Altos de Puyai, ¿Una revolución en el sistema de evaluación de impacto ambiental? (Comentario a Fallos Roles Nº 15.499-2018, Nº 15.500-2018 Y Nº 15.551-2018, de la Corte Suprema) - Núm. 15, Enero 2019 - Sentencias destacadas - Libros y Revistas - VLEX 829056577

Altos de Puyai, ¿Una revolución en el sistema de evaluación de impacto ambiental? (Comentario a Fallos Roles Nº 15.499-2018, Nº 15.500-2018 Y Nº 15.551-2018, de la Corte Suprema)

AutorSilvia Bertazzo
Páginas115-141
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ALTOS DE PUYAI, ¿UNA REVOLUCIÓN
ALTOS DE PUYAI, ¿UNA REVOLUCIÓN
EN EL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE
EN EL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE
IMPACTO AMBIENTAL?
IMPACTO AMBIENTAL?
(COMENTARIO A FALLOS ROLES Nº 15.499-
(COMENTARIO A FALLOS ROLES Nº 15.499-
2018, Nº 15.500-2018 Y Nº 15.551-2018, DE LA
2018, Nº 15.500-2018 Y Nº 15.551-2018, DE LA
CORTE SUPREMA)
CORTE SUPREMA)
S
ILVIA
B
ERTAZZO
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ILVIA
B
ERTAZZO
RESUMEN: el presente trabajo analiza los fallos recaídos en los recursos de
protección referidos al proyecto inmobiliario de Altos de Puyai, en que la
Corte Suprema acoge dichos recursos y dictamina la necesidad de ingresar una
consulta de pertinencia al Servicio de Evaluación Ambiental. El comentario se
enfoca en el principal argumento de la Corte, según el cual la existencia de un
riesgo de producir daños al medio ambiente determinaría la obligatoriedad de
evaluar el impacto ambiental de un determinado proyecto. En el comentario
nos alejamos de esa postura, que desconoce el carácter taxativo del listado con-
tenido en el ar tículo 10 de la Ley Nº19.300. Asimismo, se analiza la naturaleza
de la consulta de pertinencia, que deriva del derecho de petición garantizado en
la Constitución, y presenta algunos límites, tanto teóricos como prácticos.
PALABRASCLAVE: Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, Recurso de
Protección, Consulta de Pertinencia.
SUMARIO: 1. Introducción. 2. El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
en el derecho comparado. 3. El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en
Chile. 4. El ingreso voluntario al SEIA. 5. El sometimiento al SEIA no se funda
en un criterio de riesgo. 6. La consulta de pertinencia. Naturaleza y límites. 7.
Deferencia o no deferencia y una posible alternativa. 8. Conclusiones.
1. INTRODUCCIÓN
Los fallos objeto del presente comentario recaen sobre 3 recursos de
protección (Roles Nº15.499-2018, Nº15.500-2018 y Nº15.551-
20181) resueltos por la Corte Suprema el 24 de diciembre de 2018.
Se trata de tres sentencias unánimes dictadas bajo el mismo razona-
1 Garín Palma con Dirección de Obras Municipales de Papudo y otro (2018); Vásquez
Acevedo y otros con Promotora Habitacional Prohabit Limitada y otro (2018); Marambio
Reyes con Prohabit Ltda. y otro (2018), respectivamente.
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Sentencias Destacadas 2018
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miento y relacionadas con los mismos hechos: la construcción del
proyecto inmobiliario Altos de Puyai, en la Comuna de Papudo,
región de Valparaíso.
En los distintos recursos protección, presentados respectivamente
contra la Dirección de Obras Municipales de Papudo y de su Direc-
tor de Obras; contra la Promotora Habitacional Prohabit Limitada
y el Consorcio Punta Puyai S.A.; contra Prohabit Ltda. y nueva-
mente la Dirección de Obras Municipales de Papudo; se denun-
cia, en de nitiva, la edi cación del proyecto Altos de Puyai en los
faldeos y sobre la loma del cerro Lilén, al amparo del Permiso de
Edi cación Nº46/2017, de 20 de diciembre de 2017, otorgado por
la Dirección de Obras Municipales de Papudo, sin que el proyecto
se haya sometido previamente al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental y cuente con Resolución de Cali cación Ambiental
favorable.
Los recurrentes alegan en particular que la construcción del pro-
yecto aludido “ha implicado la demolición de una parte del cerro, la
destrucción de la  ora nativa existente en el lugar y que contempla el
levantamiento de taludes que arriesgan derrumbarse sobre las casas en
caso de lluvias u otros fenómenos naturales2. En  n, indican que la
realización del proyecto, que ha comportado la destrucción de los
caminos de evacuación y del punto seguro de encuentro en caso de
emergencias (en particular modo tsunami), involucra “riesgos para
la vida o la integridad de los vecinos del sector”.
Muy en síntesis, cabe destacar que la Corte de Apelaciones de Val-
paraíso había rechazado los recursos de protección interpuestos y
que la Dirección de Obras Municipales había paralizado las obras,
proponiendo una serie de medidas de mitigación (para poder alzar
la paralización antedicha), las cuales, sin embargo, fueron conside-
radas insu cientes por los recurrentes3.
El caso presenta varias aristas de interés en materia de evaluación de
impacto ambiental y de control judicial sobre estos asuntos, temas
que vamos a analizar en los siguientes párrafos.
2 Marambio Reyes con Prohabit Ltda. y otro (2018), considerando 1°.
3 Ver en particular Garín Palma con Dirección de Obras Municipales de Papudo y otro
(2018).
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