Análisis económico de la sentencia del Tribunal de la Libre Competencia respecto del comportamiento de los supermercados (Sentencia N° 9/2004, AGIP-D&S) - Núm. 1, Enero 2005 - Sentencias destacadas - Libros y Revistas - VLEX 706539197

Análisis económico de la sentencia del Tribunal de la Libre Competencia respecto del comportamiento de los supermercados (Sentencia N° 9/2004, AGIP-D&S)

AutorMaría de la Luz Domper Rodríguez
Páginas267-302
ANÁLISIS ECONÓMICO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE LA LIBRE COMPETENCIA
267
Análisis económico de la sentencia del Tribunal de la
Libre Competencia respecto del comportamiento de
los supermercados (Sentencia N° 9/2004, AGIP-D&S)
MARÍA DE LA LUZ DOMPER RODRÍGUEZ
1
RESUMEN EJECUTIVO
Este trabajo analiza la sentencia N° 9/2004 del Tribunal de la Competencia, referente al
posible abuso de poder de compra por parte de los supermercados en su relación con
-
dantes: la venta de productos a precios bajo el costo y la comercialización de productos
con marca propia.

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como la elaboración de productos con marcas propias, las ventas bajo el costo y otras
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     -
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ten evitar eventual uso abusivo del poder de compra por parte de los supermercados,
como la de abstención de realizar cambios unilaterales de las condiciones de compra
       
en los contratos se hagan de manera objetiva y no discriminatoria. No obstante, el
   
fusiones. Esta medida nos parece inapropiada, por cuanto el rol del Tribunal debiera ser
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taciones a la actividad económica ex ante.
SUMARIO
I.- Introducción. II.- El caso analizado: 1.- Origen del problema; 2.- Respuestas de los
actores y comentarios; 2.1.- Mercado relevante: A.- Mercado del bien o servicio; B.-
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
I. INTRODUCCIÓN
Importancia de velar por la libre competencia
1 Se agradece la colaboración de Fernando Luco E.
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SENTENCIAS DESTACADAS 2004
El principio fundamental que debe regir en una sociedad fundada en la
libertad es que los individuos son libres de tomar los acuerdos y conve-
nios que estimen necesarios en materia económica. Esto permite el de-
sarrollo de la libre iniciativa y el surgimiento de nuevos emprendedores.
    -
cipio de subsidiariedad del Estado por medio del cual este se compro-
mete a no intervenir en aquellas actividades que los privados o las ins-
tituciones intermedias pueden desarrollar y, al mismo tiempo, a llevar
a cabo aquellas actividades que ellos no puedan realizar. En el mismo
   
desarrollar cualquier actividad económica y crea limitaciones en el
campo de acción del llamado Estado Empresario. Todos estos pueden
ser considerados algunos de los fundamentos constitucionales de la li-
bre competencia.
El mejor mecanismo para resguardar y velar por la libre competencia
entre privados es el mercado. En efecto, el mercado competitivo es el
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en él se expresan libremente las demandas y ofertas de los distintos
agentes. Un mercado sin distorsiones y con libre entrada incentiva la
iniciativa privada y la competencia de los emprendedores por generar
un mejor producto, mediante las rentas que obtienen las empresas en
el corto plazo, y en el largo plazo, la libertad de entrada permite que la
rentabilidad obtenida por cada oferente sea normal al capital invertido.
No obstante lo anterior, la necesidad de que exista una institución que
vele por la libre competencia y, en consecuencia, que regule ciertas
-
tivos:
(i) La existencia de ciertas barreras a la entrada a los mercados que
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       
para disuadir a los potenciales competidores o consumidores de entrar
al mercado. En general, las barreras a la entrada más dañinas y prolon-
  que impiden la en-
trada de competidores al mercado, otorgando cuotas o permisos solo a
ciertos actores. Este es el caso, por ejemplo, de la disposición que pre-
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na
generación de barreras a la salida importantes. No obstante el mercado
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ANÁLISIS ECONÓMICO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE LA LIBRE COMPETENCIA
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ción vertical, que intentan aminorar este problema y eliminan las rentas
y el oportunismo que se producen cuando la propiedad de activos muy

La existencia de estas barreras otorga poder de mercado (poder mo-
nopólico, en el caso de un monopolio, o bien, poder de compra en el
caso de un monopsonio), lo cual genera un costo para la sociedad y
puede aumentar la posición dominante de la empresa y la concentra-
ción en la industria, todo lo cual atenta contra la libre competencia.
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cierto grado de poder monopólico, independientemente de si en el
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El caso que analizamos a continuación pretende justamente dilucidar
si existe un abuso de poder monopsónico o poder de compra en la re-

fundamental, en primer lugar, determinar si existen barreras a la entrada
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llevado a cabo, como la elaboración de productos con marcas propias,
las ventas bajo el costo, etc.
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yor transparencia en la relación entre proveedores y supermercados,
y solicita medidas que permiten evitar eventual uso abusivo del poder
de compra por parte de los supermercados, como la de abstención de
realizar cambios unilaterales de las condiciones de compra acordadas
con los proveedores y solicitando que las condiciones que se establez-
   
Asimismo, el Tribunal reconoce que no es posible penalizar ciertas
prácticas  , ya que ellas bien podrían darse en una situación
competitiva.
No obstante lo anterior, el Tribunal no respeta ampliamente este prin-
cipio, de no establecer limitaciones a la actividad económica ,
sino que penalizar conductas que atentan contra la libre competencia
, al solicitar a las empresas de este sector que se le informe res-
pecto de futuras fusiones.
  -
nalidad que vele por la libre competencia radica en la necesidad de
desregular ciertos mercados que originalmente eran considerados mo-
2 
     
19.700.
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