Arrendamiento de establecimiento mercantil (terminación del). Juicio sumario (terminación de arrendamiento de establecimiento industrial). Acción de rápida tramitación (término del contrato de arrendamiento). Denegación de justicia (sustitución de procedimiento). - Contratos - Jurisprudencias esenciales. Derecho Civil. Tomo II - Jurisprudencias Esenciales. Derecho Civil - Libros y Revistas - VLEX 252339046

Arrendamiento de establecimiento mercantil (terminación del). Juicio sumario (terminación de arrendamiento de establecimiento industrial). Acción de rápida tramitación (término del contrato de arrendamiento). Denegación de justicia (sustitución de procedimiento).

AutorRaúl Tavolari Oliveros
Cargo del AutorDirector
Páginas529-532

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  1. Suprema 4 de julio de 1973

Conociendo del recurso de queja, La Corte: Teniendo presente:

  1. Que a fojas 2 de los autos originales, que se tienen a la vista, D. Hugo Salinas interpuso demanda en contra de la Sociedad Panificadora La Chilena Lis-

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    boa y Cía., expresando que arrendó a ésta la universalidad de un establecimiento "industrial y comercial y que no se le ha cancelado la renta de arrendamiento convenida. Solicita que se declare que la demandada debe cancelarle la cantidad de E° 144.057,76 por concepto de rentas insolutas, las que se devenguen hasta la restitución del establecimiento arrendado y que se declare terminado el contrato de arrendamiento por incumplimiento de una obligación esencial del arrendatario y que debe serle restituido el referido establecimiento dentro de tercero día de ejecutoriado el fallo; agrega que el juicio debe tramitarse con arreglo al procedimiento sumario, de acuerdo con el artículo 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil;

  2. Que a fojas 5, la parte demandada solicita el cambio del procedimiento sumario por el ordinario, porque se trata de la resolución de un contrato bilateral, en virtud del derecho establecido en el artículo 1.489 del Código Civil;

  3. Que el Juez a quo aceptó la incidencia de cambio de procedimiento, lo que fue confirmado por una de las Salas de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y esta resolución motiva el presente recurso de queja;

  4. Que solicitada la terminación de un contrato de arrendamiento de un establecimiento industrial o comercial y el pago de la renta de arrendamiento adeudada por el arrendatario, es evidente, que se trata de una acción que, por su naturaleza, requiere una tramitación rápida para que sea eficaz, puesto que resultaría absurdo y una verdadera denegación de justicia el someter el juicio correspondiente al procedimiento ordinario.

    En efecto, dada la naturaleza de la acción deducida, es lógico que el arrendador desee que ella se resuelva lo antes posible.

    El legislador así lo ha comprendido cuando ha contemplado un procedimiento corto y expedito para los juicios derivados del contrato de arrendamiento en el Título VI del Libro III del Código de Procedimiento Civil.

    Así, también, lo entendió la Ley 11.622 cuando en el inciso segundo de su artículo 13 dispuso: "Todas las cuestiones relacionadas con los arriendos y subarriendos regidos por esta Ley, que no tuvieren señalado un procedimiento especial en el Código de Procedimiento...

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