Corte de Apelaciones de Santiago, 24 de abril de 2001. Sociedad Prestadora de Servicios S.A. con Municipalidad de Independencia (recurso de protección) - Núm. 4-2001, Octubre 2001 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 226909398

Corte de Apelaciones de Santiago, 24 de abril de 2001. Sociedad Prestadora de Servicios S.A. con Municipalidad de Independencia (recurso de protección)

Páginas284-287

Confirmada por la Corte Suprema, el 23.5.2001 (Rol 1.647-2001).

Sobre protección y contratos administrativos /ley para las partes e improcedencia de terminación unilateral, vid. entre otros, Amatil Ltda., t. 83/1986, 2.5, 84-91; Ferré Grau, t. 88/1991, 2.5, 333-340 (con comentario); Telefónica Manquehue, ídem, 47-50; Carter Holt, ídem, 193-201; Corporación de Desarrollo Educacional, t. 91/1994, 2.5, 42-45; Dinamex Chile Ltda., t. 94/1997, 2.5, 146-151; Empresa de Transportes Central Ovalle S.A., t. 97/2000, 2.5, 147-151; y recientemente, Sindicato de Empleados Nº 1 del Casino Municipal de Arica, t. 98/2001, 2.5, (Nº 2).

Sobre la compatibilidad de la protección con otras acciones o vías procesales, y su primacía constitucional que le otorga el art. 20 inciso 1º, vid. entre muchos, Soc. Agroindustrial Blanqueado, t. 93/1996, 2.5, 241-244; Johnson's, t. 94/1997, 142-146; Emeres, t. 95/1998, 41-49; Salgado Fuentes, ídem, 55-59; Banco Santiago, ídem, 21-26; Red Televisiva Megavisión S.A., ídem, 281-287; Starco S.A., t. 96/1999, 2.5, 43-50; Agrícola Ganadera Haras Carioca, t. 97/ 2000, 2.5, 214-219.


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LA CORTE

Vistos y teniendo presente:

  1. Que la sociedad Prestadora de Servicios S.A., representada por los señores Fernando Allendes Becerra y Cristián Coronel Dubreil ha recurrido de protección en contra del Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Independencia, don Antonio Garrido Mardones, pidiendo se adopten medidas en su resguardo por verse afectados derechos que la Constitución Política le garantiza;

  2. Que fundamentando la acción cautelar intentada el recurrente señala lo siguiente: a) Que con fecha 20 de octubre de 2000 la I. Municipalidad de Independencia llamó a propuesta pública para la "contratación del Servicio de Detección de Infracción de Excesos de Velocidad";

    1. que el referido servicio se regiría por la Ley Nº 18.287, 18.290 y 19.676, por el Reglamento de los estándares técnicos y de uso para los equipos de registro de infracciones, el contrato, los anexos y aclaraciones a las bases si las hubiere, las Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas y las ofertas económicas y técnicas del adjudicado, c) que con fecha 27 de noviembre de 2000, mediante Decreto Alcaldicio Ex. Nº 1.434 se adjudicó a la empresa Prestadora de Servicios S.A. la propuesta pública para la contratación de servicios de infracciones de exceso de velocidad para la Comuna de Independencia por un monto de $ 11.810.000 mensuales, IVA incluido; d) que...

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