Corte Suprema, 19 de mayo de 1998. Sáez Cossio, Benedicto I. (casación en la forma y en el fondo) - Núm. 2-1998, Mayo 1998 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 228285310

Corte Suprema, 19 de mayo de 1998. Sáez Cossio, Benedicto I. (casación en la forma y en el fondo)

Páginas54-55

La Corte Suprema anuló de oficio la sentencia de segunda instancia y procedió a dictar la correspondiente sentencia de reemplazo, la cual confirmó la sentencia apelada que hizo lugar a la demanda.


Page 54

La Corte Suprema, conociendo de los recursos de casación en la forma y en el fondo:

Vistos:

Se ha deducido este juicio ordinario rol 39.933, del Primer Juzgado del Trabajo de Valparaíso por don Benedicto Isidro Sáez Cossio contra su ex empleadora Caja de Compensación Javiera Carrera, a fin de que ésta sea condenada a pagarle diversos rubros entre los que se encuentran el desahucio por falta de aviso previo y la indemnización por años de servicio, al estimar que el despido fue injustificado.

Por sentencia de primera instancia, que rola a fojas 58 se acogió la demanda, sin costas.

Apelado este fallo la Corte de Valparaíso lo revocó, estimando que el despido fundado en incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato en relación a las metas asignadas (fs. 8), estaba justificado.

En contra de esta sentencia la defensa del actor dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo. Concedidos los recursos se les ordenó traer en relación.

Se invitó al abogado que concurrió a estrados a alegar sobre posibles vicios de casación en la forma de oficio.Page 55

Considerando:

Primero: Que del examen de las sentencias de primera y segunda instancia, como también de la respectiva apelación se desprende que:

  1. En primera instancia la demanda fue acogida y se ordenó pagar las siguientes cantidades:

    $ 483.344 por indemnización por falta de aviso previo.

    $ 6.766.816 por indemnización por años de servicio.

    $ 257.776 por 16 días de feriado. $ 16.111 por un día de diciembre. $ 70.430 por comisiones adeudadas.

  2. El fundamento de parte de los rubros que el fallo manda pagar están en el razonamiento 15º.

  3. El libelo de apelación de la sentencia sólo está referido a revocar el fallo en cuanto a dejar sin efecto la condenación relativa al desahucio y la indemnización por años de servicio.

  4. La sentencia de segundo grado, eliminó de la de primero, entre otros, el razonamiento 15º, que es el que contiene las razones para acoger los rubros de la demanda que no fueron objeto de la apelación.

    Además, esta sentencia termina confirmando en "lo demás apelado" el referido fallo (el de 1ª), sin que en la especie hubiese nada más apelado;

    Segundo: Que al resolver como lo hizo el fallo de segundo grado ha incurrido en vicios de casación de forma, los que el...

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