Operación de factoring - Derecho Comercial. Tomo III. Volumen 2 - Libros y Revistas - VLEX 258108906

Operación de factoring

AutorRicardo Sandoval López
Cargo del AutorProfesor Catedrático Visitante, Universidad Carlos III, Madrid, España. Miembro de International Academy of Commercial and Consumer Law, EE.UU.
Páginas193-236

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Capítulo IV

OPERACION DE FACTORING

Sección I

Aspectos generales del factoring

88. Idea preliminar. Analizamos ahora una operación de origen financiero y de colaboración en la empresa moderna denominada factoring, expresión anglosajona, cuya traducción al español resulta difícil por no existir un término equivalente descriptivo de la misma. No obstante que al igual que leasing creemos que se trata de una operación compuesta de diversos actos jurídicos unidos para un fin económico determinado, la doctrina de los autores emplea frecuentemente las expresiones contrato de factoring para referirse a ella. Hay quienes traducen estas expresiones al español como contrato de factoraje, lo que no pasa de ser un barbarismo en el uso del idioma, mientras tal traducción no sea admitida por la Real Academia de la Lengua.1 2

En el terreno de la terminología empleada en esta operación, conviene advertir de inmediato que el término factor,

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con el que se acostumbra denominar a la empresa de factoring, no equivale a la expresión factor de comercio, con la cual se designa al que se encarga de la administración de todo o parte de un establecimiento comercial o fabril, según su prudencia, por cuenta de su mandante. La función del factor en la operación de factoring es la de un intermediario financiero que efectúa para los comerciantes las tareas de gestión y cobro de sus créditos mercantiles, prestándole además un conjunto de servicios especializados complementarios de contabilidad, estudios de mercado, investigación de clientela, etc.

Aparte de la empresa de factoring, intervienen en la operación el adherente o cliente, que es la persona natural o jurídica que transfiere la totalidad de las facturas que tenga para cobrar a plazo. Además se alude en ella al comprador o los compradores, que son los adquirentes de los bienes o beneficiarios de los servicios prestados por el cliente.

89. Origen del factoring. El origen de la operación en estudio se encuentra en el derecho anglosajón, de donde surge gracias al empleo de novedosos mecanismos de financiamiento y de colaboración empresarial, de manera que la noción de institor, propia del Derecho Romano y la idea de factor de comercio, desarrollada en la era industrial, no constituyen antecedentes históricos del factoring moderno. A fines del siglo XIV en Londres, la empresa Blackvell Hall se dedicaba a aceptar tejido de lana en consignación para venderlo a terceras personas, con la particularidad que ocasionalmente daba al fabricante una cantidad como adelanto sobre las mercaderías cuya venta le había sido confiada.

Durante los siglos XVI al XIX, la actividad de los factores ingleses logra un gran auge debido a la colonización inglesa del nuevo mundo. El factor se encargaba de la venta de las mercaderías británicas dirigidas hacia las colonias y una vez allí, mediante su contacto con otros factores, se preocupaba de la distribución y venta de las mismas, llegando a constituir cadenas de factores.

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En la segunda mitad del siglo XIX, los factores se ven obligados a diversificar sus funciones debido al desarrollo de la industria norteamericana y a la creación por ella de sus propios sistemas de distribución y venta. Se trata ahora de satisfacer la necesidad de liquidez de la industria y del comercio, porque la operación de descuento era prácticamente desconocida en la tradición bancaria norteamericana. El factor asume esta nueva función sin dejar de cumplir las otras que primitivamente prestaba a sus clientes.

El desarrollo del factoring en los Estados Unidos de Norteamérica se debe esencialmente a su función crediticia, sea bajo la forma de bancos o la de holding o trust y de allí se implanta de nuevo en Europa, de donde era originaria la operación.

90. Descripción de la operación de factoring. Se trata de una actividad financiera y de colaboración, mediante la cual la empresa de factoring adquiere los créditos de que son titulares los comerciantes en contra de sus clientes, garantizando el pago de los mismos y presentando además servicios complementarios de contabilidad, estudios de mercado, etc., a cambio de una retribución, anticipando el valor de tales acreencias con devengo de intereses.

Ni la operación de factoring ni la actividad de la empresa que se dedica a este rubro están reguladas en nuestro ordenamiento jurídico ni en la mayor parte de los países del sistema romanista de derecho. Como elemento esencial de la operación debe efectuarse una cesión de créditos, pero además se requiere de otras prestaciones que no son propias ni específicas de la cesión de créditos, como la asunción del riesgo de insolvencia, la gestión de cobro, el hacerse cargo de la contabilidad, etc., que sólo pueden explicarse jurídicamente admitiendo que ella está integrada por otros actos o contratos.

91. Concepto de factoring. En la legislación española sobre Régimen de Entidades de Financiación (art. 1º, de la Orden

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del 17 de febrero de 1978) se define la operación de factoring como: “La gestión de cobro de crédito en comisión de cobranza o en su propio nombre como cesionario de tales créditos, así como el anticipo de fondos sobre los créditos de que resulte cesionario, cualquiera que sea el documento en que se instrumenten”. El inciso 5º de la misma disposición, complementando el concepto, agrega: “se entenderán como actividades directamente derivadas de la principal las de investigación de mercados, llevanza de contabilidad y gestión de cuentas, información comercial estadística y cualquier otra similar”.

Dicha definición de la operación de factoring fue modificada en la posterior Orden de 13 de mayo de 1981, destinada a especificar la regulación de las Entidades de Financiación, correspondientes al subsector de actividades de factoring. Así, después de caracterizar en el art. 1º dichas actividades, como las que tienen por objeto principal –ya no exclusivo– la realización “de las operaciones de gestión de cobro de créditos y de anticipo de fondos sobre los mismos”, en el párrafo II del propio precepto precisa que “la gestión de cobro de créditos se podrá realizar en comisión de cobranza o en su propio nombre como cesionario de tal crédito como asunción de los riesgos de insolvencia de los mismos”.

En doctrina se ha señalado que: “La operación de factoring, que previamente ha sido materializada por la firma de un contrato, pone en escena a tres personas: cliente o proveedor, factor y deudor o comprador, y consiste en la compra del crédito comercial a corto plazo del cliente por el factor, quien a su vez se encarga de efectuar el cobro y cuyo buen fin garantiza, tanto en el caso de morosidad como de fallido. El factoring consiste, pues, en la compra de los créditos originados por la venta de mercancías a corto plazo”.3

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Asimismo se ha indicado que la operación consiste en: “un convenio de efectos permanentes, establecido entre el contratante y el factor, por el cual el primero se obliga a transferir al factor todas o la parte de las facturas que posee de terceros deudores y a notificarles esta transmisión; en contrapartida, el factor se encarga de efectuar el cobro de estas deudas, de garantizar el resultado final, incluso en caso de morosidad del deudor, y de pagar su importe, sea por anticipado o a fecha fija o por deducción de los gastos de su intervención”.4

92. Tipos de empresas de factoring. Las empresas que se dedican a la actividad de factoring pueden hacerlo de diferentes formas, lo que permite distinguir entre Old line factoring y New style factoring.

El Old line factoring se utiliza en Europa, donde el factor sólo compra los créditos que poseen sus clientes de sus compradores y deudores. Es una cesión de créditos, por lo cual el factor renuncia a todo recurso contra sus clientes. Puede financiar el pago de los créditos cedidos, pero se limita sólo a eso sin prestar otros servicios.

La operación New Style Factoring se emplea en los Estados Unidos de Norteamérica y consiste en que además de la cesión de créditos, estas compañías prestan una gama más amplia de servicios a su clientela y, poco a poco, van operando como si fueran banqueros. Veremos más adelante cuáles son los servicios que prestan.

En el factoring internacional el factor hace de importador de mercaderías que están en el extranjero y se compromete a pagar las facturas extendidas por su cliente comprador. Aquí el cliente del factor es extranjero y se compromete a transmitir a un factor nacional los créditos que detenta en contra de los

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clientes nacionales. Es más corriente que el factoring internacional facilite las tareas del exportador, toda vez que se convierte en un instrumento de promoción de ventas para la exportación. En ese caso la empresa de factoring que se encuentra en el país del exportadorvendedor, proporciona informes al factor importador sobre los exportadores, a quienes este último compra las facturas. En el caso de la exportación, la empresa de factoring adquiere todos los créditos que poseen sus clientes sobre deudores extranjeros. Se informa por medio de las cadenas de factoring y asume riesgos de cambio, intransferencia e –inclusive– riesgos políticos. Los pagos se harán en el domicilio del factor. Puede aceptar o no las facturas que le presente el cliente. Acreditará el dinero en la cuenta de su cliente de acuerdo con la forma de pago que convengan. Generalmente, al vencimiento, sumando los retrasos del cobro y transferencias, etc. Si no hubiere tomado el factoring alguna factura del cliente, puede igualmente gestionar su cobro y acreditarlo en su cuenta, pero no toma los riesgos del cobro.

Otra forma es la confirmación del pedido de exportación, generalmente para ventas de bienes de equipamiento que necesitan facilidades para su exportación. Debe ser por una suma importante. El factor, a pedido del compradorexportador, confirma el pedido de compra y da al proveedor una garantía solidaria de pago, y se compromete a pagar por...

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