Consideraciones sobre la dialéctica y el equilibrio entre la información pública y los datos personales - Núm. 2, Julio 2008 - Revista de Derechos Fundamentales - Libros y Revistas - VLEX 336722178

Consideraciones sobre la dialéctica y el equilibrio entre la información pública y los datos personales

AutorHerrera Bravo, Rodolfo
CargoAbogado. Máster en Derecho Informático, Universidad Complutense de Madrid, España.
Páginas161-182
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Nomos - UNIVERSIDAD DE VIÑA DEL MAR - Nº 2 (2008), pp. 161-182
RODOLFO HERRERA BRAVO / Consideraciones sobre la dialéctica y el equilibrio…
RESUMEN
Nomos - UNIVERSIDAD DE VIÑA DEL MAR - Nº 2 (2008), pp. 161-182
ABSTRACT
CONSIDERACIONES SOBRE
LA DIALÉCTICA Y EL
EQUILIBRIO ENTRE LA
INFORMACIÓN PÚBLICA Y
LOS DATOS PERSONALES
RODOLFO HERRERA BRAVO*
Chile cuenta con una reciente ley de transparencia para garantizar el amplio acceso a la
información pública. Sin embargo, el Estado administra un gran número de bases de datos
personales y debe respetar los derechos fundamentales de acuerdo con la ley sobre de
protección de datos. Si la información pública incluye datos personales la relación entre
ambas regulaciones es compleja y el conflicto requiere una propuesta para equilibrar los
intereses contrapuestos. La respuesta del autor es construir un sistema jurídico especial
dentro del ordenamiento de protección de datos.
Palabras clave: Transparencia, privacidad, habeas data, derechos fundamentales.
Chile has a recent transparency law to guarantee access to public information. However,
State manages a lot of personnel data bases and must respect the fundamental rights
according to data protection law. If the public information contains personnel data the
relationship between both regulations is complex and the conflict needs a proposal to
balance the opposite interests. The author suggests constructing a special juridical system
inside the data protection legislation.
Key words: Privacy, habeas data, fundamental rights.
1. LA LIBRE CIRCULACIÓN DE DATOS, UN PARADIGMA
PARA EL ESTADO
Las comunidades reticulares de hoy son verdaderas sociedades de la in-
formación, compuestas por incesantes flujos de datos que acompañan inde-
fectiblemente cada relación de alteridad, por intrincada o sencilla que esta
sea. Toda conversación a distancia a través de servicios de telecomunicacio-
*Abogado. Máster en Derecho Informático, Universidad Complutense de Madrid, España.
Candidato a Magíster en Derecho Público, con mención en Derecho Constitucional, Pontifi-
cia Universidad Católica de Chile. Profesor de Contratación Pública de la Universidad de
Viña del Mar.
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nes, la certificación oficial de algún hecho, la obtención de cualquier bene-
ficio asistencial o económico, el cumplimiento de trámites, cargas u obliga-
ciones, el acceso y traslado físico, o la celebración y ejecución de contratos,
se alimentan de ellos.
Nuestra convivencia hunde sus raíces en este paradigma del cual somos
altamente dependientes, dejando en evidencia una vulnerabilidad tecnológi-
ca en diversas escalas, tanto individuales como colectivas, sobre las cuales
no es necesario detenernos porque se explican con la experiencia cotidiana
de cada uno. Es, por tanto, un escenario que condiciona a los sujetos que
participan en él, entre otros, al Estado y sus organismos.
Los contenidos que circulan por estos canales informativos son tan disí-
miles como los fines a que se destinan, incluyéndose aquellos datos que
conciernen a personas naturales, a quienes identifican, caracterizan o descri-
ben. Estos últimos nos interesan especialmente por la trascendencia consti-
tucional de su difusión a terceros, debido al eventual impacto que pueden
causar en los derechos fundamentales si, a partir de esta situación, se pierde
toda posibilidad de control sobre la utilización abusiva que les pueda dar el
cesionario.
Este fenómeno se denomina comunicación de datos personales y se pro-
duce constantemente no solo en el intercambio de información entre parti-
culares, sino también, de modo considerable, cuando participa el Estado.
Para el sujeto estatal ella encierra un especial interés, porque resulta impres-
cindible para el normal desenvolvimiento del sector público. Estos datos
son insumo básico en la definición de gran parte de las políticas públicas,
para la eficacia del control interno, para el otorgamiento de prestaciones
materiales hacia la comunidad y para conocer con quién contrata o a quién
sanciona, entre otros aspectos.
Esa razón explica el vasto número de registros de datos personales admi-
nistrados por organismos públicos en todas las áreas en que desempeñan sus
funciones y el incremento de redes digitales de comunicación no solo para
la interoperabilidad y gestión electrónica al interior del Estado, sino tam-
bién en su relación con la propia sociedad civil, a través de nuevas formas
de interacción por medios tecnológicos.
Pero la libre circulación de los datos que registran los organismos públicos
también despierta el interés de la propia sociedad civil porque a partir del
acceso a dicha información puede efectuar un mayor y mejor control de la
gestión de las autoridades. Más aún ahora que la Constitución Política diseña
una institucionalidad que aspira hacia un ambiente de transparencia y publi-
cidad que irradie a los actos del Estado, sus fundamentos y procedimientos.
A partir de esta idea, en las sociedades democráticas desarrolladas y en
las emergentes, el Estado se sustenta sobre un entramado de bases de datos
que comparten su información para ser utilizada en los más diversos escena-
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