Corte de Apelaciones de Talca, 9 de enero de 1997. Asociación Canal Maule con Dirección General de Aguas

Resumen


DOCTRINA: Al señalar el artículo 137 del Código de Aguas que las resoluciones de la Dirección General de Aguas pueden reclamarse ante la Corte de Apelaciones respectiva, se refiere a aquella que tiene competencia sobre el territorio jurisdiccional en el que se encuentran situadas las aguas sobre las que inciden las obras motivo de la reclamación.


VOCES: Aguas (reclamación) - Reclamación (aguas) - Corte de Apelaciones respectiva (competencia) - Competencia (Corte de Apelaciones respectiva) - Territorio jurisdiccional (Corte de Apelaciones respectiva).

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Extracto


Corte de Apelaciones de Talca, 9 de enero de 1997. Asociación Canal Maule con Dirección General de Aguas

Bernardo Silva Donoso, Presidente de la Junta de Vigilancia del Río Maule y Patricio Parot Smits, Presidente de la Asociación Canal Maule, agricultores, domiciliados en 1 Sur Nº 1.970 Talca, a fs. 1 interponen recurso de reclamación de conformidad con el artículo 137 del Código de Aguas, contra la resolución que rechaza el recurso de reconsideración habida contra la resolución exenta Nº 99 de 1988 de la Dirección General de Aguas, que rechazó las oposiciones presentadas a la solicitud de autorización de cons...

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