Diversas especies de promesas de venta - Diversas especies de promesas de venta - De la promesa de venta - De la Compraventa y de la Promesa de Venta. Tomo II. Volumen 2 - Libros y Revistas - VLEX 328026919

Diversas especies de promesas de venta

AutorArturo Alessandri Rodríguez
Páginas834-839
DE LA COMPRAVENTA Y DE LA PROMESA DE VENTA
834
idea que se robustece aun más si se considera que ni en el Código fran-
cés, ni en el derecho español, ni en los demás Códigos que le sirvieron
de base para redactar el nuestro se encuentra una disposición análoga.
Por eso no podemos recurrir a los autores franceses para interpretar el
artículo 1554, tanto más cuanto que entre nuestro Código y el francés
hay una diferencia enorme.
El único antecedente que encontramos del artículo 1554 es el artículo
1733 del Proyecto de 1853, que dice: “La promesa de celebrar un contrato
especificándolo en todas sus partes, es una obligación de hacer, y está suje-
to a lo dispuesto en el artículo precedente; a menos que el contrato sea de
aquellos que se perfeccionen por el solo consentimiento de los contratan-
tes, en cuyo caso la promesa equivaldrá al contrato mismo. La promesa de
un contrato que las leyes declaran ineficaz, no tendrá valor alguno”.
El artículo 1554, en cambio, dice: “La promesa de celebrar un contrato no
produce obligación alguna; salvo que concurran las circunstancias siguientes:
Que la promesa conste por escrito;
Que el contrato prometido no sea de aquellos que las leyes declaran ineficaces;
Que la promesa contenga un plazo o condición que fije la época de la celebra-
ción del contrato;
Que en ella se especifique de tal manera el contrato prometido que solo falten para
que sea perfecto, la tradición de la cosa, o las solemnidades que las leyes prescriban.
Concurriendo estas circunstancias habrá lugar a lo prevenido en el artículo
precedente”.
Del examen comparativo de ambos artículos resulta que el artículo 1554
varió mucho la índole del artículo del Proyecto. En efecto, mientras en éste
la promesa era una simple obligación de hacer que no estaba sujeta a ningu-
na formalidad, el artículo 1554 la convirtió en un contrato solemne, negán-
dole, por regla general, todo valor. En el Proyecto, además, había casos en
que la promesa equivalía al contrato mismo, como sucedía cuando el con-
trato prometido era consensual; en tanto que en el Código, esto no ocurre
jamás, ni aunque el contrato prometido sea de esa naturaleza.
2º DIVERSAS ESPECIES DE PROMESAS DE VENTA
2066. En general, todo contrato puede ser objeto de una promesa, pues
nada se opone a que así como las partes pueden pactar desde luego el
contrato, difieran su celebración, mediante una promesa, para una época
más o menos distante.
Pero como nuestros propósitos no son estudiar el contrato de promesa
en sí mismo sino únicamente el de promesa de venta, en esta Memoria
sólo se analizarán los diversos aspectos que puede ofrecer esa promesa en
el derecho abstracto para estudiar en seguida sus condiciones y efectos en
nuestro Código.
2067. La promesa de venta puede revestir tres aspectos diferentes, que no
son sino diversas etapas del proceso evolutivo que, dentro de la ciencia

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