Hacia una nueva y más igualitaria sociedad conyugal - Núm. 5, Enero 2016 - Estudios Jurídicos. Democracia y Justicia - Libros y Revistas - VLEX 648926193

Hacia una nueva y más igualitaria sociedad conyugal

AutorValentina Morales Castro
CargoEgresada de la carrera de Derecho en la Universidad de Talca
Páginas10-31
Estudios Jurídicos Democracia y Justicia, Año 5, Nº 5, 2016, pp. 10 -31.
ISSN 0719-4064
Centro de Estudios Democracia y Justicia
Hacia una nueva y más igualitaria sociedad conyugal
Valentina Morales Castro
Estudios Jurídicos Democracia y Justicia, Año 5, Nº 5, 2016, pp. 10 -31.
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HACIA UNA NUEVA Y MÁS IGUALITARIA SOCIEDAD CONYUGAL
TOWARDS A NEW AND MORE EQUALITY MARITAL PARTNERSHIP REGIME
Valentina Morales Castro
Universidad de Talca
Vamorales1993@gmail.com
RESUMEN: Este artículo trata uno de los principales problemas jurídicos que mantiene la
sociedad conyugal chilena: La discriminación hacia la mujer casada en cuanto a la administración
sus bienes propios y los bienes sociales de la sociedad manifestado fundamentalmente en el artículo
1749 de nuestro Código Civil, disposición que excluye de pleno derecho la posibilidad de que la
mujer casada pueda ejercer la administración de la sociedad conyugal. En este sentido, el autor
analiza tanto la legislación vigente que regula este régimen supletorio legal en cuanto a su
administración como los proyectos de ley más recientes destinados establecer una nueva política
contra la discriminación hacía la mujer, lo que se traduce a priori en la modificación de las normas
actuales que reglamentan la sociedad conyugal a la luz del principio de igualdad entre los cónyuges.
ABSTRACT: This article adresses one of the main problems remaining in the
chilean marital partnership regime: The discrimination towards married women under this regime
in terms of the administration of her own assets as the couple ones which is manifested primarly in
article 1749 of the chilean Civil Code. This article exclude any possibility of women to excercise
their right to administrate the assests. In this context the author analyzes both, the current legislation
and the latest draft law intended to establish a new non-discrimination policy against women which
pretends modificate the current joint marital property regime laws under the light of the principle of
equality amongst the spouses.
PALABRAS CLAVES: Sociedad Conyugal; Cónyuge administrador; Derecho de Familia;
discriminación.
KEY WORDS: Marital partnership regime; administrator spouse; family law; discrimination.
COMO CITAR ESTE ARTÍCULO:
MORALES CASTRO, Valentina (2016): “Hacia una nueva y más igualitaria sociedad conyugal”, en:
Estudios Jurídicos Democracia y Justicia (Año 5, Nº 5), pp. 10 31.
Trabajo recibido el 07 de julio de 2016 y aprobado el 20 de julio de 2016 .
 Egresada de la carrera de Derecho en la Universidad de Talca.
HACIA UNA NUEVA Y MÁS IGUALITARIA SOCIEDAD CONYUGAL
Valentina Morales Castro
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Estudios Jurídicos Democracia y Justicia, Año 5, Nº 5, 2016, pp. 10 -31.
INTRODUCCIÓN.
“Parece razonable afirmar que el matrimonio es una inversión de extraordinaria
relevancia para nuestras vidas y, por lo mismo, merece un buen análisis desde todo punto
de vista
1
.
En este trabajo de investigación hemos querido abordar algunos de los problemas jurídicos
que enfrenta nuestra sociedad conyugal, específicamente aquellos dentro de la esfera de la
administración de éste régimen matrimonial.
De regulación paternalista y compleja tanto para abogados como para los contrayentes,
este régimen nos ha venido acompañando desde hace ya casi 160 años, con modificaciones
por cierto, pero que ha mantenido durante el transcurso del tiempo algunos resabios de su
estatuto tradicional. Estatuto, que impide que este régimen que gobierna la relación
patrimonial que se produce entre los cónyuges durante la vigencia del matrimonio, se adapte
a la realidad chilena del siglo XXI, siendo en la actualidad su mayor problema su anacrónica
regulación.
Esto se aprecia en que la sociedad conyugal mantiene aquella concepción decimonónica
donde el marido debe ser el proveedor del grupo familiar y la mujer mantenerse en la esfera
doméstica al cuidado de los hijos, prueba de ello son los artículos 150, 1749 y 1752 del
Código Civil (por nombrar solo algunos) que presentan normas e instituciones que contienen
distinciones legales que resultan arbitrarias y discriminatorias para ambos consortes, como
lo son la administración exclusiva del marido de la sociedad conyugal y el patrimonio
reservado.
Tales normas han comprometido en más de alguna oportunidad al Estado de Chile ante
órganos internacionales, debido a que efectivamente a la luz de los derechos fundamentales
nuestro país conserva disposiciones discriminatorias, puesto que transgreden los principios
de igualdad y no discriminación entre marido y mujer. Pero más importante aún, la regulación
actual de este régimen no está reflejando el Chile contemporáneo, haciendo necesario
incorporar modificaciones urgentes, toda vez que las condiciones históricas antes expuestas
se han superado, siendo un hecho cierto que en el Chile de hoy, el marido y la mujer están
incorporados, en condiciones de igualdad, a las actividades profesionales y económicas,
contribuyendo los dos al sostenimiento de la familia común
2
.
Corolario de lo anterior, es que el legislador se ha propuesto modificar la regulación de la
sociedad conyugal, siguiendo una tendencia reformadora del régimen, sin hacerla
desaparecer, ninguno de los proyectos de ley presentados en el último tiempo pretende
reemplazar este régimen por otro, sino que buscan mantenerlo encontrando un equilibrio
entre la comunidad familiar y la relación igualitaria entre los cónyuges. Desafortunadamente
los esfuerzos legislativos han sido poco fructíferos, ya que son cerca de 8 años de discusión
1
LAVÍN (2013), P.13
2
ORREGO (2008), P. 9

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