Corte Suprema, 24 de enero de 2006. Gálvez Ibarra, Rosa Ester Delzo con Servicio Ideal Limitada (casación en el fondo)

Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los TribunalesNúm. 1-2006, Junio 2006

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Resumen


DOCTRINA: Las expresiones “causa justificada” no han sido definidas por el legislador, de manera que ha de determinarse su adecuada interpretación a la luz del uso común de las mismas palabras y de los principios generales del derecho.

La palabra causa se corresponde con origen o fundamento, con motivo o razón y justificación, con el efecto de justificar, es decir, probar algo con exactitud, rectitud y verdad.

Si bien es cierto que las causas que podrían llegar a constituir una justificación para la inasistencia del trabajador a sus labores habituales no están señaladas de manera específica en la ley, tampoco existe un precepto que exija su consagración expresa en ella. Por consiguiente, habrá justificación cuando el trabajador invoque un motivo digno de ser atendido racionalmente para no concurrir a sus labores, teniendo siempre presente si su intención afecta al cumplimiento de su contrato de trabajo.

En la especie, es dable concluir que ha concurrido la causal justificante de la ausencia laboral, motivo por el cual, al haberse decidido que se configuraba la causal de caducidad del contrato de trabajo contemplada en el artículo 160 Nº 3 del Código del ramo, se ha vulnerado dicha norma legal.

Dado lo anterior, procede acoger el recurso de casación en el fondo, desde que el yerro anotado alcanzó decididamente lo dispositivo del fallo atacado, en la medida que condujo a rechazar la demanda y eximir a la demandada al pago de las indemnizaciones reclamadas por la demandante.*

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Voces: Terminación de contrato (Causa justificada) – Inasistencia al trabajo (motivo digno de ser atendido racionalmente para no concurrir a labores) – Casación en el fondo (error de derecho).

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Extracto


Corte Suprema, 24 de enero de 2006. Gálvez Ibarra, Rosa Ester Delzo con Servicio Ideal Limitada (casación en el fondo)

Vistos:

En autos, rol Nº 83.171, del Segundo Juzgado del Trabajo de El Loa y Calama, doña Rosa Ester Delzo Gálvez Ibarra deduce demanda en contra de Servicio Ideal Limitada, representada por don Marcos Araya Barrios, a fin que se declare injustificado su despido y se condene a la demandada a pagar las prestaciones que indica, más reajustes, intereses y costas.

La demandada, contestando el traslado conferido, solicitó el rechazo de la acción deducida en su contra alegando que el despido se ajustó a la causal prevista en el art&iac...

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