Procedencia del recurso de apelación en contra de la resolución que no dio lugar a revocar un acuerdo reparatorio. Concepto y alcance del acuerdo reparatorio - Núm. 1, Junio 2014 - Jurisprudencia de la Araucanía. Revista del centro de Estudios Procesales - Libros y Revistas - VLEX 516176398

Procedencia del recurso de apelación en contra de la resolución que no dio lugar a revocar un acuerdo reparatorio. Concepto y alcance del acuerdo reparatorio

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La Iltma. Corte de Apelaciones de Temuco acoge el recurso de apelación deducido estimando que lo resuelto por el Juez de Garantía implica dejar el cumplimiento del acuerdo reparatorio a la voluntad del imputado, conclusión que repugna al derecho procesal penal, teniendo en cuenta las consecuencias que tiene el acuerdo reparatorio de poner fin a la instancia judicial, como es la extinción de la acción penal, y el subsiguiente sobreseimiento definitivo.

Temuco, quince de julio de dos mil trece.

VISTOS Y CONSIDERANDO:

  1. - Que como cuestión previa la defensa de la imputada Macarena Alejandra Valle Rosas solicitó se declarara inadmisible el recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en estos antecedentes por no encontrarse la resolución apelada en ninguno de los casos contemplados en el artículo 370 del Código Procesal Penal.

2º.- Que de la anterior petición se dio traslado a la Fiscalía cuyo representante alegó que la resolución en contra de la

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cual dedujo en recurso de apelación es de aquellas contenidas en la primera hipótesis del artículo 370 del Código del Ramo, esto, es, de poner término al procedimiento.

3º.- Que esta Corte resolviendo la petición de la defensa acuerda declarar admisible la apelación referida y entrar al conocimiento del fondo del asunto sometido a su conocimiento.

4º.- Que el Ministerio Público, en la persona del Fiscal Adjunto de Temuco, don Juan Pablo Salas Castro, deduce recurso de apelación en contra de la resolución dictada por el Juez de Garantía de esta ciudad, que no dio lugar a revocar el acuerdo reparatorio a que se había llegado a la causa RIT 3796-2013 y RUC 1300420918.9 y solicita que revocándose la resolución de aquel Tribunal éste proceda a fijar día y hora para la realización del juicio oral simplificado conforme a la sustanciación regular del procedimiento.

5º.- Que en cuanto a los antecedentes de hecho señala el apelante que el día 27 de abril de 2013 se efectuó audiencia de control de la detención de la imputada Macarena Alejandra Valle Rosas, donde se le requirió verbalmente en procedimiento simplificado por haber ingresado a un establecimiento comercial y sustraído especies avaluadas en la suma de $ 35.655, oportunidad en la cual entre la víctima y y la persona imputada arribaron a un acuerdo reparatorio el que fue aprobado por el tribunal consistente en el pago de la suma única de $ 35.000 en la audiencia fijada para el 07 de junio de 2013, y como la imputada no...

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