Actualidad legislativa - Núm. 32, Julio 2019 - Revista Chilena de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 812443969

Actualidad legislativa

AutorIsaac Stevens Muñoz
Páginas195-207
Actualidad legislativa
195
ACTUALIDAD LEGISLATIVA
Isaac Stevens Muñoz
Profesor de Derecho Civil
Universidad Diego Portales
LA NUEVA “PRENDA ESPECIAL SOBRE VALORES”, HACIA UN CAMBIO EN EL PARADIGMA
DEL DEREC HO DE GARANTÍAS REALES EN CH ILE.
La Ley n.º 20956 que Establece medidas para impulsar la productividad publi-
cada el 26 de octubre de 2016, modificó –entre otras materias1- la Ley n.° 18876
que Establece el marco legal para la constitución y operación de entidades
privadas de depósito y custodia de valores2, creando una nueva garantía real,
la denominada “Prenda Especial sobre Valores en Depósitos Registrados en
Sistema de Anotaciones en Cuenta”, (en adelante, la “Prenda Especial”), que
–como veremos– da forma a un nuevo cambio en el paradigma del derecho
de garantías reales en Chile, orientado a regulaciones que tutelen de mejor
manera la satisfacción del interés del acreedor garantizado3.
Como su nombre lo indica, la Prenda Especial recae sobre valores (ma-
teriales o desmaterializados, nacionales o extranjeros)4 que se encuentren de-
positados en una empresa de depósito de valores, como es el caso del DCV5,
siendo una garantía real a ser constituida entre los denominados depositan-
1 La crítica de
ELORRIAGA
(2011), p. 1, “a la inapropiada y poco elegante técnica legislativa”
de la Ley de capitales
II
que incorporó la en –ese entonces– nueva prenda sin desplazamiento, a
través de una ley que reguló de un modo misceláneo diversas normas es replicable a este caso,
en que la Ley n.° 20956 modificó diversos cuerpos legales con el fin de impulsar la productividad
del país.
2 En lo sucesivo, las referencias normativas en torno a la Prenda Especial, a pesar de ser
incorporadas por la Ley n.° 20956, se referirán a la Ley n.° 18876, que es el cuerpo legal modificado
en que se han incorporado.
3 Decimos un “nuevo” cambio de paradigma, pues la Ley n.º 20345 sobre Sobre sistemas
de compensación y liquidación de instrumentos financieros, incorporó previamente algunas de
las innovaciones establecidas en la Ley n.º 20956, las que van en la línea de asegurar la eficacia
y eficiencia de las garantías reales en el mercado de valores chileno, como la sencilla forma de
constituirla a través de comunicaciones electrónicas o su realización extrajudicial.
4 Entre estos valores, se encuentran las acciones, depósitos a plazo, bonos de diversa na tu-
ra leza, cuotas de fondos mutuos, entre otros.
5 El DCV es una sociedad anónima constituida de acuerdo con la Ley n.º 18876, su re gla-
men to y a las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Valores y Seguros, actual,
Co misión para el Mercado Financiero.
Revista Chilena de Derecho Privado, Nº 32, pp. 195-207 [julio 2019]

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