Corte Suprema, 29 de abril de 1998 Corte de Apelaciones de Puerto Montt, 2 de enero de 1998. Compañía de Teléfonos de Chile TR S.A. con Dirección Regional del Trabajo X Región (recurso de protección) - Núm. 1-1998, Enero 1998 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 228090170

Corte Suprema, 29 de abril de 1998 Corte de Apelaciones de Puerto Montt, 2 de enero de 1998. Compañía de Teléfonos de Chile TR S.A. con Dirección Regional del Trabajo X Región (recurso de protección)

Páginas26-29

En igual sentido, vid. en este cuatrimestre, Banco de Concepción con Inspección Provincial del Trabajo de Santiago (C. Apelaciones de Santiago, 9.9.1997, rol 4553-96, confirmada por la Corte Suprema el 3.3.1998, Rol 3290-97).

Sobre el actuar ilegal y arbitrario de los órganos administrativos de fiscalización laboral (Dirección del Trabajo, Inspecciones Provinciales y Comunales, Fiscalizadores, etc.) vid., entre otros, para instrucciones ilegales que ordenan "reincorporar trabajadores" sea por fuero maternal que no poseen, sea porque nunca han sido empleados de la empresa recurrente, vid., respectivamente, las protecciones acogidas en Barría Alvarado (C. Apelaciones de Coyhaique, 27.3.1998, rol 9-98, confirmada por la Corte Suprema el 23.4.1998, Rol 993-98, si bien por otros fundamentos), y Pullman Cargo S.A. (C. Apelaciones de Copiapó, 30.9.1997, rol 5500, confirmada por la Corte Suprema el 12.1.1998, Rol 3496-97). Sobre instrucciones ilegales que ordenan a empleadores el "pago de remuneraciones" que no corresponden según la ley (horas extras) y que un fiscalizador de la Dirección Regional del Trabajo VIII Región impartió luego de interpretar cláusulas contractuales laborales, y que reclamadas en la vía administrativa ante el Director Regional, éste confirmara, vid. Demarco S.A. (C. Apelaciones de Concepción, 10.3.1998, rol 6-98, confirmada por la Corte Suprema el 1.4.1998, Rol 791-98). En fin, sobre "multas ilegales" por incumplimiento de instrucciones que ordenan a empleador entregar a Sindicato aporte de 75% de la cuota sindical por trabajadores no sindicalizados, vid. Soc. José Celsi y Cía. Ltda. (C. Apelaciones de San Miguel, 1.7.1997, rol 108-97, confirmada por la Corte Suprema el 25.3.1998, Rol 2169- 97) protección acogida ante la extrema arbitrariedad del órgano administrativo (Inspección Provincial del Trabajo de Talagante), que cursó multa no obstante que sobre el tema se tramitaba precisamente un juicio laboral entre el sindicato referido y la empresa (aquí en protección, la recurrente), litigio que estaba en pleno conocimiento de la autoridad; como se advierte, había una clarísima violación a los derechos fundamentales reconocidos y amparados por la Constitución en su art. 19 Nos 2, 24 y 3º inc. 4º, además de un flagrante menosprecio de la justicia al interferir las atribuciones del juez, y de una no menos patente incompetencia desde que estando el asunto bajo la decisión de un tribunal, cesa la competencia de todo órgano...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR