Aplicación del Procedimiento de Tutela de Derechos Fundamentales en el suministro de trabajadores - Núm. 16-2, Junio 2010 - Ius et praxis - Libros y Revistas - VLEX 300530922

Aplicación del Procedimiento de Tutela de Derechos Fundamentales en el suministro de trabajadores

AutorDíaz García, L. Iván
CargoAbogado, Pontificia Universidad Católica de Chile; Doctor en Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid, España
Páginas353-382
353
Revista Ius et Praxis, Año 16, Nº 2
2010, pp. 353 - 382
Revista Ius et Praxis, Año 16, Nº 2, 2010, pp. 353 - 382
ISSN 0717 - 2877
Universidad de Talca - Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
“Aplicación del procedimiento de tutela de derechos fundamentales
en el suministro de trabajadores”
L. Iván Díaz García
APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE TUTELA
DE DERECHOS FUNDAMENTALES EN EL
SUMINISTRO DE TRABAJADORES*
AP P L I C AT I O N O F T H E F U N D A M E N T A L R I G H T S P R O T E C T I O N
P R O C E D U R E IN W O R K E R S S U P P LY
L. IVÁN DÍ A Z GARCÍA**
RE S U M E N
La Ley Nº 20.087 incorporó al Código del Trabajo, en el marco de una nueva
regulación procesal laboral, el procedimiento de tutela destinado a amparar,
entre otras situaciones, los derechos fundamentales en el ámbito laboral. Por su
parte, la Ley Nº 20.123, también incorporada al Código del Trabajo, reguló las
relaciones jurídicas entre las empresas de servicios transitorios, las empresas
usuarias de los servicios de los trabajadores suministrados por aquéllas y los
trabajadores suministrados para prestar servicios en estas últimas. En ese contexto,
el presente trabajo intenta dilucidar si la empresa usuaria que vulnera los derechos
fundamentales de los trabajadores que se le han suministrado, es sujeto pasivo del
referido procedimiento de tutela. Para estos efectos se analizan, sucesivamente, cada
uno de los tres requisitos de aplicación de dicho procedimiento, esto es, (1) que en el
contexto de la relación laboral (2) se vulneren los derechos fundamentales protegidos
(3) como consecuencia del ejercicio de las facultades del empleador.
AB S T R A C T
Law Nº 20.087 incorporated to the Labor Code, in the context of a new regulation
of the labor procedure, the procedure for fundamental rights protection that seeks
to protect, among other situations, fundamental rights in the labor environment.
On the other hand, law Nº 20.123, also incorporated to the Labor Code, regulated
juridical relationships among Temporary Service Companies, the companies that use
the services provided by the workers supplied by this companies and the workers
themselves. In this context, this paper seeks to elucidate if the company that uses the
services that violates the supplied worker’s fundamental rights, is a passive subject
* El autor agradece a Laura Cifuentes, Daniza Medina, Rebeca Peña y Catalina Salvo, sin cuyas ideas
seguramente este trabajo jamás habría visto la luz. Agradece también los comentarios de Juan Pablo
Beca, José Miguel Fernández y Jordi Delgado, que han permitido mejorar su trabajo. Por cierto, las
falencias que subsistan son de exclusiva responsabilidad del autor. Trabajo recibido el 10 de septiembre
y aprobado el 20 de octubre de 2010.
** Abogado, Pontif‌icia Universidad Católica de Chile; Doctor en Derecho por la Universidad Carlos
III de Madrid, España; Académico en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Católica de
Temuco. Correo electrónico: ivandiaz@uctemuco.cl.
AR T Í C U L O S D E D O C T R I N A - DER E C H O D E L T R A B A J O L. IVÁN DÍ A Z GARCÍA
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2010, pp. 353 - 382
of the above mentioned protection procedure. For this purpose we analyze each one
of the three requirements for using this procedure, this is, (1) that in the context of a
labor relationship (2) protected fundamental rights are violated (3) as a consequence
of the use of the employer’s faculties.
PA L A B R A S CL A V E
Derechos Fundamentales, Trabajador Transitorio, Procedimiento de Tutela
KE Y W O R D S
Fundamental Rights, Temporary Worker, Protection Procedure
I. INTRODUCCIÓN
1. Planteamiento del problema
El respeto, promoción y protección de los derechos fundamentales ha
constituido una opción central del Derecho chileno desde la reinstalación de
la democracia en el país en 1990. En el ámbito laboral esta tendencia también
contó con claras, aunque focalizadas manifestaciones. En efecto, en los últimos
años se han incorporado al Código del Trabajo, en adelante el Código, dispo-
siciones que perfeccionan la prohibición de discriminación1, que establecen
como límite de las facultades del empleador el respeto de los derechos funda-
mentales de los trabajadores2, y que exigen fundar las relaciones laborales en
un trato compatible con la dignidad de la persona3, entre otras.
Sin embargo, sólo con la Ley Nº 20.087, publicada el 3 de enero de 2006,
que reforma el Código, se incorpora al ordenamiento jurídico chileno un sis-
tema de tutela de la generalidad de los derechos fundamentales, es decir, de
los que corresponden al trabajador en cuanto tal y de los que le corresponden
en cuanto persona4. En palabras de Ugarte Cataldo, este es el primer paso del
Derecho laboral chileno por tomarse en serio los derechos fundamentales de los
1 La Ley Nº 19.759, publicada en el Diario Of‌icial el 5 de octubre de 2001, perfeccionó la norma
del artículo 2º del Código del Trabajo, en adelante el Código, que prohibía la discriminación en el
ámbito laboral.
2 Esta disposición fue incorporada como inciso primero del artículo 5º del Código, por la Ley Nº 19.759,
publicada en el Diario Of‌icial el 5 de octubre de 2001, pasando sus hasta entonces incisos primero y
segundo a ser el segundo y tercero en dicho artículo.
3 Disposición incorporada como nuevo inciso segundo del artículo 1º por la Ley Nº 20.005, publicada
en el Diario Of‌icial el 18 de marzo de 2005.
4 En este sentido, se expresa en el Mensaje del Presidente de la República en el que se presenta el
proyecto de ley que dio lugar a la Ley Nº 20.087: “Uno de los planes centrales del proyecto apunta a
potenciar la vigencia plena, en el ámbito jurídico-laboral, de los derechos que el trabajador detenta
no sólo en cuanto trabajador sino que también en su condición de persona”. Biblioteca del Congreso
Nacional. Historia de la ley. Ley Nº 20.087. Sustituye el procedimiento laboral contemplado en el Libro
V del Código del Trabajo. 03 de enero de 2006, p. 12. En: http://www.bcn.cl/histley/periodos?p=2006
[visitado el 26/07/2010].

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