Validez - La cláusula compromisoria - Constitución del Tribunal Arbitral - El Juicio Arbitral - Libros y Revistas - VLEX 356368462

Validez

AutorPatricio Aylwin Azocar
Páginas304-308
EL JUICIO ARBITRAL
304
La convención de arbitraje puede ser de dos especies: una es
el compromiso, y otra, la cláusula compromisoria. Ambos actos
producen un efecto común: derogar la competencia de los tribu-
nales ordinarios y someter a las partes a la jurisdicción arbitral.
Pero mientras el compromiso da competencia únicamente a de-
terminados árbitros, la cláusula compromisoria la otorga en gene-
ral a jueces compromisarios, dejando a las partes obligadas a cons-
tituir oportunamente el tribunal arbitral, cuantas veces sea nece-
sario para resolver el asunto comprometido.
Cada uno de estos actos produce por sí mismo efectos pro-
pios. Para pasar de la cláusula compromisoria al arbitraje no es
preciso celebrar un compromiso, sino tan sólo designar árbitros.
261. Importancia. Los que conciben a la cláusula compromisoria
como un acuerdo de arbitraje hecho por adelantado sobre litigios
futuros y eventuales, indican como su principal ventaja la de favo-
recer los juicios arbitrales y ser el más rico alimento de la institu-
ción del arbitraje como medio de resolver conflictos, ya que el
espíritu de las partes suele ser más favorable a convenciones de
esta especie antes que las dificultades sobrevengan.
Entre nosotros no es ésta una ventaja exclusiva de la cláusula,
ya que el compromiso también puede pactarse por adelantado
respecto de litigios futuros. En estos casos, sin embargo, la cláusu-
la tiene de preferible que permite designar oportunamente como
árbitro a la persona más apta para decidir la controversia, aten-
diendo a la naturaleza de ésta.
Otra ventaja de la cláusula, que es a la vez su mayor peligro,
está en que liga a las partes mucho más que el compromiso, ya
que las sujeta a arbitraje de un modo indefinido hasta la completa
decisión del asunto que comprometen y no caduca por la muerte
de un árbitro u otra causa sobreviniente, salvo acuerdo de los
interesados.
§ 2º. Validez 675
262. La cláusula compromisoria es válida. Expresa consagración le-
gislativa. La cláusula compromisoria es un contrato que tiene fuerza
675 Sobre esta materia véase VARGAS, memoria citada sobre cláusula compro-
misoria, Nos 18 a 22 inclusive, a quien seguimos en esta parte muy directamente.

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