Corte de Apelaciones de Chillán (25 de octubre de 2002). Sociedad Constructora Andes y Cía. Ltda. con Municipalidad de San Ignacio (recurso de protección) - Núm. 4-2002, Diciembre 2002 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 219057361

Corte de Apelaciones de Chillán (25 de octubre de 2002). Sociedad Constructora Andes y Cía. Ltda. con Municipalidad de San Ignacio (recurso de protección)

AutorEduardo Soto Kloss
Páginas408-411

Page 408

LA CORTE

Vistos y teniendo presente:

Doña Mirians* Alejandra Ríos García, abogado, domiciliada en Concepción, calle Caupolicán 567 oficina 1003, para estos efectos Padre Hurtado 539, Chillán, en representación según acredita de la Sociedad Constructora Andes y Compañía Ltda., sociedad del giro construcción y reparación de obras civiles, con domicilio en calle Los Damascos Nº 132, Talcahuano, representada por don Nelson Fabián Ilabaca Molina, constructor civil, domiciliado en calle Roberto Ovalle Nº 50 casa 14, Penco, recurre de protección en contra de la I. Municipalidad de San Ignacio, persona jurídica de derecho público, representada por su Alcalde don José Nelson Aedo Figueroa, ignora profesión, ambos domiciliados en calle Manuel de Jesús Ortiz Nº 599, San Ignacio y en contra de don Carlos Araya Muñoz, Director de Obras de la misma institución, con igual domicilio, quienes por acto ilegal y arbitrario han perturbado, amenazado y privado el legítimo derecho de igualdad ante la ley y de propiedad establecido en el artículo 19 Nº 2 de la Constitución Política de la República. Agrega, que durante el presente año la I. Municipalidad de San Ignacio llamó a licitación pública para la adjudicación del contrato de ejecución de la obra denominada “Construcción Local Adicional y Ampliación Liceo C-81 Pueblo Seco” a ejecutarse en calle Las Violetas Nº 573 y calle Los Notros Nº 621, localidad de Pueblo Seco, de la comuna de San Ignacio. Su representada nombrada, interesada en adjudicarse la obra, procedió a comprar las Bases Administrativas reguladoras del proceso de licitación y eventualmente del futuro contrato administrativo a celebrar con la empresa seleccionada, presentando en definitiva su oferta conjuntamente con otros dos contratistas según consta en Acta de Apertura que se adjunta a este recurso. Atendido que el Nº 8 de las Bases Administrativas Especiales exige que para la presentación de la oferta se adjunte, entre otros antecedentes, Boleta de garantía a nom-Page 409bre de la I. Municipalidad de San Ignacio, que garantice la seriedad de la oferta por un valor de $ 6.000.000, su representada constituyó Boleta de Garantía Nº 252206-6 del Banco de Chile, oficina Talcahuano, por el monto exigido a favor de la referida Municipalidad. Que mediante ord. Nº 028, de 18 de julio de 2002, del señor Miguel Parra Carriel, Director de Secplan (S) de la Municipalidad de San Ignacio, se comunicó oficialmente a los oferentes los resultados de la licitación, siendo adjudicada la obra al contratista señor Julio Riquelme Rodríguez, por convenir a los intereses municipales. En el mismo ord. se le indicó que para el retiro de la boleta de garantía de seriedad de la oferta, se debía presentar solicitud dirigida al Director de Secplan, en forma escrita e ingresada en la oficina de Partes. Terminaba el citado oficio agradeciendo vuestra participación. En razón de lo anterior, con fecha 19 de julio del año en curso, su representada ingresó en la oficina de partes de la señalada Municipalidad la solicitud de devolución de la boleta de garantía de seriedad de la oferta, que corresponde a la ya citada boleta a favor de la Municipalidad de San Ignacio. Que no obstante lo anterior, mediante ord. Nº 337, de 3 de septiembre último, del señor Alcalde de la Municipalidad de San Ignacio, dirigida al Sr. Gerente Banco de Chile, oficina Talcahuano, documento entregado al representante legal de su representada por personal...

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