La Mediación Penal: una buena herramienta en la resolución de conflictos
Autor | Laura Paredes Galiana - María Paz García Longoria Serrano |
Cargo | Educadora social y experta en mediación. Formadora en centros educativos de Cartagena - Profesora titular de la Universidad de Murcia |
Páginas | 3-23 |
3
REVISTA CHILENA DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA
ENERO - MAYO 2017 • ISSN 0718-9389 • e-ISSN 0719-2150 • VOL. 8 • Nº 1
DOI 10.7770/RCHDYCP-V8N1-ART1198
“La mediación penal: una buena herramienta
en la resolución de conflictos”
“Penal mediation: a good tool in conflict resolution”
LA UR A P AR ED ES GA LI AN A
1
Universidad de Murcia, España
MA RÍ A P AZ GA RC ÍA -LO NG OR IA SE RR AN O
2
Universidad de Murcia, España
RECEPCIÓN: 17/09/2016 • ACEPTACIÓN: 30/12/2016
RESUMEN: Esta investigación trata acerca del conocimiento, la opinión y la per-
cepción que tienen los profesionales de la justicia en la Región de Murcia sobre la
Mediación Penal, así como su posibilidad de implantación.
El método cuantitativo se configuró a partir de la técnica de la encuesta. La
muestra utilizada ha sido de treinta y tres personas, relacionadas con el ámbito ju-
dicial. Los principales resultados destacan que es una buena alternativa porque se
podrían resolver conflictos de tipo no material, tales como los componentes psicoló-
gicos, emocionales y de relación. Se apuntan como ventajas la rapidez del proceso y
la posibilidad de una mayor comunicación entre las partes. Entre los inconvenientes
se destacaron la posibilidad de utilización de la mediación por parte del ofensor para
obtener únicamente un beneficio propio. Para la víctima las ventajas se centran en
comprender la situación del agresor, la comprensión de los hechos que rodearon la
1. Educadora social y experta en mediación. Formadora en centros educativos de Cartagena,
Murcia, en el ámbito de la mediación escolar. Correo electrónico: lauraparedes.1991@gmail.com
2. Profesora titular de la Universidad de Murcia. Coordinadora del Máster Universitario
en Mediación y decana de la Facultad de Trabajo Social de la Universidad de Murcia. Correo
electrónico: glongori@um.es
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situación, reducir o eliminar los miedos que puede tener a la repetición de los hechos,
así como la posibilidad de llegar a un acuerdo satisfactorio. Respecto a los ofensores,
se destacaron como ventajas la posibilidad de rebajar la pena, así como beneficios de
tipo psicológico: la posibilidad de pedir perdón o el reconocimiento de los hechos.
PALABRAS CLAVE: Conflictos – Mediación – Justicia – Mediación Penal – Víctima.
ABSTRACT: This work presents the knowledge, opinions and perceptions of penal
mediation, and the possibility of establishing such a system, among law professionals
in Murcia. The quantitative method was based on the technique used, the survey.
The sample consisted of 33 persons, all connected with the judicial field. The main
results show clearly that penal mediation is a good alternative because it can resolve
non-material conflicts, for example those with psychological, emotional and rela-
tional components. The principal advantages are the speed of the process and the
possibility of better communication between the parties. The main disadvantage is
that offenders can use mediation to their own benefit. The advantages for victims
are that they can understand the aggressor’s position and the facts surrounding the
situation; their fears of a repeat of the incident can be reduced or eliminated, and
there is a chance of reaching a satisfactory agreement. For the offenders, the main
advantages are a possible reduction in the sentence, and the psychological benefits
of asking for forgiveness or acknowledging the incident.
KEY WORDS: Conflicts – Mediation – Justice, Penal Mediation – Victim.
1. Introducción
Los conflictos forman parte de la vida. Lederach3 define este término como la si-
tuación en la que dos o más personas entran en oposición o desacuerdo porque sus
posiciones, intereses, necesidades, deseos o valores, son incompatibles o percibidos
como incompatibles, donde representan un papel muy importante las emociones y
sentimientos y donde la relación entre las partes en conflicto puede salir fortalecida
o deteriorada en función de cómo sea el proceso de resolución del conflicto.
Con carácter preventivo estos conflictos deberían solucionarse antes de que
se conviertan en problemas de violencia, y sean un desencadenante de situaciones
3
. LEDERACH (2000).
PAREDES GALIANA Y GARCÍALONGORIA SERRANO
“LA MEDIACIÓN PENAL: UNA BUENA HERRAMIENTA EN LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS”
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