Prescripción (hipoteca). Hipoteca (prescripción). Tercer poseedor (hipoteca). Obligación principal (prescripción).
Jurisprudencias esenciales. Derecho Civil. Tomo II › Contratos (2010)
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La interrupción de la prescripción que opera para el deudor principal, opera también respecto del tercer poseedor. Esta conclusión se infiere de lo dispuesto en los artículos 2434 y 2516 del Código Civil, que señalan que la hipoteca prescribe junto con la obligación principal. Por sentencia de fecha veintitrés de agosto de mil novecientos noventa y cuatro, escrita a fojas 108 y siguientes, pronunciada por la Juez del Undécimo Juzgado Civil de Santiago, doña Yolanda Manríquez Sepúlveda, se declara que se rechazan las excepciones opuestas por el ejecutado, debiendo seguir adelante la ejecución hasta hacer entero y cumplido desposeimiento de la propiedad para hacer pago del capital, intereses y costas en las que se condena al ejecutado. En contra de esta sentencia, la parte ejecutada dedujo recurso de casación en la forma, conjuntamente con el de apelación que plantea en el segundo otrosí de su escrito rolante a fojas 157. El recurso de casación lo fundamenta el recurrente en las causales prescritas en los números 9 y 5 del artículo 769, esta última en relación con lo previsto en el N° 4 del artículo 170, preceptos todos del Código de Procedimiento Civil. Concedidos tanto el expresado recurso de casación como el de apelación, se trajeron los autos en relación. Durante la vista de la causa no se hicieron presente ante estrados abogados a alegar por los vicios alegados de casación. Se trajeron los autos para resolver
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Extracto
Prescripción (hipoteca). Hipoteca (prescripción). Tercer poseedor (hipoteca). Obligación principal (prescripción).
Corte de Apelaciones de Santiago, 17 de septiembre de 1996 Considerando: A. En cuanto al recurso de casación en la forma. 1°. Que según expresa el recurrente, la primera infracción cometida en la dictación del fallo censurado es la indicada en el N° 9 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, en haberse faltado a algún trámite o diligencia declarados esenciales por la ley o a cualquier otro requisito por cuyo efecto las leyes prevengan expresamente que hay nu...
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