Anexo Nº 5. Auto Acordado tramitación en sistemas informáticos en las Cortes de Apelaciones y Corte Suprema, de 11 de julio de 2006, publicado en el Diario Oficial el 28 de julio de 2006 - Manual de procedimiento laboral - Libros y Revistas - VLEX 253347998

Anexo Nº 5. Auto Acordado tramitación en sistemas informáticos en las Cortes de Apelaciones y Corte Suprema, de 11 de julio de 2006, publicado en el Diario Oficial el 28 de julio de 2006

AutorRodrigo Silva Montes
Páginas125-128

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ANEXO 5

AUTO ACORDADO TRAMITACIóN EN SISTEMAS INFORMáTICOS EN LAS CORTES DE APELACIONES y CORTE SUPREMA

En Santiago, a once de julio de dos mil seis, se reunió el Tribunal Pleno bajo la Presidencia de don Enrique Tapia Witting y con la asistencia de los Ministros señores Chaigneau, Rodríguez Ariztía, álvarez, Marín, Medina, Juica, Segura, señorita Morales y señores Oyarzún, Ballesteros, Muñoz y señora Herreros y el Ministro suplente señor Torres.

En uso de sus facultades económicas, se acuerda disponer la tramitación en sistema informático en las Cortes de Apelaciones y Corte Suprema, en las materias y conforme a las siguientes disposiciones:

  1. Ámbito de Aplicación. Esta Corte Suprema ha dispuesto la implementación del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión Judicial (SIAGJ), que comprende la tramitación en carpetas con registro en soporte electrónico para los tribunales en que, conforme a la habilitación legislativa correspondiente, se ha decidido esta forma de tramitación, es así como se ha instruido a los tribunales del país respecto de los procedimientos aplicables ante los Juzgados de la Reforma Procesal Penal, Juzgados de Garantías, Tribunales de Juicio Oral y el Centro de Justicia de Santiago, así como en los Juzgados de Familia (elaborándose el Sistema Informático de los Juzgados de Familia, SIJFA) y Juzgados de Cobranza Laboral (desarrollándose el Sistema Informático de los Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional SIJCO), a los que se unirá el año 2007 las materias comprendidas en la Responsabilidad Penal Adolescente y los nuevos Tribunales Laborales; tribunales y materias respecto de las que se hace necesario definir criterios básicos para la tramitación en el sistema de carpetas con registro en

    soporte electrónico en las Cortes de Apelaciones y Corte Suprema, buscando su mayor economía, eficiencia y eficacia, como también evitando formalidades y dilaciones innecesarias asociadas al procedimiento.

  2. Registro Informático de Causas. Las actuaciones que corresponda realizar ante las Cortes de Apelaciones y Corte Suprema, en el marco de las reformas procesales en lo penal, familia, laboral y previsional, se registrarán en formato computacional y de audio, en su caso, incorporadas a una carpeta informática individual por recurso que sólo se integrará con el registro, en dicho soporte, de los antecedentes que den cuenta de las actuaciones, presentaciones de las partes y resoluciones adoptadas por el tribunal en el curso del procedimiento y que de acuerdo a la ley corresponda registrar.

    La carpeta informática individual por recurso será respaldada por la Corporación Administrativa del Poder Judicial, mediante sistema computacional en forma diaria, semanal y mensual, conforme a los procedimientos técnicos aprobados y que apruebe en el futuro esta Corte Suprema.

  3. Ingreso de Causas. El ingreso de causas se efectuará en la Secretaría que corresponda y, en su caso, en la Oficina de Ingreso y Distribución de la Corte respectiva, mediante interconexión electrónica con los diversos tribunales haciendo uso del Sistema Informático conforme a las materias de que se trate.

  4. Remisión de los Antecedentes. Concedido un recurso por el tribunal a quo u ordenado remitir los antecedentes para su

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    Manual de Procedimiento Laboral

    conocimiento y resolución por el tribunal ad quem, se enviará u obtendrá copia del registro computacional y de audio, además de transcripción íntegra de la resolución...

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