Una propuesta de análisis y regulación del aborto en Chile desde el pensamiento feminista - Núm. 19-1, Enero 2013 - Ius et praxis - Libros y Revistas - VLEX 457906826

Una propuesta de análisis y regulación del aborto en Chile desde el pensamiento feminista

AutorYanira Zúñiga Añazco
CargoDoctora en Derecho
Páginas255-299
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UNA PROPUESTA DE ANÁLISIS Y REGULACIÓN DEL ABORTO
EN CHILE DESDE EL PENSAMIENTO FEMINISTA1
A F E M I N I S T P R O P O S A L O F A N A L Y S I S A N D R E G U L A T I O N
O F T H E A B O R T I O N I N CH I L E
YANIRA ZÚÑIGA AÑAZCO∗∗2
RE S U M E N
Este trabajo analiza la regulación y los debates sobre el aborto desde una teoría
feminista y ofrece argumentos para abandonar una lectura constitucional centrada
en la personalidad del nasciturus y reemplazarla, en cambio, por un modelo de
análisis con base en una concepción situada de la autonomía. Asimismo, contiene
una propuesta concreta de enmienda de la legislación chilena con base en esta
concepción de autonomía.
AB S T R A C T
This work analyzes the regulation of abortion and its surrounding debates from the
perspective of feminist theory, and offers arguments to abandon a constitutional
reading thereof centered on the personhood of the fetus in order to replace it
with an analytical framework based on a contextually rooted understanding of
autonomy. It also proposes a specific amendment to Chilean legislation based on this
understanding of autonomy.
PA L A B R A S CL A V E
Aborto, Género, Feminismo
KE Y W O R D S
Abortion, Gender, Feminism
1. INTRODUCCIÓN
El aborto es uno de los temas que genera mayor polarización en nuestras
sociedades contemporáneas porque supone una verdadera encrucijada de
tradiciones éticas y opciones regulativas desde las cuales se aspira a construir
*1 Trabajo recibido el 13 de marzo de 2013 y aprobado el 11 de abril de 2013.
**2 Doctora en Derecho; Profesora Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Austral de
Chile, Instituto de Derecho Público. Dirección postal: Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Uni-
versidad Austral de Chile, Campus Isla Teja, Valdivia. Correo electrónico: yzuniga@uach.cl. Este trabajo
forma parte del proyecto FONDECYT N° 1110574 que lleva por título La constitucionalización de la
familia. Tendencias del Derecho comparado y desafíos normativos para el Derecho chileno; respecto
del cual la autora es investigadora principal.
Revista Ius et Praxis, Año 19, Nº 1
2013, pp. 255 - 300
Revista Ius et Praxis, Año 19, Nº 1, 2013, pp. 255 - 300
ISSN 0717 - 2877
Universidad de Talca - Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
“Una propuesta de análisis y regulación del aborto en
Chile desde el pensamiento feminista”
Yanira Zúñiga Añazco
AR T Í C U L O S D E D O C T R I N A - FI L O S O F Í A Y CI E N C I A S D E L DE R E C H O Yanira Zúñiga Añazco
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respuestas universales aplicables a una variada casuística individual y social. En
este sentido, los debates sobre el aborto están lejos de ser discusiones que versen
únicamente sobre el estatuto moral del nasciturus –como es frecuente escuchar– y
son, en cambio, verdaderos test sobre la forma en que las sociedades democráticas
equilibran, con pretensiones de justicia, intereses contradictorios, entre otros, la
protección de la vida, de la libertad y de la igualdad.
Por lo mismo, el hecho de que la sociedad chilena, a través de sus cuerpos
representativos, no se haya tomado la molestia de discutir seriamente esta cues-
tión desde el término de la dictadura militar, refleja, con mayor nitidez que la
ausencia de deliberación en otros temas (como los relativos al sistema electoral),
que a la democracia chilena le falta todavía consistencia.
Mi interés aquí es explorar el tratamiento del aborto en clave fundamen-
talmente teórica, a partir del examen de sus normas regulativas en los ámbitos
interno (nacional y comparado) e internacional y de la revisión de los ejes
ideológicos que se enfrentan en los debates sobre la mejor forma de enfrentar
este tema. Sin embargo, no quiero contentarme –como lo hacen varios traba-
jos– con ofrecer una lectura general sobre este problema, desprovista de una
propuesta jurídica que la materialice. Por el contrario, me gustaría avanzar en
la construcción de una propuesta interpretativa o regulativa, en su caso, que
sea útil para abordar su tratamiento en Chile.
En consecuencia, sostendré como hipótesis que a efectos de aproximarse
adecuadamente a esta cuestión es necesario abandonar el esquema de análisis
concentrado en la personalidad del no nato –mayoritario en la doctrina nacional–
no sólo porque supone un marco jurídico-conceptual estrecho y reduccionista,
de muy discutible encaje constitucional; sino que también porque esta aproxi-
mación lleva, necesariamente, a soluciones hipócritas e ineficaces que ni son
susceptibles de justificar una limitación intensa de la autonomía procreativa de
las mujeres –como la que contempla actualmente la ley chilena a través de la
punición general del aborto– ni sirven de base para el desarrollo de políticas
adecuadas de protección de la vida emergente. En contrapartida, mi propuesta
de análisis parte desde la autonomía, entendida como una autonomía situada,
y admite un eventual régimen de restricciones a condición de que satisfaga un
test de proporcionalidad compatible con tal modelo.
El itinerario de este trabajo se dividirá en tres partes. La primera (1) destinada
a explorar panorámicamente el contexto socio-normativo del aborto, resaltando
sus disonancias y contradicciones (1.1 y 1.2), y ofreciendo algunas pistas para
decodificarlas en clave de género (1.3). La segunda parte (2) examina crítica-
mente algunos de los argumentos tradicionales que intervienen en las discu-
siones sobre su regulación, en particular, los que enfrentan a conservadores y
liberales (2.1) y revisa críticamente, a la luz del mencionado debate, el estado
de la cuestión en Chile (2.2). La tercera parte (3) presta especial atención al
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repertorio conceptual elaborado por la teoría feminista, principalmente a su
esfuerzo de construcción de una concepción situada de la autonomía, alterna-
tiva al paradigma liberal (3.1), y presenta una cartografía feminista que pueda
servir de base para su lectura constitucional y para una eventual reforma de la
legislación chilena (3.2).
1. PA N O R A M A N O R M A T I V O SO B R E E L A B O R T O . EN T R E D I S O N A N C I A S Y C O N T R A D I C C I O N E S
La regulación jurídica de la interrupción voluntaria del embarazo –que aquí
denominaré simplemente aborto– se caracteriza por ser disonante en dos sentidos.
Por un lado, lo es desde el punto de vista de las posiciones jurídicas adoptadas
por los distintos ordenamientos a nivel comparado e internacional. Y, por otro,
en relación con su capacidad efectiva para alcanzar uno de sus objetivos decla-
rados: la protección del no nato. En este segundo nivel la disonancia implica una
brecha entre normatividad y eficacia. Ambas disonancias envuelven sus propias
contradicciones y problemas. Revisemos cada una de estas dimensiones.
1.1. La casuística del aborto
La heterogeneidad de respuestas jurídicas en torno al aborto es llamativa.
Existen ordenamientos que prohíben todos o la gran mayoría de los supuestos
imaginables de aborto, como ocurre en el caso chileno, mientras que otros lo
permiten sin restricción de causales –aunque a veces sometido a régimen de
consejo– dentro de un determinado plazo que oscila, en general, entre las 12
y las 24 semanas de gestación, como ocurre en la mayor parte de Europa occi-
dental1 y en EE.UU.
En el terreno intermedio se sitúan aquellas legislaciones que lo permiten
siempre y cuando concurran determinadas circunstancias. Estas circunstancias
se han vinculado ordinariamente a la protección de la vida o salud de la madre,
el origen del embarazo (por ejemplo, una violación) y la situación socioeco-
nómica de la madre2. A este último sistema se le suele denominar régimen de
indicaciones o permisos. No es infrecuente que ambos modelos se hibriden. El
sistema alemán, por ejemplo, combina el modelo de plazos y el de indicacio-
nes. Admite el aborto en general durante las primeras 12 semanas y extiende
este plazo a 22 semanas cuando existe peligro para la vida de la madre o grave
1 Así, por ejemplo, Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Dinamarca, España, Grecia, Italia, y Suecia
permiten la interrupción voluntaria del embarazo sin justificación, en general, hasta la semana 12, y
Holanda hasta la semana 24.
2 Cabe mencionar que el régimen de indicaciones o permisos ha resultado ampliado en las últimas
décadas incorporando otras causales como la adolescencia o la edad avanzada de la madre o la
infección por VIH.
Revista Ius et Praxis, Año 19, Nº 1
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