Los derechos sociales en el nuevo constitucionalismo latinoamericano - Núm. 13, Enero 2015 - Revista de Derechos Fundamentales - Libros y Revistas - VLEX 634893261

Los derechos sociales en el nuevo constitucionalismo latinoamericano

AutorHugo Tórtora Aravena
CargoAbogado, Licenciado en Derecho por la Universidad de Valparaíso, Magíster en Derecho Constitucional por la Universidad de Talca
Páginas109-133
109
Revista de Derechos Fundamentales
- UNIVERSIDAD VIÑA DEL MAR - Nº 13 (2015), pp. 109-133
LOS DERECHOS
SOCIALES EN EL NUEVO
CONSTITUCIONALISMO
LATINOAMERICANO
THE SOCIAL RIGHTS IN THE NEW LATIN AMERICAN
CONSTITUTIONALISM
HUGO TÓRTORA ARAVENA*
El autor explica brevemente lo que debe entenderse por Nuevo Constitucionalismo
Latinoamericano en el contexto de la evolución del Constitucionalismo a nivel global,
circunscribiéndose al movimiento constitucional que se plasmó en las Constituciones
de Venezuela, Ecuador y Bolivia. Luego revisa de qué manera recibe los Derechos So-
ciales este Constitucionalismo Latinoamericano, tanto en sus concepciones generales
como en las garantías presentes en las respectivas Cartas Fundamentales.
Palabras clave: Derechos sociales. Nuevo Constitucionalismo Latinoamericano. Ga-
rantías constitucionales. Tutela judicial efectiva.
The author brief‌l y explains what is meant by New Latin American Constitutionalism
in the context of the evolution of global constitutionalism, confined to the
constitutional movement that was embodied in the constitutions of Venezuela,
Ecuador and Bolivia. Then look at how Social Rights receives the New Latin
American Constitutionalism, both in its general conceptions as in the express
warranty in the respective constitutions.
Key words: Social Rights. New Latin American Constitutionalism. Constitutional
guarantees. Effective judicial protection.
Fecha de recepción: 28 de junio de 2015
Fecha de aceptación: 8 de julio de 2015
* Abogado, Licenciado en Derecho por la Universidad de Valparaíso, Magíster en De-
recho Constitucional por la Universidad de Talca. Profesor de Derecho Público de la
Universidad Andrés Bello y la Universidad de Valparaíso. Correos electrónicos: hugo-
tortora@gmail.com y htortora@unab.cl
Este artículo se enmarca dentro de los trabajos iniciales de una investigación de
mayor extensión, por lo que los comentarios y críticas serán muy bienvenidas por el
RESUMEN
ABSTRACT
110
Revista de Derechos Fundamentales
- UNIVERSIDAD VIÑA DEL MAR - Nº 13 (2015), pp. 109-133
HUGO TÓRTORA ARAVENA / Los derechos sociales en el nuevo constitucionalismo latinoamericano
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo se analizará de qué manera el Nuevo Cons-
titucionalismo Latinoamericano ha recogido a los derechos sociales,
y demostraremos que el tratamiento dado a estos derechos obedece
a cambios en la concepción de los mismos, lo cual deriva, entre otras
cosas, en un trato igualitario en su relación con los demás derechos, y
en un reforzamiento en sus garantías.
Para comenzar, recordaremos que en algún trabajo anterior, de-
f‌i nimos a los Derechos Sociales como “aquella especial categoría de
derechos humanos que se caracterizan, por regla general, por exigir para
su satisfacción de la prestación de ciertas actividades por parte del Estado,
pero fundamentalmente por fundarse en los principios de igualdad, de
humanización de las relaciones humanas y de la justicia social 1. Esto
nos permitirá f‌i jar el marco conceptual dentro del cual se desarrollará
esta presentación2.
En el contexto de la evolución del Constitucionalismo, se revisará
los caracteres esenciales del Nuevo Constitucionalismo Latinoame-
ricano, para desarrollar en esencia los dos aspectos centrales de este
trabajo, cuales son: la concepción de los derechos sociales para las
Constituciones que integran este movimiento y de qué manera los
garantiza.
autor. Agradezco a Jaime Bassa y a Rodrigo Pavez sus comentarios que ayudaron a
perfeccionar este documento, cuyos errores seguirán siendo míos.
1 TÓRTORA, Hugo, “El derecho a la vivienda adecuada o digna”, en: AGUILAR, Gonza-
lo (coord.): Derechos económicos, sociales y culturales en el orden constitucional chileno.
Librotecnia, 2012, p. 349.
2 En nuestra concepción, caracterizaremos a estos derechos con las siguientes asevera-
ciones: (1) los derechos sociales son derechos fundamentales, entendidos estos como
“derechos humanos”; (2) son derechos basados en ciertos principios éticos, como son
la igualdad, la humanización de las relaciones humanas y la justicia social; (3) son, por
regla general, derechos de segunda generación, esto es, posteriores a los derechos civiles
y políticos; (4) por regla general, mas no absoluta, son derechos prestacionales; (5)
en virtud de lo anterior, también por regla general, su ef‌i cacia queda supeditada a las
capacidades económicas del Estado; (6) son derechos de difícil justiciabilidad; (7) son
derechos que cuentan con protección internacional; (8) son derechos que requieren de
un alto rol del legislador en su conf‌i guración y protección. Por su parte, algunos de los
aspectos más controvertidos de estos derechos se ref‌i eren a sin efectivamente son, o no,
derechos fundamentales; si pueden ser objeto de tutela judicial; su jerarquía o impor-
tancia dentro de un pliego o listado de derechos fundamentales; y cuáles son los sujetos
involucrados en estos derechos, tanto en su rol activo (titular) como pasivo (obligado).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR