Igualdad y discriminación - Núm. 10, Octubre 2000 - Serie de Publicaciones Especiales - Cuadernos de Análisis Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 399730350

Igualdad y discriminación

AutorRodolfo Figueroa
CargoAbogado. Miembro del Centro de Investigación de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales. Profesor de pregrado en la misma Facultad y profesor en el Diplomado sobre Recurso de Protección que se dicta en la misma Facultad
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cual se procura que las perspectivas jurídicas, sociales y políticas del interés público adquieran un papel relevante. Asimismo, dichos foros se vinculan dinámicamente a las preocupaciones prácticas de la otra área que desarrolla el Programa, esto es, las clínicas jurídicas de litigación en interés público existentes en cada una de las universidades integrantes del Programa. Bajo esta nueva modalidad de trabajo constituida, corno se acaba de decir, por los foros, se han ampliado los vínculos de las instituciones que pertenecen al Programa con otras entidades de la sociedad civil, así corno se ha potenciado el trabajo que las mencionadas clínicas de interés público llevan adelante en los tres países.

El énfasis en las temáticas de igualdad y libertad de expresión y su relación con el interés público viene dado, por una parte, por su pertinencia en el contexto actual de los países en los que se lleva adelante el Programa. De hecho, se trata de materias que han sido objeto de casos que se han litigado o se litigan actualmente por las clínicas jurídicas del Programa y que han sido objeto de extensos análisis en los foros.

Por otra parte, dicho énfasis está dado también por la centralidad que, desde el punto de vista conceptual, estos temas poseen dentro de la amplia gama de problemas que abarcan las acciones de interés público. Así, la igualdad y la no-discriminación aparecen como ejes o principios rectores en el tratamiento de los derechos humanos, con el consiguiente impacto en las acciones de interés público, al tiempo que la libertad de expresión desempeña un papel crucial no solo por \ sí misma sino por lo que ella representa para la protección de otros derechos y para la efectiva vigencia del régimen democrático.

Se trata, en uno y otro caso, de príncipios centrales en la organización del Estado y de la sociedad, relevantes también desde el punto de vista de las formas y la calidad de la participación ciudadana y de la transparencia del quehacer de los actores en la arena política y económica.

Consecuentemente, a través de la presente edición, ofrecernos a la comunidad académica y profesional del derecho y, en general, a las organizaciones de ciudadanos y público interesado, una selección de la reflexión habida en el Programa Sudamericano de Acciones de Interés Público durante el último período, con la pretensión de contribuir a la producción de nuevas miradas y formas de acción que permitan, de cara al nuevo siglo, constituir una práctica legal y constitucional enraizada en la participación y los derechos ciudadanos.

LOS EDITORES

IGUALDAD Y DISCRIMINACIÓN

RODOLFO FIGUEROA G. *

PRESENTACIÓN

Este trabajo ha sido elaborado para el Programa de Acciones de Interés Público, que se está ejecutando actualmente en la Escuela de Derecho de la Universidad Diego Portales.

El encargo fue producir un trabajo que se refiriera al terna "desigualdad y discriminación", aportando categorías analíticas y conceptos que pudieran utilizarse en instancias de diálo.go y debate, pr?-piciadas y organizadas por el Programa de ACCIOnes de Interes Público, acerca del tema de la discriminación en nuestro país.

Así, pues, este trabajo no constituye una descripción de la situación de la discriminación en Chile; lejos de ello, este trabajO es más bien conceptual. La razón es sencilla: habitualmente, cuando hablamos de igualdad y de discriminación, solemos entender ':0-saS distintas; en una situación así, claramente no es pOSIble InICIar

un diálogo fructífero. Por ello, se estimó útil disponer de u:, texto que pudiera operar corno una suerte de base para contnbUlr a generar un lenguaje común que nos permitiera avanzar en una reflexión, de suyo compleja, como es la relativa a temas de dlscnminación en nuestro país.

Abogado. Miembro del Centro de Investigación de la Facultad de Derecho de la versidad Diego Portales. Profesor de pregrado en la misma Facultad y profesor en el Diplomado sobre Recurso de Protección que se dicta en la misma Facultad.

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En el trabajo se expondrán varias razones de la complejidad conceptual del tema, como por ejemplo, la existencia de diversas "concepciones" de igualdad. Es posible que para algunos un caso constituya una discriminación y que para otros no lo sea, si es que utilizan o adhieren a diversas concepciones de igualdad. Quiero decirlo de otra forma: cuando discrepamos con personas acerca de si un deter-minado caso puede o no considerarse una discriminación, no siempre la discrepancia se explica porque el otro derechamente no esté a favor de la igualdad y pretenda apoyar una discriminación; con frecuencia, suele suceder que las personas suscriben diversas "concepciones" de igualdad. Este tema se trata en el acápite "Concepto y concepciones de igualdad". .

Sin embargo, no solamente las concepciones de igualdad pueden variar, sino también lo que puede denominarse "modelos" de igualdad. Es decir, puede ocurrir que personas compartan la misma" concepción" de igualdad, pero ello no es garantía de que emitirán un veredicto concordante a la hora de identificar situaciones de discriminación. La razón: es posible que suscriban diversos "modelos" de igualdad, como la igualdad de oportunidades o la igualdad en los recursos. En este trabajo se mencionan esos modelos y la relevancia práctica de la multiplicidad de modelos de igualdad.

Estos y otros temas se abordan en la primera parte del trabajo que, por ello, se intitula "Precisiones conceptuales". En dicha parte se enfrenta, además, el tema de la "arbitrariedad", esto es, qué se quiere, decir cuando se dice que una cierta conducta es arbitraria (tema relevante para analizar la discriminación).

Por último, se presenta, porque no es más que eso, el controvertido tema de la discriminación positiva para iniciar un debate acerca de ella, bajo la convicción de que ya está siendo un tema en la agenda pública en nuestro país.

La segunda parte de este trabajo lleva por título "Dogmática constitucional". Dicha oscura expresión, habitual en el medio de los abogados y jueces, denota un estudio de reglas jurídicas vigentes. En este trabajo, esas reglas son las que reconocen la igualdad en la Constitución Política de la República. Cabe aclarar que en este trabajo, más que un estudio de tales reglas, ellas se enuncian y se explica por qué ellas representan manifestaciones de la igualdad y en qué medida recogen una u otra dimensión de la igualdad. Por otra parte, en esta sección de dogmática constitucional se abordan categorías relevantes de la igualdad en un sentido "jurídico" o "legal" corno son la igualdad" en la ley" y "ante la ley".

Se cierra esta sección, y con ello el trabajo, con un excurso, quizá algo extenso, sobre el tema del precedente. Probablemente la única razón por la cual se ha dado un tratamiento tan distendido al tema del precedente, que imagino no es de interés de gran parte de los lectores de este trabajo, es que en Chile no existe un sistema de precedente obligatorio y, corno se argumenta en este trabajo, esto constituye una severa lesión de un derecho constitucional de los ciudadanos: la igualdad ante la ley.

Finalmente, para poner fin a esta presentación, me interesa decir que he intentado escribir este trabajo utilizando un lenguaje media-namente comprensible para personas que no sean abogados m estudiantes de derecho. Por ello, he intentado, no sé con qué éxito, evitar oscuridades y giros que habitualmente empleamos cuando conversamos solo entre abogados. Aunque un amigo solía decir que si un informe está escrito para ser comprendido por un abogado, entonces puede ser comprendido por cualquier persona.

PRIMERA PARTE PRECISIONES CONCEPTUALES

I. Discriminación y desigualdad

1. Igualdad y desigualdad

En general, hablaré más de igualdad que de desigualdad. La palabra "igualdad" se puede emplear en varios sentidos referenciales:

a) Igualdad como identidad.

Se puede decir que A es igual a B (A=B). Se trata de un sentido

aritmético, propio de la lógica formaL

b) Igualdad como semejanza.

Alguien puede decir que A es igual a B queriendo significar que A

y B son semejantes, no idénticos pero parecIdos. Por ejemplo, un transeúnte que va pasando por un barno de casas de Cierto estIlo puede decir que son iguales, queriendo significar. no que son idénticas sino muy parecidas o semejantes (porque es ImposIble que sean idénticas).

c) Igualdad como analogía.

En el campo del derecho, se emplea la expresión "analogía" en un

cierto sentido de igualdad; la analogía implica algún grado de seme-

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janza, de equivalencia, 10 que, ciertamente, será predicable solo respecto de CIertos aspectos que se consideran relevantes. Por ejemplo, cuando se dIce 9ue A es análogo .a B claramente no se quiere significar que son ldenhcos smo semejantes en cuanto a ciertos aspectos relevantes' .

2. Discriminación

La expresión discriminación se suele emplear en dos sentidos, uno que podemos llamar "neutral" y el otro "no neutral" en términos morales o valorativos.

El sentido neutral:

Un primer sentido, que -como dije- podemos denominar "neu;,ral" consist" separar o distinguir. Es posible emplear la palabra dlscnmmacIOn . en el de o distinguir sin implicar nada acerca de SI tal separacIOn o dIstmcIOn es correcta o incorrecta cualquiera que sea el punto de vista. Es por esto que sugiero
rar l/neutral" a este sentido de la expresión discriminación.

El sentido no neutral:

Un segundo sentido se puede considerar no neutral en la medida que se asigna a la discriminación un valor o disvalor moral. Normal-mente, se trata de un disvalor: discriminar habitualmente implica ' efectuar una que se #incorrecta", por supuesto, desde det;rmmado punto de VIsta. Por ejemplo, cuando se dice que en epoca los blancos discriminaban a los negros, no solamente se quena deCIr que se efectuaba una diferenciación o separación sino, fundamentalmente, que esa...

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