Resumen
DOCTRINA: Constituyendo la tercería de dominio un juicio o procedimiento especial, de acuerdo con lo que dispone el artículo 262 del Código de Procedimiento Civil se excluye el llamado obligatorio de las partes a conciliación de manera que resulta improcedente el recurso de casación en la forma fundado en que se habría omitido tal llamado.
__________ Voces: Tercería de dominio (llamado a conciliación obligatorio) – Llamado a conciliación obligatorio (tercería de dominio) – Procedimiento especial (tercería de dominio) – Recurso de casación en la forma (llamado a conciliación obligatorio).Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Corte de Apelaciones de Santiago, 5 de mayo de 2003. Leasing Andino S.A. con Soria Valenzuela, María C.
La sociedad “Círculo D S.A.” ha deducido recurso de casación en el fondo y apelación contra la resolución corriente a fs. 36 del cuaderno correspondiente que negó lugar, con costas, a la tercería de dominio deducida por su parte en autos caratulados “Leasing Andino S.A. con Soria Valenzuela, María Cristina”. Solicita, en su pet...
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