Traslados de industrias por estar mal emplazadas o por causar molestias o peligro - Derecho Urbanístico Chileno - Libros y Revistas - VLEX 318241147

Traslados de industrias por estar mal emplazadas o por causar molestias o peligro

AutorJosé Fernández Richard - Felipe Holmes Salvo
Cargo del AutorProfesor de Derecho Urbanístico, Universidad de Chile - Profesor ayudante de Derecho Urbanístico, Universidad de Chile
Páginas269-270
269
1. LAS INDUSTRI AS Y EL USO DE SUELO
En general, las construcciones que no se conformaren con los ins-
trumentos de planificación territorial se entenderán congeladas,1
de acuerdo a lo dictaminado por el artículo 62 de la LGUC.
Sin embargo, en el caso de las industrias, el legislador es más
severo, ya que las industrias mal ubicadas deberán trasladarse si
se cumple con alguna de las siguientes condiciones:
a) que causen molestias al vecindario,
b) que causen daño al vecindario.
Dicho artículo 62 regula la hipótesis de que el Plan Regulador
cambie el uso de suelo y por dicha causa se encuentren mal empla-
zadas, ya que si simplemente la industria se encontrara en disconfor-
midad con los usos de suelo del Plan Regulador no podría obtener
el permiso respectivo. Es más, en el hipotético caso de que, aunque
no cumpliese con los usos de suelo, haya obtenido el respectivo
permiso por medios fraudulentos, en ese caso el permiso debe ser
declarado nulo y el procedimiento y las sanciones son otros.2
En el caso que la Municipalidad3 haga uso de la facultad de
ordenar el traslado de una industria que ha quedado en con-
1 Respecto del congelamiento, véase lo dicho a propósito de los usos de suelo
de esta obra. En síntesis, cuando una construcción se encuentra congelada, no
podrá aumentarse el volumen de construcción existente para dicho uso de suelo.
2
Sólo a título de ejemplo, si se construye una industria en contravención a los
usos de suelo, el Alcalde respectivo puede decretar su demolición.
3 Debe tenerse presente que es el Alcalde el único con la atribución de repre-
sentar a la Municipalidad, ya sea judicial o extrajudicialmente.
C A P Í TU L O DE C I M OC T A VO
TRASLADOS DE INDUSTRIAS POR ESTAR MAL
EMPLAZADAS O POR CAUSAR MOLESTIAS O
PELIGRO

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