Casación en la forma. Comunidad. liquidación. Nombramiento de árbitros. Defectos de tramitación. - Cuasicontratos - Jurisprudencias esenciales. Derecho Civil. Tomo II - Jurisprudencias Esenciales. Derecho Civil - Libros y Revistas - VLEX 252340442

Casación en la forma. Comunidad. liquidación. Nombramiento de árbitros. Defectos de tramitación.

AutorRaúl Tavolari Oliveros
Cargo del AutorDirector
Páginas979-982

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Cas. en la forma 9 de noviembre de 1906

Considerando:

  1. Que la gestión iniciada en estos autos por doña Domitila Lazo no ha tenido otro objeto que el de proceder al nombramiento de un compromisario partidor que liquidara la comunidad que en los terrenos materia de la controversia había quedado formada entre la causante de la peticionaria y el de don Cirilo y don Angel Vila, o sea entre los hermanos Moya y Peña; petición que para ser aceptada por la justicia ordinaria exigía como requisito previo indispensable la conformidad, voluntaria u obligada, de los presuntos comuneros en la existencia actual y efectiva de la predicha comunidad;

  2. Que lejos de estar de acuerdo los interesados sobre ese punto sustancial de la litis, aparece de los antecedentes que los hermanos Vila pretendían ser los dueños efectivos del sitio o sitios de cuya partición se trata, y niegan por tanto a la solicitante la condición de comunera que se atribuye;

  3. Que la pretensión de los hermanos Villa al dominio exclusivo de los bienes sobre los cuales alega derechos de comunera doña Domitila Lazo importa una cuestión de lato conocimiento que debe debatirse con todos los trámites

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    del juicio civil ordinario, sin que mientras tanto pueda constituirse el juicio divisorio de los mismos bienes; y

  4. Que la Corte de Apelaciones de Santiago en la sentencia de que se recurre, ha declarado sin forma de juicio, o sea, sin sujetarse a la tramitación común ordinaria señalada por la ley para esta clase de asuntos, el derecho de doña Domitila Lazo a una parte de los bienes antes mencionados, incurriendo así en los...

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