Demandado no ha podido ocupar inmueble mientras obligación de firmar el contrato no haya sido declarada judicialmente en otro proceso. - Contratos - Jurisprudencias esenciales. Derecho Civil. Tomo II - Jurisprudencias Esenciales. Derecho Civil - Libros y Revistas - VLEX 252337986

Demandado no ha podido ocupar inmueble mientras obligación de firmar el contrato no haya sido declarada judicialmente en otro proceso.

AutorRaúl Tavolari Oliveros
Cargo del AutorDirector
Páginas95-100

Page 95

Corte de Apelaciones de San Miguel

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada con las siguientes modificaciones:

  1. Se suprime la parte final de su motivo 4º, desde la parte que empieza con: "por lo que ..." y finaliza con los vocablos: "en su favor";

  2. Se eliminan sus considerandos 5º, 6º, 7º y 8º;

Page 96

Y teniendo en su lugar y, además, presente:

En cuanto a la objeción de documentos que plantea la demandante a fojas 24.

  1. Que la parte demandante fundamenta las objeciones a los documentos acompañados por la demandada a fojas 5 y que consisten en copias fotostáticas de la promesa de compraventa suscrita por la actora con doña Isaura del Carmen Torres Villarroel; carta poder otorgada por Luis Eduardo González Díaz a Luis Humberto González González, y copia fotostática de la compraventa suscrita entre la Corporación de la Vivienda (Corvi) con la demandante, respecto del inmueble reclamado en las siguientes consideraciones: a) su falta de autenticidad por no haber sido otorgada por las partes en juicio, no constarle su integridad, y b) en cuanto a la promesa de compraventa que rola a fojas 5, por haber sido obtenida por la fuerza ejercida por el marido de la demandante y por ser falso -no obstante que consta en el instrumento- que haya recibido suma alguna de dinero y por haber sido otorgada por personas que no son partes en el juicio, salvo la demandante y en cuanto al demandado, no obstante que de autos aparece ser marido de la compradora, no concurrió a autorizar dicha convención, sin que aparezca que esté separada de bienes de su cónyuge por lo que dicho documento es nulo, conforme lo dispuesto en los artículos 43, 137 y 138 del Código Civil, en relación con lo prevenido en los preceptos 1.681 y 1685 del mismo cuerpo legal. Respecto del documento adjuntado a fojas 6, por no emanar de ninguna de las partes del juicio y referirse a una mejora que uno de los hijos de la actora había construido en Avenida El Ensueño local Nº5 de la ciudad de Cartagena y dicha mejora fue enajenada por el marido de la actora en 1978;

  2. Que en lo concerniente a las observaciones planteadas por la actora, respecto de los documentos antes indicados -acompañados a fojas 5 y 7- no es procedente aceptarlas porque resulta efectivo que fueron otorgados por la demandante -a la cual asistió su marido- y se pactó con doña Isaura del Carmen Torres Villarroel, que según consta del certificado de matrimonio acompañado a fojas 19, es cónyuge del demandado Juan Francisco Palma Vega;

  3. Que no sucede lo mismo en lo atinente al documento aparejado a fojas 6, porque no emana de ninguna de las partes en juicio y se refiere a un poder otorgado al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR