La afectación o lesión de los derechos fundamentales del trabajador - Núm. 12, Junio 2014 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 702224549

La afectación o lesión de los derechos fundamentales del trabajador

Páginas14-22
MANUAL EJECUTIVO LA BOR AL
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En todas estas situaciones, insistimos, la vulneración o afectación de los derechos
debería entenderse producida por el solo acto de represalia –acreditada ésta, por
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Es decir, acreditado por el trabajador la represalia empresarial como consecuencia
de la denuncia administrativa o judicial del trabajador, la vulneración a alguno de los
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desproporción o falta de fundamento en la medida adoptada por el empleador, ya
que ello desnaturalizaría y debilitaría la regla prohibitiva establecida por el legislador.
Esta última forma de interpretar la regla prohibitiva establecida en el Código permitiría,
adicionalmente, aplicar sin objeciones formales las reglas procedimentales y de fondo
dispuestas en los artículos 489 y ss. del Código del Trabajo, tutelando también a
los trabajadores frente a los despidos irregulares producto de la denuncia y defensa
administrativa o judicial de sus derechos. En efecto, la vinculación que hace el artículo
489 del Código del Trabajo entre el procedimiento de tutela y las sanciones pecuniarias
y laborales establecidas está construida sobre la base de los dos primeros incisos
del artículo 485 del Código, es decir, sobre la base de la afectación de alguno de los
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las represalias del empleador deberían necesariamente conectarse con aquellos,
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En todo caso, en cualquiera de las dos últimas circunstancias, parece razonable
sostener que la prohibición de represalias del empleador por fiscalización
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que lleva aparejada una sanción especial, y no constituye propiamente un nuevo
derecho fundamental de origen legal. De este modo, la opción del legislador por su
incorporación en este párrafo, como la aplicación de las normas procedimentales
establecidas para la tutela laboral –al igual que a las conductas antisindicales y
desleales–, es una garantía reforzada para su aplicación, que teniendo en cuenta la
gravedad de la conducta descrita le hace aplicable las reglas de forma y fondo de la
tutela de derechos fundamentales del trabajador.
3. LA AFECTACIÓN O LESIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL
TRABAJADOR
3.1. Las formas de afectación de los derechos según la doctrina laboral.
Planteamiento general
Como ya se señaló, la protección de los derechos fundamentales del trabajador
establecida en este Código, a través de este procedimiento especial de tutela, sería
en contra de las actuaciones ilícitas y lesivas del empleador, el que ejerciendo sus
potestades de dirección –derivadas de sus derechos fundamentales de libertad de
empresa y propiedad– infringiría aquellos derechos. Ahora bien, la forma como se
establecería dicha infracción, según señala la doctrina dominante, sería aplicando
el principio-técnica de ponderación o proporcionalidad13, herramienta que serviría
para pesar o balancear los derechos de ambas partes (trabajador y empleador),
inclinándose a favor del trabajador, en el caso que se considere que el empleador
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fundamentales a la libertad de empresa o propiedad.

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