[Filosofía del derecho] Tres concepciones en torno a la cientificidad del derecho - Núm. 4, Julio 2014 - Revista de Filosofía y Ciencias Jurídicas - Libros y Revistas - VLEX 637231857

[Filosofía del derecho] Tres concepciones en torno a la cientificidad del derecho

AutorHelga Lell
CargoAbogada, Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas, Universidad Nacional de La Pampa
Páginas48-66
REVISTA DE FILOSOFÍA Y CIENCIAS JURÍDICAS
AÑO 3, N°4 (JULIO DE 2014)
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T D
Helga María Lell
R: En este artículo se sintetizan tres afamadas propuestas en torno a la cientificidad de la
disciplina jurídica construidas a partir de lo que ocurre con el sentido de las normas jurídicas y de
acuerdo a los criterios modernos de las ciencias. La primera de ellas, expuesta por von Kirchmann,
constituye la más conocida concepción negatoria de la cientificidad basada en la constante variación
de las instituciones jurídicas. La segunda y la tercera afirman la cientificidad disciplinar pero desde
perspectivas diferentes. Kelsen construye su teoría acentuando las normas jurídicas en una versión
formalizada al extremo, lo que implica desproveerlas de contenido y erradicar su sentido. Por su parte,
Ehrlich sostiene la cientificidad pero reconoce el rol que ocupan los jueces en la interpretación
normativa y los problemas que apareja el lenguaje.
A : In this article I present three famous proposals about whether the legal discipline is a
science or not. The first one is von Kirchmann’s and it is the most well-known denial theory and it is
grounded on the permanent changes of the rules. The second and the third ones affirm that Law is a
Science but they do so from different perspectives. On one hand, Kelsen focuses on the formal version
of legal rules, which implies not to take care about their content or sense. On the other hand, Ehrlich
recognizes the scientific characteristic of Law but also includes the relevance of legal interpretation
carried out by judges and the problems brought up by language.
PCientificidad – derecho – von Kirchmann – Ehrlich – Kelsen – normas jurídicas
– interpretación.
KScience – law – von Kirchmann – Ehrlich – Kelsen – legal rules – interpretation
I

Abogada, Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas, Universidad Nacional de La Pampa. Especialista y
Maestranda en Estudios Sociales y Culturales, Facultad de Ciencias Humanas, Universidad Nacional de La Pampa.
Doctoranda en Derecho, Facultad de Derecho, Universidad Austral. Becaria interna del Conicet. Docente en
Filosofía del Derecho y Derecho Político. Correo electrónico: hlell@ius.austral.edu.ar.
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La concepción moderna de las ciencias ha puesto en vigencia un modelo epistemológico
basado en las ciencias formales y las ciencias naturales como guías1. Esto condujo a que otros
conjuntos de conocimientos debieran asimilarse a ellas o permanecer en la sombra como estudios
poco confiables o pseudocientíficos2 o, al menos, menos resonantes. En este marco, la Ciencia
del Derecho también debió atravesar el test de cientificidad. Este artículo pretende difundir tres
posturas en relación con su paradigma de época y postularlas en torno a lo que ocurre con el
sentido de las normas jurídicas3. Las tres teorías expuestas son cercanas temporalmente4 a efectos
de mostrar las reacciones en un contexto semejante. La primera de ellas, expuesta por von
Kirchmann, constituye la más conocida concepción negatoria de la cientificidad basada en la
constante variación de las instituciones jurídicas. La segunda y la tercera afirman la cientificidad
disciplinar pero desde perspectivas diferentes5. Kelsen construye su teoría acentuando las normas
jurídicas en una versión formalizada al extremo. Ello implica desproveerlas de contenido y
erradicar su sentido. Solo interesa su estructura lógica. Por su parte, Ehrlich sostiene la
cientificidad pero reconoce el rol que ocupan los jueces en la interpretación normativa y los
problemas que apareja el lenguaje.
No obstante lo dicho, antes de exponer estas tres posturas, se describe, brevemente,
algunas características de concepción de las ciencias modernas
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1 Este criterio es decimonónico. En la actualidad, si bien la disputa no ha sido resuelta, sí ha sido, por decirlo de
alguna manera, superada en tanto el foco de interés se ha desviado a otros temas.
2 O, como afirma Lévi-Strauss, si a las disciplinas sociales, excepto la Lingüística, se las denomina ciencias es solo en
virtud de una ficción semántica y una esperanza filosófica. LÉVI-STRAUSS, Claude (2008): “Una encuesta difícil”,
En: El Correo de la UNESCO. Claude “Levi-Strauss: miradas distantes”. N° 5.
3 Estas tres posturas son ampliamente conocidas por lo que la finalidad de difusión se reduce más bien a una suerte
de recordatorio de estos pensamientos en torno al eje convocante.
4 Von Kirchmann escribe a mediados del siglo XIX, Ehrlich publica su cuantiosa obra entre ambos siglos y Kelsen,
en el siglo XX (sus obras más importantes son elaboradas en la primera mitad, no obstante continúa introduciendo
reformas sustanciales hasta su muerte, acaecida en 1973).
5 Cabe aclarar que existe una disputa entre Ehrlich y Kelsen acerca de qué es la Ciencia del Derecho. Algunos autores
han calificado esta discusión como meramente verbal puesto que cada uno parte de un concepto diferente de
Derecho. Al respecto se puede consultar: ROBLES MORCHÓN, Gregorio (1976): “La polémica entre Kelsen y Ehrlich
en torno a la naturaleza de la Ciencia Jurídica”, En: Anuario de filosofía del derecho, Nº 19, 1976-1977, pp. 183-198
REHBINDER, Manfred (1967): “Die Begründung der Rechtssosoziologie durch Eugen Ehrlich”, En: Schriftenreihe
des Instituts für Rechtssoziologie und Rechtstatsachenforschung der Freien Universität Berlin, Bd. 6. Berlin: Duncker &
Humblot. y Kantorowicz, HERMANN (1911): Rechtswissenschaft und Soziologie. Mohr.

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