Regulación jurídica del término del empleo a contrata en la administración pública - Núm. 2-2, Agosto 2011 - Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política - Libros y Revistas - VLEX 431706614

Regulación jurídica del término del empleo a contrata en la administración pública

AutorEduardo Castillo V.
CargoAbogado. Licenciado en Ciencias Jurídicas, Universidad de Chile
Páginas181-196
R EVISTA C HILENA DE D ERE CHO Y C IENCIA P OLÍTICA - V OL . 2, Nº 2, 2011 - pp. 181-19 6 181
REGULACN JURÍDICA DEL RMINO
DEL EMPLEO A CONTRATA EN LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
LEGAL REGULATION OF THE TRANSITORY EMPLOYMENT ENDING IN PUBLIC
ADMINISTRATION
EDUARDO C ASTIL LO V IGOUROUX 1
Resumen:
Este artículo presenta la regulación jurídica del rmino del empleo a con -
trata en la Administración del Estado en Chile, las facultades de esta según
nuestra legislación y su concordancia con las garantías constitucionales,
principalmente del derecho a la igualdad, revisando la jurisprudencia admi-
nistrativa y judicial sobre la materia.
Palabras clave: contrata término anticipado facultades de la Administra-
ción
Abstract:
In this article the author analyzes the legal regulation of anticipated ending
of transitory public employees in Chilean Public Administration, its legal fac-
ulties and its concordances with constitutional guarantees, principally with
the right to be equally treated, checking administrative and judicial jurispru-
dence.
Key words: transitory employment anticipated discharge Administration
faculties
1 Abogado. Licenciado en Ciencias Jurídicas, Un iversidad d e Chile. Diplomado en Ciencia Política, Insti-
tuto de E studios Polític os Universidad de Chile, Instituto de Estudios Aeroe spaciales de la Fuerza Aérea
de Chile, Universi dad de La Frontera. Magíster en Derecho con men ción en Derecho Const itucional,
Universidad Católica de Temuco - Universidad de Gé nova, Italia. Correo: egcastill@uc t.cl
doi: 10.7770/RCHDYCP-V2N2-ART48
Eduardo Castillo Vigouroux
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El régimen de las personas encargadas de ejercer la función pública ha variado
sustancialmente en los últimos años. Este cambio se ha traducido, entre otros aspec-
tos, en el reemplazo de un régimen que garantizaba la estabilidad en el empleo, en el
cual el término del ejercicio de la función no queda a discreción de la autoridad, por
un régimen de discrecionalidad de la autoridad para poner f‌in al empleo2.
Este cambio se ha ido operando paulatinamente a través de varios mecanismos.
El más importante de ellos es la reducción de los cargos de planta frente al aumento
sostenido de los cargos a contrata. Esto se ha logrado a través de:
a) La creación de servicios descentralizados, principalmente, con plantas exiguas
que deben afrontar múltiples funciones.
b) La imposibilidad de reponer los cargos vacantes por jubilación o estímulos al
retiro, norma establecida anualmente en las leyes de Presupuestos donde se per-
mite reponer solo el 50% de dichas vacantes y siempre que el servicio respecti-
vo cuente disponibilidad de fondos.
c) La eliminación del límite de las contratas establecido en el art. 10, inciso , de
d) La autorización legal a los funcionarios a contrata para ejercer jefaturas, cues-
tión reiteradamente negada por la jurisprudencia administrativa emanada de la
Contraloría General de la República.
Estas tres últimas medidas se contemplan anualmente en la Ley de Presupuestos
del Sector Público, la primera de ellas en las normas generales de la ley y la segunda
en las glosas presupuestarias de cada servicio público. De allí la importancia progre-
siva del régimen del empleo a contrata3.
Los funcionarios a contrata se encuentran regidos por la Ley Nº 18.834, Estatuto
Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue f‌ijado por el
DFL 29 del año 2004, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Of‌icial del
16 de marzo de 2005.
2 Según el Estudio “Estadísticas de Recursos Humanos del Sector Público 2001 - 2010”, publicado en
octubre de 2011 por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda (DIPRES), el personal
de planta de la administración central es de 85.547 funcionarios y el personal a contrata alcanza a
113.889 funcionarios. El estudio muestra el avance anual progresivo del empleo a contrata respecto a
la provisión de los cargos de planta.
3 Ver la Ley N° 20.481, de Presupuestos del año 2011 en su artículo 10, y las glosas comunes a todos los
Programas 01 de Funcionamiento de los Gobiernos Regionales; también pueden verse glosas de servi-
cios como el FOSIS en la Partida 21 del Ministerio de Planif‌icación, MIDEPLAN.

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