Constitucion legal y modificacion - - - Sociedades. Tomo II - Libros y Revistas - VLEX 321666971

Constitucion legal y modificacion

AutorAlvaro Puelma Accorsi
Páginas487-501
LA SOCIEDAD ANONIMA 487
TITULO II
CONSTITUCION LEGAL Y MODIFICACION
411. Reseña histórica. 412. Plan de desarrollo. 413. La escritura pública de cons-
titución. 414. Las formalidades de publicidad. Inscripción y publicación. 415.
Solemnidades de las modificaciones. 416. Momento en que producen sus efectos
las escrituras de constitución y modificación de la sociedad. 417. El estatuto
social. 418. Obligatoriedad del estatuto social. 419. Los pactos de accionistas.
411. Reseña histórica
Las sociedades por acciones nacieron a la vida jurídica como so-
ciedades solemnes. Además requerían autorización gubernativa
especial. En el Código de Comercio de Napoleón, se mantuvo la
necesidad de tal autorización respecto de las anónimas y se libera-
lizó de tal trámite a las en comandita por acciones.
En nuestro país, tanto en la ley de 8 de Noviembre de 1854,
como el Código de Comercio, se exigía como solemnidades de la
sociedad anónima escritura pública, inscripción en el Registro de
Comercio, y otros trámites de publicidad.272 Adicionalmente, se
requería la dictación de dos decretos del Presidente de la Repúbli-
ca, el de autorización de existencia y aquel sobre declaración de
estar la sociedad legalmente instalada, que permitía el funciona-
miento de la sociedad.
El decreto de la autorización de existencia posibilitaba a los
fundadores para colocar el resto del capital accionario no suscrito
en la escritura en el público. Cuando se cumplía con el mínimo
de suscripción y pago establecido en el decreto de autorización de
existencia como necesario para funcionar, se debía decretar por
el Presidente de la República la declaración de estar la sociedad
legalmente instalada. Recién en dicha época podía la sociedad
anónima operar en su giro. El Presidente estaba facultado para
negar lugar a la autorización de existencia de la sociedad por
motivos de carácter económicos de protección del público inver-
sor. Era causal de rechazo la estimación presidencial de no ser
viable la sociedad; “no estar suficientemente asegurada”, la realiza-
ción del objeto social o que el capital no era proporcionado a la
magnitud de la empresa o que el régimen de la sociedad no ofre-
ce a los accionistas garantías de buena administración, no ser
efectivo el capital, o porque los medios establecidos en la escritura
para vigilar las operaciones de los gerentes o el derecho a conocer
el empleo de los fondos sociales no eran eficaces. Además, se
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