No. 7, January 2014
Índice
- Consultas al director
- Los apremios pueden renovarse, pero cesan si se cumplen las obligaciones. (artículo 94 del C.T.)
- Procede apremio por no comparecer a una citación, por no poner al día la contabilidad o no exhibirla. (artículo 95 del C.T.)
- Procede un apremio de hasta 15 días para obtener el cumplimiento de obligaciones tributarias. (artículo 93 del C.T.)
- Procede apremio para obtener el pago de impuestos de retención o recargo. forma de efectuar el apercibimiento al contribuyente incumplidor. el juez civil puede suspender el apremio. (artículo 96 del C.T.)
- Introduccion
- Infracciones sancionadas por el articulo 97 del código tributario
- Infracciones sancionadas por el articulo 100 del código tributario
- De las infracciones cometidas por los funcionarios y ministros de fe y de las sanciones
- Infracciones sancionadas por el articulo 109 del código tributario
- Condonaciones a las sanciones pecuniarias
- Solicitud de condonación de intereses y multas
- Procedimiento sobre aplicación de sanciones y condonaciones
- Procedimiento general para la aplicación de sanciones
- Procedimientos especiales para la aplicación de ciertas multas
- De la competencia para conocer de los asuntos contenciosos tributarios
- Recurso de reposición administrativa
- Del procedimiento general de las reclamaciones
- Normativas tributarias
- Datos generales de informacion tributaria, laboral y previsional