Introducción - Manual de Derecho Civil. De las fuentes de las obligaciones. Tomo I - Libros y Revistas - VLEX 253336334

Introducción

AutorRamón Meza Barros
Cargo del AutorEx Profesor Titular de Derecho Civil de la Escuela de Derecho de Valparaíso
Páginas7-7
7
1. Fuentes de las obligaciones. Preci-
sado el concepto de la obligación, anali-
zadas sus diversas clases, sus efectos
generales y la manera como se extinguen,
es menester examinar concretamente las
causas que las generan.
En otros términos, al estudio de las
obligaciones en general debe, lógicamen-
te, seguir el estudio particular de sus
fuentes.
El art. 1437 señala cuáles son las fuen-
tes de las obligaciones: “Las obligaciones
nacen, ya del concurso real de las volun-
tades de dos o más personas, como en
los contratos o convenciones; ya de un he-
cho voluntario de la persona que se obli-
ga, como en la aceptación de una
herencia o legado y en todos los cuasicon-
tratos; ya a consecuencia de un hecho que
ha inferido injuria o daño a otra perso-
na, como en los delitos y cuasidelitos; ya
por disposición de la ley, como entre los
padres y los hijos de familia”.1
2. División de la materia. La fuente
normal y más fecunda de obligaciones es
el contrato, esto es, el concierto de vo-
luntades encaminado a crearlas.
La preeminencia del contrato como
fuente de obligaciones se refleja en el ar-
ticulado del Código Civil, que destina a
los principios generales que lo gobiernan
y a las reglas que regulan los contratos
más importantes, la casi totalidad de las
disposiciones del Libro IV.
Las restantes fuentes de las obligacio-
nes tienen un carácter excepcional. Des-
tina el Código a los cuasicontratos y a los
delitos y cuasidelitos solamente los Títu-
los XXXIV y XXXV. De las obligaciones
legales no se ocupa sistemáticamente.
Es natural, por lo tanto, al abordar el
examen particular de las fuentes de las
obligaciones, iniciarlo con el estudio de
los contratos.
Los actos ilícitos tienen, como fuente
de obligaciones, una importancia consi-
derable y creciente. Las cuestiones rela-
cionadas con la responsabilidad que resulta
de la comisión de un delito o cuasidelito
son de las más delicadas y de mayor actua-
lidad en el Derecho Civil.2 Su estudio debe
venir inmediatamente a continuación. Al
tercer término quedará relegado el estu-
dio de los cuasicontratos y al cuarto el de
la ley como fuente de obligaciones.
INTRODUCCIÓN
1 Véanse Manual de Der echo Civil. De las obliga-
ciones, Nos 10 y sgtes.
2 Josserand, Cours de droit positif français, t. II,
Nº 10.

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