Los acuerdos extrajudiciales en materia de libre competencia como tutela cautelar autónoma - Núm. 27, Julio 2019 - Revista de Derecho Universidad Católica del Norte - Libros y Revistas - VLEX 850196282

Los acuerdos extrajudiciales en materia de libre competencia como tutela cautelar autónoma

AutorAlejandro Romero Seguel
CargoUniversidad de Los Andes, Santiago, Chile. Profesor de Derecho Procesal. Doctor en Derecho, U. de-Navarra, España
Páginas255-275
Revista de derecho (Coquimbo. En línea) | vol. 27, 2020 | INVESTIGACIONES| e4381
Rev. derecho (Coquimbo, En línea) 2020, 27: e4381
Los acuerdos extrajudiciales en materia de libre
competencia como tutela cautelar autónoma
Extrajudicial solutions in the field of competition rules as autono-
mus ways injusticion
Alejandro Romero Seguel1 https://orcid.org/0000-0002-4234-1182
1Universidad de Los Andes, Santiago, Chile. Profesor de Derecho Procesal. Doctor en Derecho, U. de-
Navarra, España.
aromero@uandes.cl
Resumen:
Se analizan los acuerdos extrajudiciales que
suscribe la Fiscalía Nacional Económica con
agentes del mercado y cuya aprobación
debe dar el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia. El objetivo de la investigación
es demostrar la naturaleza cautelar autó-
noma que tiene este instrumento. Al ser
concebidos de esa forma se explica de mejor
forma una serie de problemas que surgen
después de que el Tribunal de Defensa de la
Libre Competencia le da su aprobación “sin
forma de juicio”, esto es, sin emitir un pro-
nunciamiento sobre el fondo de una acción
deducida. Al tratarse de medidas provisio-
nales, su contenido se puede cambiar acu-
diendo al tribunal que las aprobó.
Palabras Clave: Medidas precautorias;
Proceso cautelar autónomo; Acción pro-
cesal.
Abstract:
Extrajudicial settlement between the Na-
tional Economic Prosecutor and market
agents are analyzed. These settlements must
be approved by the Court of Defence of Free
Competition. The objective of this article is
to demonstrate the nature of this mecha-
nism to protect the free competition. This
mech considered the elements that charac-
terize this form of protection, especially, that
there is no pronouncement on the substance
of public law that consists of the action. As
these are provisional measures, their con-
tent can be changed by going to the court
that approved them anism is a manifesta-
tion of protective guardianship, and there-
fore all its effects must be.
Keywords: Precautionary measures; Au-
tonomous precautionary process; Free
competition.
Fecha de recepción: 29 de octubre de 2018 | Fecha de aceptación: 20 de agosto de 2019
Los acuerdos extrajudiciales en materia de libre competencia como tutela
Rev. derecho (Coquimbo, En línea) 2020, 27: e4381
Introducción
Un tema jurídico de interés, son los efectos de los denominados acuerdos extra-
judiciales que suscribe la Fiscalía Nacional Económica con agentes del mercado y cuya
aprobación debe dar el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (Sobre este tema;
Valdés Prieto, 2011; Rivas Sánchez , 2018; y Arancibia Mattar, 2013). Tal como se in-
tentará demostrar, este singular acto procesal es una manifestación de la tutela cautelar
contemplada dentro del mecanismo de protección jurídica que delimita el art. 1 del
Decreto Ley N° 211 (1973), al señalar que esa normativa tiene por objeto promover y
defender la libre competencia en los mercados. Y de manera específica, al indicar que,
“los atentados contra la libre competencia en las actividades económicas serán corregidos,
prohibidos o reprimidos en la forma y con las sanciones previstas en esta ley (Decreto con
Fuerza Ley N° 1, 2005, art. 1).
Los acuerdos extrajudiciales, son uno de los varios correctivos existentes para
proteger anticipadamente la libre competencia. A través de su celebración, se cum-
ple el objetivo general que la Corte Suprema asigna a esta normativa, cuando señala
que:
la finalidad de la legislación antimonopolio, comprende el resguardo de la
independencia y autonomía de los agentes mercantiles, sean ellos producto-
res, comerciantes o consumidores, con el propósito de asegurar o fomentar
los procesos competitivos efectivos, promover el bienestar del público con-
sumidor, aumentar los niveles de eficiencia, proteger la equidad, la igualdad
y la integración de los mercados, cautelando el ejercicio lícito de la autono-
mía privada en un mercado imperfecto. (Etcom S. A. con Telefónica Móviles
Chile S.A, 2017, cons. 10).
De un modo específico, los acuerdos extrajudiciales forman parte de la caute-
la autónoma que admite el art. 3 del Decreto Ley N° 211 (1973), cuando dispone que
para evitar que se ejecuten o celebren, individual o colectivamente cualquier hecho,
acto o convención que impida, restrinja o entorpezca la libre competencia, o que
tienda a producir dichos efectos, junto a las sanciones, también se pueden adoptar
“las medidas preventivas, correctivas o prohibitivas que respecto de dichos hechos, actos
o convenciones puedan disponerse en cada caso” (Decreto con Fuerza Ley N° 1, 2005,
art. 3).
Al ser concebidos los acuerdos extrajudiciales como una manifestación caute-
lar autónoma, se explica de mejor forma una serie de problemas que surgen después
de que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia le da su aprobación “sin for-
ma de juicio”, dentro de las varias posibilidades que existen para organizar la protec-
ción de la libre competencia, una explicación de los posibles diseños institucionales

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