La noción jurídica de empleador ante el derecho del trabajo - Núm. 42, Julio 2014 - Revista de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 648790525

La noción jurídica de empleador ante el derecho del trabajo

AutorPedro Irureta Uriarte
CargoAbogado y licenciado en derecho por la Pontificia Universidad Católica de Chile
Páginas251-282
A
The legal notion of the employer
has been traditionally structured as a
counterpart in the contract of employ-
ment and as a concept dierent from the
employee. is term has prevailed over
others, such as businessperson or master,
in the Chilean in order to explain that
this person receives subordinated services
rendered by the employee. This is the
prevailing characteristic in the denition
of employer, without having the need
for other extraordinary requirements
related to civil or commercial capacity of
the employer or of the business owned
by him or her.
K
Employer – Employee – Labor sub-
ordination.
* Abogado y licenciado en derecho por la Ponticia Universidad Católica de Chile.
Doctor en derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Profesor titular de
derecho del trabajo en la Universidad Alberto Hurtado. Correo electrónico: piruret@
uahurtado.cl
R
La noción jurídica del empleador ha
sido tradicionalmente estructurada como
contraparte en el contrato de trabajo
y como una figura traslaticia de la del
trabajador. Este vocablo ha prevalecido
en la legislación chilena por sobre otros
términos, como empresario o patrono,
a objeto de reejar más exactamente la
posición que éste ocupa como receptor de
los servicios subordinados prestados por
el trabajador. Es esta característica la que
prevalece en la denición de empleador,
sin que sean necesarios otros requisitos
extraordinarios vinculados a la capacidad
civil o comercial de éste o al tipo de nego-
cio del cual es titular.
P 
Empleador – Trabajador – Subordi-
nación laboral.
L      
  
[e Legal Notion of the Employer in the Labor Law]
P I U*
Universidad Alberto Hurtado, Santiago de Chile
R el 24 de abril y  el 2 de junio de 2014
Revista de Derecho
de la Ponticia Universidad Católica de Valparaíso
XLII (Valparaíso, Chile, 2014, 1er Semestre)
[pp. 251 - 282]
P I U252 R  D XLII (1er S  2014)
I. I
La gura central del Código del Trabajo, y por cierto la más estudiada
jurídicamente, es la del trabajador. Si bien en el ordenamiento laboral existen
referencias directas a la empresa o al empleador, incluso algunas amparando su
propio interés, no cabe duda que la mayor parte de las normas de la legislación
social se enfocan a proteger al trabajador y a estructurar las consecuencias que
se derivan de la prestación de servicios bajo subordinación o dependencia.
Desde esta perspectiva, la gura del empleador no ha sido motivo de mayor
desarrollo o análisis; es como si la legislación laboral partiera de la base que se
trata de un concepto previamente conocido y sobre el cual no caben mayores
distinciones o divergencias; salvo, por cierto, los supuestos patológicos de
identicación empresarial.
La falta de un análisis más acabado sobre la gura del empleador en nues-
tro ordenamiento se ve reejada, además, por el escaso interés que tanto la
doctrina como la jurisprudencia le han dedicado a este tema1. Salvo algunos
ensayos o monografías especícas sobre los grupos de empresa o sobre los
alcances laborales derivados de la actuación de un ente de hecho2, lo cierto
es que la doctrina nacional no ha desarrollado una dogmática muy acabada
con respecto a la noción jurídica de empleador. Tampoco lo ha hecho la
jurisprudencia, ya que más allá de algunos fallos vinculados a la existencia
de indicios propios de una sola unidad económica, no existen demasiados
pronunciamientos judiciales sobre la naturaleza del acreedor laboral y sobre
los rasgos distintivos que éste debe tener para congurarlo como tal. Por el
contrario, la mayor parte de las sentencias de los tribunales de justicia se han
centrado en la idea del trabajador y de la subordinación laboral; y sólo a partir
de ahí, se suele en algunas ocasiones hacerse cargo de la gura del empleador.
Asumiendo lo anterior, en el presente artículo se intenta desentrañar la
exacta naturaleza jurídica del sujeto que actúa como receptor de los servicios
prestados por el trabajador. Para estos efectos, en la primera parte de este es-
tudio se resuelven algunos problemas terminológicos que históricamente han
concurrido en la identicación de este sujeto contratante. A continuación,
1 Algunos comentaristas del Código de 1931 ya advertían, en su momento, la falta
de un estudio más exhaustivo sobre la gura del empleador. Véase, por ejemplo: L-
 G, Eduardo, El concepto de patrón o empleador en la legislación chilena
(Santiago, Editorial Jurídica de Chile, 1966), p. 5.
2 Véanse por todos: R M, Irene - A C, Andrés, Los gru-
pos de empresas en el derecho chileno del trabajo (Santiago, LexisNexis, 2006), pp. 7 ss.;
I U, Pedro, La situación procesal de los entes de hecho en el proyecto de ley
que sustituye el procedimiento laboral contemplado en el Libro V del Código del Trabajo,
en, Cuadernos Judiciales, 8 (2004): Las reformas procesales pendientes, pp. 79 ss.
253L         
se realiza un análisis sobre la posición jurídica que el empleador asume en el
contexto del contrato de trabajo. Hay que tener en cuenta, en todo caso, que
en este artículo no se analizan algunas guras empleadoras que han interve-
nido en la práctica laboral (v. gr., los grupos de empresa, los entes de hechos
o los supuestos de unidad económica), centrando el análisis en los elementos
propios de la gura del empleador como sujeto del contrato de trabajo.
II. L     
1. Generalidades.
Más de alguien podrá estimar que los problemas terminológicos son
cuestiones en extremo baladíes; que la aplicación del lenguaje natural, a pe-
sar de sus matices, no debiera generar mayores inconvenientes al momento
de interpretar una norma legal. Sin embargo, esa posición puede resultar
bastante inexacta al momento de confrontar la utilización cotidiana de las
palabras con su real signicado jurídico. Lo cierto es que muchas veces los
términos lingüísticos se encuentran íntimamente vinculados con implican-
cias conceptuales, y muchas cuestiones de carácter cientíco han terminado
siendo simples problemas de léxico3. Los modos peculiares de expresión
constituyen un hecho y obligan a que el jurista investigue el alcance de las
palabras y expresiones empleadas, a objeto de desenmarañar las relaciones
mutuas entre las diversas frases, “y ver si se ha desarrollado una terminología
en alguna medida constante y libre de ambigüedades”4. Lo anterior tiene aún
mayor relevancia cuando las expresiones son polifuncionales, ya que éstas
pueden tener un distinto signicado dependiendo del contexto en que vayan
insertas5. Por otra parte, en variadas ocasiones la terminología se encuentra
recargada de un elemento ideológico, en su sentido amplio, y esa dependencia
3 Véase: B D, Efrén, Los auxiliares del comerciante en el derecho es-
pañol, en Revista de Derecho Mercantil, 23, 63 (1957), p. 10. Véase también: A,
Manuel, Introducción al derecho (México, Distribuciones Fontamara, 1998), pp. 11 ss.
4 Véase: R, Alf, Sobre el derecho y la justicia (traducción castellana de Genaro
R. Carrió, Buenos Aires, Universitaria de Buenos Aires, 1963), p. 153. Véase también:
O, Karl, Lenguaje jurídico y realidad (2ª edición, México, Distribuciones
Fontamara, 1992), p. 59.
5 Véase: C, Genaro, Algunas palabras sobre las palabras de la ley (Buenos
Aires, Abeledo-Perrot, 1971), p. 15. Y agrega en p. 21: “Los lenguajes naturales exhiben
una textura abierta. Esto quiere decir que aún en el supuesto del empleo de palabras que
no son de hecho usadas con vaguedad pueden presentarse perplejidades o desconciertos
legítimos”. Del mismo autor se puede consultar, además, su obra Sobre los límites del
lenguaje normativo (1ª reimpresión, Buenos Aires, Astrea, 2001), pp. 24 ss.

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