Marco del análisis del sistema de pensiones chileno después de la reforma de 2008 - Núm. 19-2, Julio 2012 - Revista de Derecho Universidad Católica del Norte - Libros y Revistas - VLEX 452560994

Marco del análisis del sistema de pensiones chileno después de la reforma de 2008

AutorPablo Arellano Ortiz
CargoProfesor de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad Austral de Chile
Páginas21-43
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R  D U C  N - A 19 Nº 2 (2012)
Revista de Derecho
Universidad Católica del Norte
Sección: Estudios
Año 19 - Nº 2, 2012
pp. 21-43
* Fecha recepción: 18 de enero de 2012.
Fecha aceptación: 2 de octubre de 2012.
** Profesor de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad Austral de Chile.
Doctor en Derecho Privado y Ciencias Criminales, Université de París Ouest La Défense
Nanterre. Email: pablo.arellano@uach.cl
MARCO DE ANÁLISIS DEL SISTEMA DE PENSIONES CHILENO
DESPUÉS DE LA REFORMA DE 2008*
PABLO ARELLANO ORTIZ**
RESUMEN: Desde el 1980 el régimen de fondos de pensión ha llama-
do la atención de los expertos en seguridad social en América Latina, pero
también en Europa del Este. La reciente reforma de 2008, que extendió la
cobertura de pensiones, fuerza a replantear el análisis del modelo chileno
desde una perspectiva diferente. Mientras la protección del riesgo de la
vejez es realizada sobre la base de un modelo de una sola lógica basado
en capacidad contributiva, la conformidad del derecho a pensión con los
principios de universalidad subjetiva debe ser analizada. Los dos com-
ponentes del sistema chileno deberían ser entendidos para poder valorar
su capacidad de cubrir a toda la población chilena. El primero de los
componentes incluye un mecanismo no contributivo suministrado por
el Estado, que responde a sus obligaciones internacionales y constitucio-
nales de protección de su población. El segundo componente consiste en
mecanismos contributivos obligatorios y voluntarios que permiten a la
población obtener protección contra los riesgos de la vejez. El comple-
mento de estos dos mecanismos es lo que conf‌i ere al derecho de pensión
su carácter universal. El sistema de retiro se ha convertido en un todo co-
herente, combinando universalismo e individualismo para proteger a toda
la población a través de un sistema que tiene una lógica única.
PALABRAS CLAVE: Seguridad social - sistema de pensiones prestacio-
nes contributivas prestaciones no contributivas universalismo individua-
lismo.
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Pablo Arellano Ortiz
R  D U C  N - A 19 Nº 2 (2012)
ANALYSIS FRAMEWORK OF THE CHILEAN PENSION SYSTEM
AFTER THE 2008 REFORM
ABSTRACT: Since 1980 the pension funds system has called the
attention of social security experts from Latin America, as well as Eas-
tern Europe.  e recent reform from 2008, that broadens the coverage
of pensions, forces to rethink the Chilean model from a dif‌f erent pers-
pective. While protection to the risk of growing old is done based on a
sole logic model, based as well on tax related benef‌i ts, conformity to the
pension law with principles of subjective universality must be analyzed.
Both components of the Chilean system should be understood in order
to appraise its coverage capacity to all the Chilean population.  e f‌i rst
component includes a non-tax related mechanism provided by the State,
responding to its international and constitutional obligations of protec-
tion to the population.  e second component consists of mandatory
and voluntary tax-related mechanisms that allow the population to obtain
protection for aging.  e complement to both of these mechanisms is
what grants pension law its universal character.  e retirement system has
become a coherent whole, combining Universalism and Individualism to
protect all of the population through a system with a sole logic.
KEY WORDS: Social security - pension system tax related benef‌i ts
non-tax related benef‌i ts Universalism Individualism.
Sumario: 1) Introducción. 2) Desde un sistema multipilar a una sola
lógica de cobertura. 3) Universalismo. (3.1.) La pensión básica solidaria.
(3.2.) El aporte solidario. 4) Conclusiones.
1) INTRODUCCIÓN
En el año 1980 la atención se tornó hacia Chile; la reforma de su sis-
tema de pensión se presentó como una alternativa de solución a los pro-
blemas de envejecimiento de la población mundial. Hoy, la reciente inte-
gración de un denominado “pilar solidario” en el sistema de pensiones en
Chile capturó de nuevo la atención del modelo de protección basado en
ahorros individuales. Pese a que la reforma de 20081 no es la primera re-
1 Ley n° 20.255, D.O. 17 de marzo de 2008. Acerca de los diferentes aspectos de esta refor-
ma ver: C L, Hugo () REFORMA PREVISIONAL. S: LN;
W E., F y C L, H (2008) “Aspectos generales de la ley que

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