El contrato de préstamo de valores - Núm. 38, Julio 2012 - Revista de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 648785677

El contrato de préstamo de valores

AutorAlejandro Guzmán Brito
CargoDoctor en Derecho por la Universidad de Navarra, España
Páginas157-180
A
Law No. 20.345 of 2009 categorized
security lending agreements, which is
when a moneylender gives certain amount
of securities to a borrower so that s/he
gives b ack another such am ount of the
same issuer, type, amount, class, and series
with the obligation to also pay in prize
money. is article studies the dierent
dogmatic issues and problems resu lting
from this typical form, except those re-
garding the guarantees established by law
for its enforcement, which were reserved
for another work
* Doctor en Derecho por la Universidad de Navarra, España; profesor titular de
Derecho romano de la Facultad de Derecho de la Ponticia Universidad Católica de
Valparaíso. Dirección postal: Facultad de Derecho, Ponticia Universidad Católica de
Valparaíso, Avenida Brasil 2950, Valparaíso, Chile. Correo electrónico: aguzman@
ucv.cl Agradezco las importantes observaciones que el colega José Luis Guerrero quiso
hacer a este trabajo.
R
La Ley N° 20.345, de 2009, tipicó
un contrato de préstamo de valores,
consistente en dar un prestamista cierta
cantidad de aquéllos a un prestatario,
para que en un tiempo posterior éste le
restituya otra tanta cantidad de valores
del mi smo emis or, géne ro, can tidad,
clase y serie, con la obligación de pagar,
además, un premio en dinero. El artículo
estudia los diversos temas y problemas
dogmáticos que ofrece esta nueva gura
típica, con excepción de los concernientes
a las garantías establecidas por la ley para
Revista de Derecho
de la Ponticia Universidad Católica de Valparaíso
XXXVIII (Valparaíso, Chile, 2012, 1er Semestre)
[pp. 157 - 180]
E     
[“Securities Lending Contract”]
A G B*
Ponticia Universidad Católica de Valparaíso, Chile
A G B158 R  D XXXVIII (1er S  2012)
su cumplimiento, que quedan reservados
para otro trabajo.
P 
Valores – Préstamo de valores – Mu-
tuo y préstamo de valores.
K
Securities – Securities Lending – Mu-
tual funds and securities lending.
R el 2 y  el 28 de mayo de 2012.
El título 6° de la Ley N° 20.345 (DO. de 6 de junio de 2009) se rubrica:
Del préstamo de valores y contiene en los artículos 38 a 40 que lo integran la
regulación de un contrato denominado como indica la rúbrica. El presente
trabajo queda destinado a estudiar los puntos más relevantes de la gura, con
excepción del régimen de las cauciones celebradas para asegurar el cumpli-
miento de un contrato, que reservaremos para un artículo ulterior, atendida
la minuciosidad de detalles que lo integran, cuyo tratamiento aquí dilataría
demasiado este trabajo.
I. C      
1. Concepto.
El artículo 39 de la Ley N° 20.345, de 2009, dene que el préstamo de
valores “es un contrato en virtud del cual una persona, llamada prestamista,
transere valores a otra, llamada prestatario, quien asume la obligación de
restituir al primero, al vencimiento del plazo pactado, valores del mismo emisor,
género, cantidad, clase y serie y de pagar una suma de dinero, denominada pre-
mio”. De acuerdo con esta denición, el préstamo de valores esencialmente
consiste en una transferencia entre vivos de valores por una persona a otra,
para que ésta devuelva al primero otros tantos valores del mismo emisor,
género, cantidad, clase y serie. Aparentemente, también pertenece a la esencia
de este contrato la obligación de pagar una suma de dinero, llamada premio,
por el prestatario al prestamista. El transferente se llama “prestamista” y el
accipiente, “prestatario”.
El artículo 39 de la ley recurre a la noción de contrato para jar en éste
al género próximo del préstamo (“es un contrato en virtud del cual”). Y con
razón, porque del acto en que consiste emanan obligaciones (artículo 1437
CC.), como lo veremos.
De la denición legal de este acto derivan sus caracteres más notables:
2. El préstamo de valores es un contrato obligacionalmente unilateral.
El préstamo de valores es un contrato obligacionalmente unilateral, pues

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