Capacitación como fútbol - Núm. 9, Diciembre 2001 - Apuntes de derecho - Libros y Revistas - VLEX 396611234

Capacitación como fútbol

AutorAndrés Baytelman
CargoProfesor de Derecho Procesal Penal
Páginas22-31
ANDRÉS
BAYTlEMAN
Profesor de Derecho Procesal Penal.
Facultad de Derecho,
Universidad Diego Portales.
Capacitación como Fútbol
Al
igual
que
el
resto
de
América
Latina,
Chile
está
imnerso
en
la
refOlma
de
su
sistema
de
justicia
criminal.
Dicha
refonna
tiene
componentes
muy
similares
a
los
que
configuran
el
cambio
en
el
resto
de
la
región:
la
sustitución
del
sistema
inquisitivo
por
uno
de
raigambre
acusatoria,
la
separación
de
funciones
entre
la
investigación
y
el
juzgamiento,
la
radicación
de
la
investigación
en
un
Ministerio
Ptiblico,la
creación
de
tribunales
de
control
de
la
investigación
como
cosa
dístinta
de
los
tribunales
de
juzgamiento
y
la
instauración
de
juicios
orales.
Tras
varios
años
de
discusión
parlamentaria,
el
Ministerio
Público
chileno
fue
creado
en
el
año
1999.
En
diciembre
del
año
2000,
la
refonna
entró
en
vigencia
en
la
primera
zona
de
implementación,
compuesta
por
dos
de
las
crece
regiones
de
Chile.
El
resto
del
país
írá
implementando
la
refonna
de
acuerdo
con
un
plan
gradual
que
operará
en
fases
anuales,
por
los
próximos
tres
años.
La
refoma
procesal
penal
en
Chile
ha
tenido
un
efecto
secundario
imprevisto
en
sus
oógenes,
que
comienza
sin
embargo
a
presentarse
como
una
importante
transfOlmación
adicional
de
nuestra
cultura
jurídica:
las
exigencias
de
la
refonna
en
materia
de
capacitación
están
desarrollando
un
nuevo
paradigma
de
enseñanza
legal,
que
amenaza
lentamente
con
empezar
a
desplazar
al
tradicional
sistema
de
enseñanza
del
derecho
en
nuestro
país,
al
menos
en
el
área
procesal-penal.
1
Este
texto
trata
sobre
este
resultado
colateral,
en
la
convicción
de
que
la
cultura
jurídica
chilena
y
el
sistema
de
enseñanza
legal
que
la
origina
comparte
ampliamente
características
con
el
resto
de
América Latina.
Capacitación e incentivos
Tradicionalmente,
la
preparación
de
nuestros
operadores
de
justicia
climinal
tras
la
enseñanza
de
pre-grado
ha
estado
entregada
a
un
sistema
más
o
menos
artesanal,
que,
puesto
en
relación
con
las
evidentes
y
superabundantes
necesidades
de
capacitación
de
la
justicia
eliminal
en
nuestra
región,
equivale
bastante
a
afirmar
que
nuestra
cultura
jurídica
no
se
ha
tomado
realmente
en
selio
la
capacitación
de
los
operadores
de
dicho
sistema.
En
el
caso
de
los
jueces,
la
capacitación
sistemática
o
ha
sólo
recientemente
con
la
creación
de
Academias
Judiciales
en
ciertos
países,'
o
no
existe
del
todo.
La
defensa
penal
pública
y
el
Ministerio
Pú-
blico,
a
su
turno,
integran
con
frecuencia
el
Poder
Judicial
y
comparten
por
lo
mis-
mo
las
características
de
su
capacitación,
o
bien
tienen
una
existencia
que
no
permite
ningún
esfuerzo
de
capacitación
adicional
(por
ejemplo
en
Chile,
hasta
ahora,
la
Defensa
Penal
Pública
está
mayoritruiamente
a
cargo
de
estudiantes
de
derecho
re-
cién
egresados,
que
transitan
en
práctica
por
seis
meses
y
luego
abandonan
la
insti-
tución)
o,
por
último,
no
existen
del
todo
(como
el
caso
del
Ministerio
Público
chi-
leno,
que
desapareció
del
juicio
penal
hace
ya
décadas).
Los
abogados
penalistas,
a
su
tumo,
no
han
contado
más
que
con
un
muy
precario,
desarticulado
y
reciente
mercado
de
capacitación
de
post-grado
en
el
área,
en
los
países
que
de
hecho
cuentan
con
alguno.
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