Comodato precario (concepto). Precario (concepto). Precario (elementos). Elementos del precario. Tenencia precaria Precario (herederos). Acción de precario (naturaleza y objetivos). - Contratos - Jurisprudencias esenciales. Derecho Civil. Tomo II - Jurisprudencias Esenciales. Derecho Civil - Libros y Revistas - VLEX 252339750

Comodato precario (concepto). Precario (concepto). Precario (elementos). Elementos del precario. Tenencia precaria Precario (herederos). Acción de precario (naturaleza y objetivos).

AutorRaúl Tavolari Oliveros
Cargo del AutorDirector
Páginas797-800

Page 798

Cas. fondo 4 de enero de 1973

Ante el Sexto Juzgado Civil de Mayor Cuantía de este departamento, doña Margarita Inés Contreras Contreras viuda de Díaz, en representación de su hijo menor de edad Tulio Fernando Díaz Contreras, interpuso demanda de comodato precario en contra de Lucy Araya Zorrilla, solicitando la restitución de la casa y sitio signados con el N° 8179 de la calle Fernando de Arguello en la Villa El Dorado de esta capital, que la demandada ocuparía, por mera tolerancia de su dueño el menor Díaz Contreras, sin que les ligue ningún vínculo contractual que justifique esa ocupación.

Por sentencia de primera instancia, se acogió el planteamiento de la actora; pero una de las Salas ,de la Corte de Apelaciones de Santiago revocó ese fallo y desechó lo pedido, estimando que la parte demandada había comprobado que la ocupación del inmueble en referencia se fundaba en un título legítimo.

Contra esta sentencia, la demandante interpuso recurso de casación en el fondo que se basa en las infracciones de los artículos 2195, 1698 y 582 del Código Civil.

Teniendo presente:

  1. Que la acción que la demandante dedujo en estos autos, a nombre de su hijo menor Tulio Fernando Díaz Contreras, se fundamenta en la disposición del artículo 2195 del Código Civil; y tiende a que respetándose el derecho de dominio de su representado sobre la propiedad a que alude se disponga la restitución de ella porque la demandada la detenta sin contrato y por mera tolerancia, lo que hace procedente la acción de precario que se ejercita;

  2. Que la demandada doña Lucy Araya Zorrilla reconoce que la propiedad de calle Fernando de Arguello Nº 8179, en Villa El Dorado, la ocupan sus hijos Roberto y Rodrigo Díaz Araya, quienes son medio hermanos del actor, y en esas condiciones comuneros con éste en los bienes del fallecido padre común, don Tulio Díaz Alvarez;

  3. Que el fallo recurrido rechazó las pretensiones de la actora, teniendo en consideración que no logró establecer en la causa y que el bien raíz que reclama se encuentra en poder de la demandada sin título alguno y sólo por ignorancia o mera tolerancia del dueño; y que, por el contrario, aparece que los poseedores que son hijos de la demandada, detentan esa casa como coherederos de don Tulio Díaz Alvarez, difunto marido de la actora y padre del menor demandante

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    Tulio Fernando Díaz Contreras, así como también padre natural de los referidos hijos de la demandada Lucy Araya Zorrilla;

  4. Que la...

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