobre la base
de causales de despido o encarecindolo; y sistemas de
despido libre, como por ejemplo ocurre con el despido
sin causal o at will, como se lo denomina en el derecho
norteamericano, es decir, a voluntad del empleador. En
nuestro pas podemos encontrar ejemplos de los tres
sistemas. En efecto, los funcionarios pblicos de planta
gozan de inamovilidad, toda vez que solo pueden ser
removidos de sus cargos previo sumario administrativo, lo
cual congura un sistema de estabilidad absoluta. Por su
parte, los ejecutivos y los trabajadores de casa particular
estn sujetos a un sistema de despido libre. Finalmente,
fuera de estas excepciones, la regla general es que las
relaciones laborales de nuestro pas estn regidas por un
sistema de estabilidad relativa.
Estos sistemas intentan conjugar dos bienes jurdicos. Por
una parte, se busca proteger la necesidad del empleador
de adaptar su operacin a las variaciones de la economa
o por razones tecnolgicas. Lo anterior est asociado
a la proteccin del derecho de propiedad que tiene el
empleador sobre su empresa, as como a la garanta de
la libre iniciativa econmica. Adems, razones de poltica
pblica hacen necesario defender no slo el empleo,
sino tambin la capacidad del empleador de producir
puestos de trabajo. Por otra parte, se busca proteger a
los trabajadores promoviendo la existencia de relaciones
laborales indenidas en el tiempo y exigiendo causas
razonables para el trmino de la relacin laboral.
El ttulo V del libro primero del Cdigo del Trabajo regula la
materia. El sistema fue reformado de manera importante
Eanterior sistema de libre despido contenido en el artculo
155 f) del Cdigo del Trabajo, estableciendo causales
objetivas y aumentando el monto de la indemnizacin;
pero resguardando, a la vez, la flexibilidad laboral necesaria
para amparar la supervivencia de la empresa como fuente
generadora de empleo frente a condiciones econmicas
cambiantes. En este sentido, la causal de las necesidades
de la empresa es una pieza clave en el diseo original del
legislador. En efecto, as deca el mensaje del Presidente de
la Repblica el ao 1990:
El proyecto de ley vincula el trmino del contrato
de trabajo a una causa objetiva frente a la actual
posibilidad de que el trabajador sea desahuciado
unilateralmente sin fundamentacin de tal medida,
con lo que se reviste de mayor dignidad a la relacin
laboral y la persona del trabajador. En segundo lugar,
considera elevar las indemnizaciones asociadas al
despido. Ellas constituyen en el hecho, en nuestra
actual situacin econmica y social, la principal
fuente de subsistencia econmica durante el
periodo de cesanta. [] Estos criterios, aseguran
razonablemente, dentro de las actuales condiciones
de desarrollo de nuestra sociedad, una mayor
dignidad del trabajador y mejor proteccin para el
evento de despido. Al mismo tiempo resguardan la
necesaria flexibilidad y autonoma que debe tener
la gestin empresarial, evitando mecanismos que
impongan la inamovilidad, el reintegro obligatorio,
o las autorizaciones previas para trabajadores sin
fuero1.
Esta causal puede ser utilizada por el empleador para
introducir ajustes en su dotacin de personal, derivados
de requerimientos en su operacin y para ajustarse a las
condiciones en que d esarrolla su actividad. Se establece
en el artculo 161 inciso 1º del Cdigo del Trabajo2. Cuando
Mensaje del proyecto de ley que establece nuevas normas sobre terminacin
del contrato de trabajo y estabilidad del empleo, 13 de julio de 1990.
Recuperado en: http://www.senado.cl/appsenado/templates/tramitacion/
index.php?boletin_ini=103-13
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