Antecedentes normativos - Núm. 16, Septiembre 2017 - Serie Informe Justicia - Libros y Revistas - VLEX 693441941

Antecedentes normativos

AutorJosé Miguel Aldunate H.
CargoAbogado y Licenciado en Filosofía de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Master en Teoría Política y del Derecho de University College of London
Páginas7-8
Libertad y Desarrollo
7
2. ANTECEDENTES NORMATIVOS
xisten distintos sistemas de trmino del contrato de
trabajo. Al respecto, el ordenamiento jurdico puede
establecer sistemas de estabilidad absoluta, en los
cuales se busca imposibilitar el despido; sistemas
de estabilidad relativa, los cuales operan sobre la base
de causales de despido o encarecindolo; y sistemas de
despido libre, como por ejemplo ocurre con el despido
sin causal o at will, como se lo denomina en el derecho
norteamericano, es decir, a voluntad del empleador. En
nuestro pas podemos encontrar ejemplos de los tres
sistemas. En efecto, los funcionarios pblicos de planta
gozan de inamovilidad, toda vez que solo pueden ser
removidos de sus cargos previo sumario administrativo, lo
cual congura un sistema de estabilidad absoluta. Por su
parte, los ejecutivos y los trabajadores de casa particular
estn sujetos a un sistema de despido libre. Finalmente,
fuera de estas excepciones, la regla general es que las
relaciones laborales de nuestro pas estn regidas por un
sistema de estabilidad relativa.
Estos sistemas intentan conjugar dos bienes jurdicos. Por
una parte, se busca proteger la necesidad del empleador
de adaptar su operacin a las variaciones de la economa
o por razones tecnolgicas. Lo anterior est asociado
a la proteccin del derecho de propiedad que tiene el
empleador sobre su empresa, as como a la garanta de
la libre iniciativa econmica. Adems, razones de poltica
pblica hacen necesario defender no slo el empleo,
sino tambin la capacidad del empleador de producir
puestos de trabajo. Por otra parte, se busca proteger a
los trabajadores promoviendo la existencia de relaciones
laborales indenidas en el tiempo y exigiendo causas
razonables para el trmino de la relacin laboral.
El ttulo V del libro primero del Cdigo del Trabajo regula la
materia. El sistema fue reformado de manera importante
en 1990 por la Ley Nº 19.010. La norma sustituy el
Eanterior sistema de libre despido contenido en el artculo
155 f) del Cdigo del Trabajo, estableciendo causales
objetivas y aumentando el monto de la indemnizacin;
pero resguardando, a la vez, la flexibilidad laboral necesaria
para amparar la supervivencia de la empresa como fuente
generadora de empleo frente a condiciones econmicas
cambiantes. En este sentido, la causal de las necesidades
de la empresa es una pieza clave en el diseo original del
legislador. En efecto, as deca el mensaje del Presidente de
la Repblica el ao 1990:
El proyecto de ley vincula el trmino del contrato
de trabajo a una causa objetiva frente a la actual
posibilidad de que el trabajador sea desahuciado
unilateralmente sin fundamentacin de tal medida,
con lo que se reviste de mayor dignidad a la relacin
laboral y la persona del trabajador. En segundo lugar,
considera elevar las indemnizaciones asociadas al
despido. Ellas constituyen en el hecho, en nuestra
actual situacin econmica y social, la principal
fuente de subsistencia econmica durante el
periodo de cesanta. [] Estos criterios, aseguran
razonablemente, dentro de las actuales condiciones
de desarrollo de nuestra sociedad, una mayor
dignidad del trabajador y mejor proteccin para el
evento de despido. Al mismo tiempo resguardan la
necesaria flexibilidad y autonoma que debe tener
la gestin empresarial, evitando mecanismos que
impongan la inamovilidad, el reintegro obligatorio,
o las autorizaciones previas para trabajadores sin
fuero1.
Esta causal puede ser utilizada por el empleador para
introducir ajustes en su dotacin de personal, derivados
de requerimientos en su operacin y para ajustarse a las
condiciones en que d esarrolla su actividad. Se establece
en el artculo 161 inciso 1º del Cdigo del Trabajo2. Cuando
Mensaje del proyecto de ley que establece nuevas normas sobre terminacin
del contrato de trabajo y estabilidad del empleo, 13 de julio de 1990.
Recuperado en: http://www.senado.cl/appsenado/templates/tramitacion/
index.php?boletin_ini=103-13
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