El primer principio de la ley natural, según Finnis-Grisez y Rhonheimer y las lecturas contemporáneas de 'Summa Theologiae' i,ii, q. 94, a. 2 - Núm. 43, Diciembre 2014 - Revista de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 648790645

El primer principio de la ley natural, según Finnis-Grisez y Rhonheimer y las lecturas contemporáneas de 'Summa Theologiae' i,ii, q. 94, a. 2

AutorSebastián Contreras Aguirre
CargoProfesor de derecho natural y filosofía del derecho en la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes
Páginas643-669
A
is work studies the rst principle
of practical reason, through the teachings
about the nature and structure of said
principle by Grisez-Finnis and Martin
Rhonheimer. All of this within the
context of the new statements by S. I,
II, q. 94, a. 2, which defend autonomist
versions (not naturalistic) of natural law.
K
Germain Grisez – John Finnis –
Martin Rhonheimer – First practical
principle.
* Profesor de derecho natural y losofía del derecho en la Facultad de Derecho de
la Universidad de los Andes. Dirección postal: Álvaro del Portillo 12.455, Las Condes,
Santiago, Chile. Correo electrónico: sca@miuandes.cl.
R
El trabajo investiga el primer princi-
pio de la razón práctica, a través de las en-
señanzas sobre la naturaleza y estructura
de ese principio de Grisez-Finnis y Martin
Rhonheimer. Todo esto en el contexto de
las nuevas exposiciones de S. I, II, q. 94,
a. 2, que deenden versiones autonomistas
(no naturalistas) del derecho natural.
P 
Germain Grisez – John Finnis –
Martin Rhonheimer – Primer principio
práctico.
E      , 
F-G  R   
  “S T”
,, . 94, . 2
[e First Principle of Natural Law According to Finnis-Grisez and Rhonheimer
and Contemporary Readings of “Summa eologiae” I,II, Q. 94, A. 2]
Sebastián C A*
Universidad de los Andes, Santiago, Chile
R el 19 de octubre y  el 22 de diciembre de 2014
Revista de Derecho
de la Ponticia Universidad Católica de Valparaíso
XLIII (Valparaíso, Chile, 2º semestre de 2014)
[pp. 643 - 669]
S C A644 R  D XLIII (2º   2014)
I. I
El breve pasaje de Summa eologiae donde Tomás de Aquino se reere
a la estructura del primer principio práctico (o primer principio de la ley
natural) ha dado cabida a una fuerte controversia en los últimos años. El
detonante de la polémica puede situarse en un importante trabajo de Grisez
sobre la naturaleza de la ley natural, en el cual el teólogo estadounidense ha
presentado sus críticas a las versiones derivacionistas de S. I,II, q. 94, a. 2,
que interpretan el primer principio como un simple mandato1.
En esas versiones, escribe Germain Grisez: “el hombre consulta su natu-
raleza para ver qué es bueno y qué es malo. Examina su acción comparándola
con su esencia, para ver si la acción se acomoda o no a la naturaleza, de modo
tal que si la acción se acomoda a la naturaleza, entonces es buena, y si no se
acomoda, entonces es mala”2.
También Rhonheimer ha participado en estas discusiones. A su juicio,
las comprensiones esencialistas de la ley natural no terminan de dar cuenta
del carácter práctico de la razón3. Yerran, señala, al reducir la inteligencia a la
condición de un simple órgano de lectura de las inclinaciones naturales, según
el modelo de la losofía estoica4. Aun cuando santo Tomás haya recogido
buena parte de las reexiones de la antigua Stoa sobre la lex naturalis, éstas
no representan lo más central de su pensamiento, que es, según parece, la
armación del carácter constitutivo de la razón práctica.
Habida cuenta de lo anterior, resulta pertinente examinar el problema
del primer principio práctico en el pensamiento contemporáneo. En la expo-
sición de las enseñanzas de Grisez-Finnis y Rhonheimer he decidido seguir
el siguiente esquema: i) problemas de la armación de una naturaleza con
contenido normativo; ii) desarrollo del concepto de ley natural en Finnis-
Grisez y Rhonheimer; iii) exposición de las ideas de santo Tomás sobre
el primer principio de la ley natural; iv) las enseñanzas de Finnis-Grisez y
Rhonheimer sobre el primer principio práctico; y v) observaciones nales.
1 G, Germain, eFirst Principle of Practical Reason: A Commentary on the
Summa eologiae1-2, question 94, article 2, en Natural Law Forum, 10 (1965), p.
168. Para la misma crítica: G, Germain, Contraception and the Natural Law (Mi-
lwaukee, e Bruce Publishing Company, 1964), pp. 47-50.
2 G, G., eFirst Principle, cit. (n. 1), p. 168.
3 R, Martin, Legge naturale e ragione pratica. Una visione tomista
dellautonomia morale (Roma, Armando, 2001), pp. 82-96.
4 Ibíd., pp. 82-96.

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