El convenio colectivo - Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Tomo II - Libros y Revistas - VLEX 275273767

El convenio colectivo

AutorHector Humeres Noguer
Cargo del AutorAbogado, Magíster en Derecho Laboral. Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Facultades de Derecho de las Universidades de Chile, del Desarrollo y Gabriela Mistral
Páginas255-257
255
1. GENERALIDADES. Ya hemos dicho y reiterado que la negociación colec-
tiva puede adoptar dos caminos:
a) negociación colectiva reglada o normal, y
b) negociación no reglada, no sujeta a dichos requisitos y formalidades.
La primera culmina, como hemos visto, en un contrato colectivo, y la
segunda, en un convenio colectivo, si bien sus consecuencias y alcances
son similares.
2. CONCEPTO. Convenio colectivo es el instrumento suscrito entre uno o
más empleadores con una o más organizaciones sindicales o con trabaja-
dores unidos para tal efecto, o con unos y otros, con el fin de establecer,
sin sujeción a las normas de procedimiento de la negociación colectiva
reglada ni a los derechos, prerrogativas y obligaciones propias de tal pro-
cedimiento.
No obstante que en cuanto a la tramitación se aplican unas mismas
reglas a los procesos reglados o no, el legislador establece que las del
inciso 2º del artículo 348, en cuanto a la subsistencia de las cláusulas del
contrato colectivo una vez extinguido, sólo regirán en los casos de conve-
nios con empresas.
Asimismo, no se aplicarán las normas del artículo 347, referentes a la
duración del contrato colectivo y su vigencia, ni las del 348, en cuanto a
que las estipulaciones del contrato colectivo reemplazan a las contenidas
en los contratos individuales, cuando en los respectivos convenios se deje
expresa constancia de su carácter parcial o así aparezca de manifiesto en
el respectivo instrumento.
Ya hemos examinado la forma en que se arriba a la suscripción de un
Convenio Colectivo (v. Cap. XVII, Nº 10), por lo que nos remitimos ex-
presamente a lo allí consignado.
3. CONVENIOS QUE AFECTEN A MÁS DE UNA EMPRESA. Sea que ellos sean
suscritos por sindicatos o trabajadores de distintas empresas con sus res-
pectivos empleadores o federaciones o confederaciones en representación
CAPÍTULO XXII
EL CONVENIO COLECTIVO

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