El suministro de información como técnica de protección de los consumidores: Los deberes precontractuales de información - Núm. 17-2, Julio 2010 - Revista de Derecho Universidad Católica del Norte - Libros y Revistas - VLEX 452442902

El suministro de información como técnica de protección de los consumidores: Los deberes precontractuales de información

AutorIñigo de la Maza Gazmuri
CargoAbogado, Doctor en Derecho, Profesor de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile)
Páginas21-52
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EL SUMINISTRO DE INFORMACIÓN COMO TÉCNICA DE
PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES: LOS DEBERES
PRECONTRACTUALES DE INFORMACIÓN*
IÑIGO DE LA MAZA GA ZMURI**
RESUMEN: En el ámbito nacional como en el comparado, existe
acuerdo respecto a la necesidad de proteger jurídicamente a los consu-
midores en sus relaciones con los proveedores. Una cuestión diversa de
la anterior –pero cercanamente relacionada– consiste en determinar mo
proteger a los consumidores. En torno a esta última interrogante se ende-
reza este trabajo. Sabemos que existe una relación su cientemente eviden-
te entre las razones que justi can la protección de los consumidores y las
técnicas a que se recurra para hacerlo. Por lo tanto, una percepción más
agudizada acerca del por qué proteger a los consumidores debería contri-
buir a agudizar nuestra comprensión acerca de cómo hacerlo.
Respecto de la primera pregunta, señalaré que la razón se encuentra
en una desigualdad en la posición negocial que suele caracterizar la si-
tuación de los consumidores y proveedores en las relaciones de consumo.
Dicha desigualdad, en una parte muy relevante, se explica por la presen-
cia de asimetrías informativas. Una de las técnicas más frecuentes para
nivelar la desigualdad entre proveedores y consumidores es el suministro
de información a los consumidores, que nos entrega la respuesta a cómo
protegerlos. Para ello, advertiré que existen diversas formas de proveerla y
centraré mi atención en aquellas que se imponen sobre los privados, para
luego examinar la regla general de deberes precontractuales de informa-
ción en la leyNº 19.496 sobre protección de los consumidores.
PALABRAS CLAVE : Protección a los consumidores – información – re-
lación pre contractual – derechos de los consumidores.
Revista de D erecho
Universidad Ca tólica del Norte
Sección: Est udios
Año 17 - Nº 2, 2010
pp. 21-52
* Este ar tículo se enmarca en el Proyecto FON DECYT Regular Nº 1100029 sobre los deberes
precontractua les de informaci ón en el Derecho ch ileno.
** Abogado, Doctor en Derecho, Profesor de Dere cho Civil de l a Facultad de Derec ho de la
Universidad D iego Portales (C ). Correo electrón ico: inigo.delamaz a@udp.cl
Fecha de r ecepción: 13 de s eptiembre de 2010 .
Fecha de a ceptación: 5 de noviembre de 2010.
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Iñigo de la Maza Gazmuri
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THE SUPPLY OF INFORMATION AS A TECHNIQUE OF
PROTECTION TO THE CONSUMERS: PRE-CONTRACTUAL
DUTIES OF INFORMATION
ABSTRACT: In the national sphere as well as in the comparative, there
is agreement regarding the need to legally protect the consumers as far as
the suppliers. A di erent topic –but closely related– consists in determining
how to protect the consumers. is work deals with this last question. We
know there is a relationship close enough among the reasons that justify
the protection to the consumers and the techniques resorted to achieve
this.  us, a more acute perception towards why to protect the consumers
should contribute to our comprehension of how to accomplish it.
Regarding the  rst question, I will indicate that the reason lies upon
the inequality in the negotiating position that usually characterizes the
situation of consumers as opposed to that of the supplier. Said inequality
is explained by the presence of informative asymmetries. One of the
techniques most frequently used to level the disparity among suppliers
and consumers is providing information to the consumers.  is gives us
an insight on how to protect them. For this purpose I will note that there
are diverse forms to provide it and I shall focus my attention in those
that are over the private sector to then examine the general rule of pre-
contractual duties of information in law Nº 19,496 about protection to
the consumers.
KEY WORDS: Protection to consumers – information – pre-contrac-
tual relationship – consumer rights.
INTRODUCCIÓN
En general, tanto en el ámbito nacional como en el comparado,
existe acuerdo respecto a la necesidad de proteger jurídicamente a los
consumidores en sus relaciones con proveedores. Una cuestión diversa de
la anterior –pero cercanamente relacionada– consiste en determinar mo
proteger a los consumidores. En torno a esta última interrogante se ende-
reza este trabajo.
Mi primera sugerencia es que existe una relación su cientemente
evidente entre las razones que justi can la protección de los consumidores
y las técnicas a que se recurra para hacerlo. Por lo tanto, una percepción
más agudizada acerca del por qué proteger a los consumidores debería
contribuir a agudizar nuestra comprensión acerca de cómo hacerlo.
Respecto de la pregunta acerca de por qué proteger a los consumido-
res, señalaque la razón se encuentra en una desigualdad en la posición
El suministr o de información como técnica de protección de los consumidores...
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negocial que suele caracterizar la posición de consumidores y proveedores
en las relaciones de consumo. Dicha desigualdad, en una parte muy rele-
vante, se explica por la presencia de asimetrías informativas.
La información es el antídoto de la ignorancia, por lo mismo, si el
problema se encuentra en la falta de información de los consumidores,
entonces el remedio es, precisamente, la información. De ahí uye, con
toda naturalidad, que una de las técnicas más frecuentes para nivelar la
desigualdad entre proveedores y consumidores sea el suministro de infor-
mación a los consumidores. Ese es el cómo.
Respecto del suministro de información advertiré que existen diver-
sas formas de proveerla y centraré mi atención en aquellas que se impo-
nen sobre los privados. A continuación diré algunas palabras sobre las
ventajas y limitaciones de la imposición del suministro de información
como técnica de protección de los consumidores, con eso concluyo la pri-
mera parte de este trabajo.
Dedico la segunda parte a examinar la regla general de deberes precon-
tractuales de información en la ley Nº 19.496 sobre protección de los consu-
midores (en adelante, ley 19.496). En particular, examinaré el artículo 3 b)
de dicha ley, explicando por qué es posible a rmar que se trata de una nor-
ma general sobre deberes precontractuales de informar, dando alguna noticia
acerca de sus principales características y,  nalmente, deteniéndome sobre las
consecuencias de su incumplimiento.
1) LA PROTECC N D E L OS CO NS UM ID OR ES : JU ST IF IC AC N Y
TÉCNICAS1
1.1) ¿POR QUÉ?
Existen, al menos, dos lugares comunes en la literatura jurídica sobre
relaciones de consumo. El primero de ellos es la necesidad de proteger
jurídicamente a los consumidores en sus relaciones con proveedores. El
segundo lugar común es que la razón que justi ca dicha protección –más
bien extraña al derecho común de los contratos– es la desigualdad que
existe entre quien provee un bien o servicio y quien accede a él en calidad
de consumidor2.
1 Esta primera parte se nutre genero samente de D  M  G, I. (2010). Los límites
del deber precont ractual de información, Cizur Menor, Navarra:  oms on Reuters - Civit as,
pp. 106-136.
2 Ver infra nota 12.

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