Resumen
DOCTRINA: Es inadmisible el recurso de casación en el fondo respecto de la decisión sobre las tachas, pues ésta recae sobre una incidencia del juicio, de manera que a su respecto la sentencia no es más que una sentencia interlocutoria que no pone término al juicio ni hace imposible su continuación. Además el artículo 358 Nº 6 y 7 del Código de Procedimiento Civil no tiene el carácter de ley reguladora de la prueba, de manera que de aceptarse su infracción no pueden modificarse los hechos establecidos en la sentencia.
VOCES: Recurso de casación en el fondo (inadmisibilidad del recurso de casación en el fondo) - Inadmisibilidad del recurso de casación en el fondo (recurso de casación en el fondo) - Tachas de testigos (sentencia interlocutoria) - Sentencia interlocutoria (tachas de testigos) - Leyes reguladoras de la prueba (tachas de testigos) - Hechos establecidos (leyes reguladoras de la prueba).
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Extracto
Casación fondo, 31 de enero de 1996. Consultora Datamarket Ltda. con Sodimac
En los autos rol 2284-92 del Sexto Juzgado Civil de esta ciudad, juicio sumariopor cobro de honorarios, caratulado "Consultora Datamarket Ltda. con Sodimac", por sentencia de 24 de diciembre de 1993, escrita a fs. 168, previo acoger la tacha deducida contra los testigos de la demandada: Patricia Alarcón y Claudio Cisternas y rechazar la deducida contra el testigo de la demandante Guillermo Elzo Calvanesse, se acogió la acción deducida ordenándose que la parte demandada pague la suma de $ 2.166.480, sin reajustes...
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