No. 25, July 2015
Índice
- Introduccion
- Crédito por impuestos extranjeros en el caso de rentas provenientes de países con los cuales no existe un CDTI vigente
- Crédito por impuestos extranjeros en el caso de rentas obtenidas de países con los cuales existe un convenio de doble tributación internacional vigente
- Normas sobre tributación internacional respecto de la contabilización de las inversiones y de las rentas provenientes del exterior en el país, su enajenación y otras normas
- Certificados de residencia, situacion tributaria y sociedades anonimas acogidas a art. 41 d de la ley de la renta
- Jurisprudencias administrativas
- Anexo A
- Anexo B
- Establece la forma en que los contribuyentes deberán acreditar las circunstancias señaladas en el N° 4 del artículo 74 de la ley sobre impuesto a la renta para eximirse de efectuar la retención de impuestos por operaciones de enajenación indicadas en las letras a), c), d), e), h) y j) del N°8 del artículo 17 de dicha ley, realizadas por contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile. resolucion EX. N° 42, de 2015
- Fija formato y condiciones de la solicitud que deben presentar los contribuyentes de impuesto adicional que realicen las operaciones a que se refieren las letras a), c), d), e), h) y j), del N° 8 del artículo 17 de la ley sobre impuesto a la renta, y soliciten a este servicio que determine previamente el mayor valor sobre el cual debe calcularse el impuesto de retención que afecta a dichas operaciones. resolucion EX. N° 43, de 2015
- Modificaciones introducidas por el artículo 10 de la ley N° 20.780, de 29 de septiembre de 2014, al artículo 97 N° 6 del código tributario, contenido en el decreto ley N° 830, de 1974. circular N° 29, de 2015
- Instruye respecto de la incorporación del nuevo artículo 41 g a la ley sobre impuesto a la renta, efectuada por la ley n° 20.780, sobre el cómputo en chile de las rentas pasivas percibidas o devengadas por empresas controladas en el exterior. circular N° 30, de 2015
- Datos generales de informacion tributaria, laboral y previsional