Medidas conservativas - Subparte segunda. Derechos auxiliares del acreedor - Cuarta Parte. Efectos de las obligaciones - Las Obligaciones. Tomo II - Libros y Revistas - VLEX 275056555

Medidas conservativas

AutorRené Abeliuk Manasevich
Páginas760-763
760
LAS OBLI GACIONES
751. Concepto. Se las define habitualmente como aquellas que tie-
nen por objeto mantener intacto el patrimonio del deudor, evitando
que salgan de su poder los bienes que lo forman, a fin de hacer posible
el cumplimiento de la obligación; 214 o como aquellas que tienen por
objeto garantizar o asegurar el ejercicio de un derecho sin que consti-
tuyan dicho ejercicio en sí mismo. 215
Los conceptos dados son amplísimos, porque la verdad es que el
Código fue bastante vago e impreciso; habló de medidas conservativas
en las disposiciones que luego citaremos, pero en parte alguna dijo
de qué se trataban, ni qué requisitos debían concurrir a su otorga-
miento.
En el fondo no hay otro requisito que quien las solicita tenga in-
terés en ellas. Y lo tendrá cuando sea acreedor, pero la liberalidad del
legislador es tal que incluso el acreedor condicional suspensivo que aún
no es titular del crédito puede impetrarlas en resguardo de su legítima
expectativa de llegar a serlo (Nº 512). Con mayor razón corrresponderán
al acreedor puro y simple y a plazo.
Y el interés provendrá de alguna circunstancia cualquiera que
amenace o haga peligrar la posibilidad de cobrar el crédito, ya sea
porque existe el temor de pérdida o disposición de ciertos bienes,
o determinadas circunstancias amenacen la solvencia del deudor o
atenten al cumplimiento.
En consecuencia, salvo en las reglamentadas expresamente por el
legislador, en que deberán concurrir las circunstancias por él exigidas,
en las demás queda el criterio del juez concederlas y determinar su
extensión.
214 Alessandri, ob. cit., pág. 113.
215 Claro Solar, ob. cit., T. 11, Nº 1.093, pág. 557.
CAPÍTULO II
MEDIDAS CONSERVATIVAS

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