Los estándares interpretativos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de derechos políticos y la inconvencionalidad de la ley brasileña de inelegibilidades - Núm. 1-2015, Julio 2015 - Revista de Estudios Constitucionales - Libros y Revistas - VLEX 643963625

Los estándares interpretativos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de derechos políticos y la inconvencionalidad de la ley brasileña de inelegibilidades

AutorLuiz M. P. Bastos Jr. - Rodrigo Mioto dos Santos
CargoUniversidad do Vale do Itajaí - Universidad do Vale do Itajaí
Páginas163-201
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LOS ESTÁNDARES INTERPRETATIVOS DE LA CORTE
INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
EN MATERIA DE DERECHOS POLÍTICOS Y LA
INCONVENCIONALIDAD DE LA LEY BRASILEÑA DE
INELEGIBILIDADES*-**1
THE INTERPRETATIVES STANDARDS OF THE HUMAN RIGHTS
INTER-AMERICAN COURT ON THE POLITICAL RIGHTS AND THE
INCONVENTIONALITY OF THE BRAZILLIAN LAW OF INELEGIBILITIES
LUIZ M. P. BASTOS JR.***
Universidad do Vale do Itajaí

RODRIGO MIOTO DOS SANTOS****
Universidad do Vale do Itajaí
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RESUMEN: En el derecho brasileño, el derecho fundamental de concurrir a los pleitos electorales
está sujeto al cumplimiento de un conjunto de condiciones de habilitación (condiciones de elegibi-
lidad) y puede ser restringido ante la ocurrencia de causas de inelegibilidad, muchas de las cuales
se presentan como sanciones de inhabilitación. El presente artículo tiene por objetivo confrontar la
* Trabajo recibido el 9 de septiembre de 2014 y aprobado el 6 de mayo de 2015.
** Esta investigación fue parcialmente f‌inanciada con recursos provenientes del CNPq (Proyecto

se encuentra sometida a la apreciación del Consejo Editorial de la Revista Direito GV. Además, en este
artículo, los autores incluyeron el análisis del Caso Yatama vs. Nicaragua, así como algunas consideraciones
contextuales acerca del derecho electoral brasileño y de la práctica jurisprudencial de la Corte Constitucional
brasileña (Supremo Tribunal Federal) en materia de la aplicación de los derechos internacionales de los
derechos humanos.
*** Profesor de Derecho Constitucional y Derecho Procesal Constitucional en el curso de grado (Derecho
y Relaciones Internacionales) y en el programa de posgrado en Ciencia Jurídica (Master y Doctorado).
Abogado. Coordinador del Observatorio del Sistema Interamericano de Derechos Humanos de la Uni-
versidade do Vale do Itajaí.
**** Profesor de Derecho Penal y Procesal Penal y de Derechos Humanos en la Universidad do Vale do
Itajaí. Coordinador del Observatorio del Sistema Interamericano de Derechos Humanos de la misma
Universidad.
Estudios Constitucionales, Año 13, Nº 1, 2015, pp. 163-202.
ISSN 07180195
Centro de Estudios Constitucionales de Chile Universidad de Talca
“Los estándares interpretativos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia
de derechos políticos y la inconvencionalidad de la ley brasileña de inelegibilidades”
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Ley Brasileña de Inelegibilidades (Ley Complementaria Nº 64/90) frente a la garantía prevista
en la CADH (artículo 23). Se def‌iende, pues, que la casi totalidad de las hipótesis previstas en la
norma local no sobrevivirían al análisis de compatibilidad con las garantías convencionales, según
la jurisprudencia de la Corte Interamericana. Por último, se def‌iende que los jueces electorales, a
despecho de la existencia de decisión vinculante emanada del Supremo Tribunal Federal (ADI 4578),
deben negar vigencia a las reglas domésticas en orden de conferir ef‌icacia ampliativa a los derechos
políticos y a la propia democracia.
ABSTRACT: In the Brazilian law, the fundamental right to be elected can only be exercised if
the citizen fulf‌ills some legal requirements (eligibility conditions), and if he does not be framed in
one the hypothesis def‌ined by law as a ineligibility cause. In this article, I argue that almost all the
hypothesis def‌ined by the Brazilian Ineligibilities Act (LC n. 64/90) are not compatible with the
guarantee ensured by the article 23 of American Convention on Human Rights, whereby all the
citizens shall enjoy “the right and opportunity” (art. 23) to “be elected in genuine periodic elections”
(art. 23,1.b), and the exercise of this right should be restrict “only on the basis of age, nationality,
residence, language, education, civil and mental capacity, or sentencing by a competent court in
criminal proceedings” (art. 23.2). Because of this, all the domestic judges are authorized to deny
validity to the national statute, and apply directly the conventional guarantee, despite the fact that
the Brazilian Supreme Court had uphold the Ineligibilities Act by a decision endowed with binding
force for all the national judges.
PALABRAS CLAVE: 1. Control de Convencionalidad; 2. Derecho de ser elegido; 3. Ley de Inelegibi-
lidades Brasileña.
KEY WORDS: 1. Control of conventionality; 2. Political right to be elected; 3. Brazilian Ineligibilities.
1. INTRODUCCIÓN
-
do una postura de relativa indiferencia al Sistema Interamericano de Derechos
Humanos. Esto se ref‌leja tanto en la escasez de estudios doctrinarios sobre los
estándares interpretativos de la Corte en casi todas las temáticas, como en la
escasez de referencias en las decisiones de los tribunales brasileños (incluso la
Corte Constitucional Brasileña, el Supremo Tribunal Federal) sobre las normas
interamericanas.
Aquí y allá encontramos referencias a la jurisprudencia de la Corte, particular-
mente en situaciones en las que los posicionamientos de la Corte Interamericana
coinciden con los posicionamientos adoptados por el Supremo Tribunal Federal,
como es el caso en el que declaró que la Ley de Prensa Brasileña (Ley Nº 5.250/67)
era incompatible con la Constitución Federal de 19881, o la declaración de in-
constitucionalidad del dispositivo que exigía diploma de curso superior en perio-
1 SUPREMO TRIBUNAL FEDERAL. Recurso Extraordinario n. 511.961, juzgado el 17.6.2009.
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dismo como condición para el ejercicio de la profesión de periodista (artículo 4º,
inciso 5º, del decreto ley Nº 972/1969).2 En ambos casos el Supremo Tribunal
Federal hizo referencia a la Opinión Consultiva Nº 7/86, dictada el 29.8.1986
por la Corte Interamericana, argumento que fue utilizado como refuerzo de las
conclusiones a las que llegan los Ministros brasileños.
A pesar de eso, aún existe una larga ruta a caminar, como deja en evidencia
el juicio del Supremo Tribunal Federal que declaró que es constitucional la Ley
de Amnistía Nacional (Ley Nº 6.683/79)3, a despecho de la abundante juris-
prudencia emanada de la Corte Interamericana que declaraba que no solamente
eran inconvencionales las Leyes de Autoamnistía promulgadas en el continente
latinoamericano, como declaraba que estas normas eran nulas de pleno derecho4.
Esta situación acabó resultando en la condenación de Brasil en el Caso Gomes
Lund y otros (Guerrilla del Araguaia)5, cuando la Corte determinó que la Ley
brasileña no podría ser utilizada como obstáculo para la instauración de procesos
de responsabilización de los militares involucrados en los crímenes de tortura y
desaparición forzada durante la dictadura militar brasileña.
En relación a los derechos políticos, tema central de este artículo, igualmente
no hay ninguna ref‌lexión por parte de los autores brasileños sobre el impacto en la

Hasta el presente momento nada fue escrito sobre el asunto. Los manuales de
derecho electoral y derecho procesal electoral brasileños permanecen en un si-
lencio elocuente en cuanto a la Convención Americana de Derechos Humanos,
pues en ninguno de ellos hay ni una única referencia a ese dispositivo, más aún
en relación a las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos6.
2 SUPREMO TRIBUNAL FEDERAL. Arguição de Descumprimento de Preceito Fundamental n. 130, juzgada el
30.4.2009.
3 SUPREMO TRIBUNAL FEDERAL. Arguição de Descumprimento de Preceito Fundamental n. 153, juzgada el
29.4.2010.
4 CORTE IDH. Caso Almonacid Arrellano y otros vs. Chile. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y
Costas      Caso La Cantuta vs. Peru.
Fondo, Reparaciones y Costas    Caso
Barrios Altos vs. Perú. Fondo. Sentencia de 14 de marzo de 2001. Serie C Nº 75.
5 CORTE IDH. Caso Gomes Lund y Otros (Guerrilha do Araguaia) vs. Brasil. Excepciones Preliminares, Fondo,
Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de noviembre de 2010. Serie C Nº 219.
6 COÊLHO CÂNDIDO COSTA  GOMES
ZILIO, Rodrigo López (2012).

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