Labor minera y protección del medio ambiente: criterios para una redefinición - Núm. 22-1, Enero 2015 - Revista de Derecho Universidad Católica del Norte - Libros y Revistas - VLEX 657042929

Labor minera y protección del medio ambiente: criterios para una redefinición

AutorJorge Retamal Valenzuela
CargoAbogado. Licenciado en ciencias jurídicas por la Universidad Católica del Norte, Chile
Páginas507-528
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R  D U C  N - A 22 Nº 1 (2015)
Revista de Derecho
Universidad Católica del Norte
Sección: Ensayos
Año 22 - Nº 1, 2015
pp. 507-528
* Fecha de recepción: 1 de agosto de 2014.
Fecha de aceptación: 4 de febrero de 2015.
**
Abogado. Licenciado en ciencias jurídicas por la Universidad Católica del Norte (C).
Magíster (c) en Derecho Ambiental, Universidad de Chile (C). Ministro Titular Abo-
gado del Ilustre Tercer Tribunal Ambiental de Chile. Correo electrónico: jorge.retamal.rv@
tercertribunalambiental.cl
LABOR MINERA Y PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE:
CRITERIOS PARA UNA REDEFINICIÓN*
JORGE RETAMAL VALENZUELA**
RESUMEN: El presente ensayo, luego de mostrar diversas opiniones,
propone una de nición del concepto de labor minera que se encuentre
asociado a su ejecución en áreas sometidas a protección o cial. Salvo un
pronunciamiento expreso del Ministerio de Minería, no existe claridad
en cuanto a qué debe entenderse por aquellas labores en nuestra legisla-
ción. La Jurisprudencia solo ha esbozado algunas ideas, sobre el sentido y
alcance de este concepto. De este modo, es un tema que no se ha zanjado
en el ordenamiento jurídico.
Al no estar de nido el concepto de labor minera, la normativa no es
especí ca para dilucidarlo, y hace colisionar las facultades de dominio del
concesionario minero, reguladas en disposiciones sectoriales, con el deber
del Estado de proteger la naturaleza y conservar el patrimonio ambiental,
igualmente establecido en nuestra Constitución. Este virtual con icto
debe ser solucionado por el ordenamiento jurídico para no destruir inne-
cesariamente estos lugares sensibles.
PALABRAS CLAVE: Labor Minera - Áreas Silvestres - Minería - Am-
biental - Concesiones
MINING WORK AND ENVIRONMENTAL PROTECTION:
CRITERIA FOR REDEFINING
ABSTRACT: is paper after displaying various views, proposes a de -
nition of mining work that is associated with its implementation in areas
under o cial protection. Unless an express statement of the Ministry of
Mines of Chile, there is no light as to what is meant by those tasks in our
legislation.  e Courts have only outlined some ideas about the meaning
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Jorge Retamal Valenzuela
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and scope of this concept.  us, it is an issue that has not been settled in
the legal system.
Not being de ned the concept of mining work, the legislation is not
speci c to consolidate faculties domain mining concessionaire regulated by
sectoral rules, the State’s duty is to protect nature and conserve the environ-
mental heritage, also established in our Constitution.  is virtual con ict
must be solved by law not to destroy those sensitive sites unnecessarily.
KEY WORDS: Mining work - Wilderness Areas - Mining - Environ-
mental - Concessions
Sumario. Introducción. 1. Algunas aproximaciones conceptuales. 1.1.
Un acercamiento al concepto, por exclusión. 1.2. Pronunciamiento del Minis-
terio de Minería. 1.3. ¿Y qué dicen la Doctrina y la Jurisprudencia? 1.4. Al
nal del día. 2. Una visión integradora y global. 3. Indefensión de las Áreas
Silvestres Protegidas. 4. Noción amplia del concepto y  nes de conservación
perseguidos por el Estado. Su relación con la nueva institucionalidad ambien-
tal. 4.1. ¿De nición legal o jurisprudencial? 5. Una propuesta de de nición.
5.1 Cuando se ejecuten en áreas sometidas bajo protección o cial. 5.2. Toda
actividad que se realice en un territorio 5.3. Que su objeto sea la preparación
y el desarrollo de actividades mineras. 5.4. Que no haya sido de nida como
faena minera por las leyes o reglamentos. 6. Consecuencias de esta de nición.
Conclusiones.
INTRODUCCIÓN
Como se verá en el desarrollo de este ensayo, la de nición del con-
cepto de Labor Minera no es pací ca, ni en la doctrina ni en la juris-
prudencia, judicial o administrativa; básicamente porque no ha habido
acuerdo en delimitar la extensión de las facultades de catar y cavar y otras
actividades similares, cuando estas se llevan a cabo en territorios ajenos a
los del titular de una concesión minera.
Ello genera el siguiente problema: Cada vez que un titular de una
concesión minera, sea de exploración o explotación, desea ejercer su le-
gítimo derecho de delimitar la super cie afecta a ella, tiene el derecho
absoluto para llevarla a cabo, debiendo indemnizar a los propietarios del
terreno y pagar las servidumbres que de común acuerdo o la justicia en
subsidio así lo determinen. No obstante, ello no le impedirá nunca ingre-
sar a los terrenos, si cuenta con las autorizaciones del dueño del terreno o
la justicia en subsidio.
Esta situación, que se encuentra amparada por nuestro ordena-
miento jurídico, pone en peligro la integridad de aquellos lugares que se

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